Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2003 (03/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 3 de MORDAZA de 2003

Que, la poblacion del distrito de El MORDAZA viene atravesando una prolongada y dura crisis economica, la misma que se refleja en la dificultad que tienen para cumplir con el abono de sus tributos, arbitrios y contribuciones municipales; Que, somos conscientes que las arcas municipales pasan por una seria dificultad economica por falta de liquidez, la misma que no permite la adecuada prestacion de los servicios al vecindario; Que, es de urgente necesidad resolver los problemas de morosidad y la falta de recursos economicos, los cuales afectan tanto a los contribuyentes como a la propia Municipalidad; Que, es facultad de la Municipalidad el dar un tratamiento preferencial al contribuyente, para que se ponga al dia en el pago de sus impuestos, dentro del MORDAZA legal correspondiente; Que, la Direccion de Rentas con Informe Nº 33-2003DIRENT-MDEA, ha propuesto la aplicacion de una amnistia tributaria; Por tanto estando a lo expuesto y de acuerdo a las atribuciones que le confiere el Inc. 13) del articulo 36º la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades, concordante con el inciso 4) del articulo 10º del mismo cuerpo legal, articulo 174º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Supremo Nº 135-99 del TUO del Codigo Tributario, por MORDAZA unanime y dispensa de lectura y aprobacion de acta, el Concejo Municipal ha expedido la presente: ORDENANZA Articulo 1º.- Otorgar el beneficio tributario extraordinario a todos los contribuyentes del distrito de El MORDAZA, conforme a las especificaciones siguientes: IMPUESTO PREDIAL Exoneracion de los pagos por multas por omision a la MORDAZA de la declaracion jurada de autoavaluo. Exoneracion del 50% de los montos correspondientes a las moras e intereses del citado impuesto, por los anos 1999 al 2002 y el 100% para los anos anteriores a 1999. ARBITRIOS MUNICIPALES Exoneracion del 50 % del total del monto correspondiente a las moras e intereses de la tasa de Arbitrios Municipales de los anos 1999 al 2002 y el 100% para los anos anteriores a 1999. MULTAS ADMINISTRATIVAS Condonar en 50% del total del monto de las multas administrativas aplicadas a las personas naturales durante los anos 1999 al 2002 inclusive. Anular las multas administrativas aplicadas a los contribuyentes en su calidad de persona natural y que por su condicion economica previa evaluacion social, no hayan obtenido la correspondiente licencia de construccion, siempre y cuando estos regularicen con la debida MORDAZA del expediente respectivo ante la Oficina de Tramite Documentario de esta Entidad. COBRANZAS COACTIVAS Considerese como beneficiarios de la presente Ordenanza a aquellos contribuyentes cuyas deudas tributarias y administrativas se encuentren en MORDAZA de cobranza coactiva cualquiera sea su estado, siempre que estos se acojan voluntariamente a los beneficios MORDAZA senalados, sin que la Municipalidad en ninguno de los casos renuncie a su derecho de Ley correspondiente. Articulo 2º.- El plazo de vigencia de la presente Ordenanza rige a partir de la fecha y por el lapso de treinta (30) dias. Articulo 3º.- Encargar a la Direccion Municipal y a las Direcciones de Administracion, de Rentas y de

Ejecutoria Coactiva, el cumplimiento de la presente MORDAZA legal. Asimismo encomendar a la Division de Cultura, Deportes, Participacion Vecinal e Imagen Institucional, la organizacion de la MORDAZA de difusion y promocion de esta Ordenanza. Articulo 4º.- La Secretaria General del Concejo, dispondra la publicacion por el Diario Oficial El Peruano de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06383 ORDENANZA Nº 164-MDEA El MORDAZA, 12 de marzo de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO.- En Sesion Ordinaria de Concejo del 12 de marzo del 2003 el Informe Nº 057-2003-DIRENT-MDEA de la Direccion de Rentas, referente a la prorroga del Beneficio Tributario Extraordinario otorgado con Ordenanza Nº 160-MDEA, para los contribuyentes en general del distrito de El Agustino; CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza Nº 160-MDEA del 10 de febrero del 2003 el Concejo Municipal otorga el beneficio tributario extraordinario, por concepto de impuesto predial, arbitrios municipales - periodos 1994 a 2002, asi como de las Multas Administrativas hasta el 12 de marzo del 2003; Que, subsistiendo los motivos por los cuales se expidio esta MORDAZA legal y existiendo un gran numero de contribuyentes que no pueden cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias, por la dificil situacion economica por la que se viene atravesando, se hace necesario continuar brindando el MORDAZA de las facilidades para lograr el objetivo, cual es la cancelacion de las deudas pendientes, y por consiguiente indispensable ampliar los efectos de la Ordenanza MORDAZA aludida; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, articulo 41º del TUO - Codigo Tributario - D.S. Nº 135-99-EF, Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y la opinion favorable de la Direccion Municipal, por votacion unanime y con dispensa de aprobacion de acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Prorrogar en todos sus extremos, el beneficio tributario extraordinario otorgado mediante Ordenanza Nº 160-MDEA, hasta el 12 de MORDAZA del 2003. Articulo 2º.- Las Direcciones de Rentas, la de Ejecutoria Coactiva y la Unidad de Informatica de esta Municipalidad quedan encargadas del cumplimiento estricto de la presente Ordenanza, siendo de responsabilidad de la Unidad de Imagen Institucional la difusion respectiva y de la Secretaria General del Concejo, la publicacion de esta MORDAZA legal en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06387

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