Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2003 (25/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 25 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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Con las visaciones de la Oficina General de Planeamiento Estrategico, de la Direccion General de Salud de las Personas y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 8º literal l) de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Hospital San MORDAZA de Matucana, que consta de siete (7) Titulos, tres (3) Capitulos, treinta (30) articulos, una (1) Disposicion Complementaria, dos (2) Disposiciones Transitorias y un (1) organigrama estructural; que forman parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Modificar el articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion de Red de Salud Huarochiri, aprobado con la Resolucion Ministerial Nº 827-2003-SA/DM, de la siguiente forma: DICE: 11. Hospital de Matucana DEBE DECIR: 11. Hospital San MORDAZA de Matucana Articulo 3º.- Rectificar en el considerando de la Resolucion Ministerial Nº 827-2003-SA/DM, lo siguiente: En el MORDAZA parrafo: DICE: Direccion de Salud II MORDAZA Sur DEBE DECIR: Direccion de Salud IV MORDAZA Este En el octavo parrafo: DICE: Direccion Subregional de Salud II MORDAZA Este DEBE DECIR: Direccion Subregional de Salud IV MORDAZA Este. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud 23956

Modifican Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Central del ministerio para el ejercicio presupuestal 2003
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1285-2003-SA/DM MORDAZA, 23 de diciembre de 2003 Visto el OFICIO Nº 2198-2003-OGA-OEL/MINSA en el cual se propone la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Central del Ministerio de Salud para el ano 2003; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Articulos 108º y 109º de la Constitucion Politica del Estado se dio la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la que establece las normas que deberan observar las entidades del Sector Publico Nacional en los procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios y obras; Que mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM su Reglamento, los

que establecen las normas que deberan observar las entidades del Sector Publico Nacional en los procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios y obras; Que, el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las entidades del Sector Publico deben elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que prevea los tipos de bienes, servicios y obras que se requieran durante el ejercicio presupuestal asi como el monto del presupuesto requerido para su contratacion o adquisicion, plan que debe ser aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, dentro de los treinta dias naturales siguientes de aprobado el presupuesto institucional, en concordancia con el monto asignado conforme a las leyes presupuestales de la Republica, para el ejercicio anual a ejecutarse; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 087-2003-SA/DM del 24 de enero del 2003, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Central del Ministerio de Salud; Que, el Articulo 6º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que dicho Plan debe contener, de manera obligatoria las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas que se realicen durante el ano fiscal; Que, mediante el documento de visto, la Oficina General de Administracion ha propuesto la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2003 incluyendo los procesos de seleccion detallados en el Anexo Nº 01: "PROCESOS DE SELECCION INCLUIDOS EN EL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES" y excluyendo los procesos de seleccion detallados en el Anexo Nº 02: "PROCESOS DE SELECCION EXCLUIDOS DEL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES"; Que, el Articulo 6º de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada mediante Resolucion Nº 2002001-CONSUCODE/PRE, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podra ser modificado en cualquier momento durante el curso del ejercicio presupuestal correspondiente, y que toda modificacion ya sea por inclusion o exclusion debera ser aprobada por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, o por el funcionario o dependencia delegada; Con el visto MORDAZA de la Oficina General de Administracion, la Oficina Ejecutiva de Logistica, la Oficina Ejecutiva de Economia y la Oficina General de Planeamiento Estrategico; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, de conformidad con la Ley Nº 27209, Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, la Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003 y, en concordancia con el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Articulo 7º de su Reglamento y la Directiva Nº 022-2001CONSUCODE/PRE aprobada mediante Resolucion Nº 200-2001-CONSUCODE/PRE; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, la inclusion de los procesos de seleccion detallados en el Anexo Nº 01: "PROCESOS DE SELECCION INCLUIDOS EN EL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES" y la exclusion de los procesos de seleccion detallados en el Anexo Nº 02: "PROCESOS DE SELECCION EXCLUIDOS DEL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES" del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Administracion Central del Ministerio de Salud, para el ejercicio presupuestal 2003, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Oficina General de Administracion informe al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa (PROMPYME), sobre la modificacion del Plan Anual dentro de los diez dias habiles siguientes a su aprobacion.

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