Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2003 (25/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, jueves 25 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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cluyendo el sustento tecnico-economico de los supuestos, parametros, bases de datos y cualquier otra informacion utilizada en su estudio. El plazo que se establezca para dicho efecto, no sera menor de treinta y cinco (35) ni mayor de cien (100) dias habiles. 2. La Gerencia de Politicas Regulatorias evaluara la documentacion sustentatoria que sea presentada por la empresa o empresas operadoras involucradas, de ser el caso, y presentara a la Gerencia General el informe tecnico sobre la fijacion o revision de cargos de interconexion tope, incluyendo el proyecto normativo correspondiente. Este informe sera emitido dentro del plazo de noventa (90) dias habiles, computados desde el dia siguiente de la fecha de entrega del estudio de costos de la empresa o empresas operadoras notificadas, o de la fecha de vencimiento del plazo otorgado a dicha empresa para su MORDAZA, lo que ocurra primero. 3. La Gerencia General contara con un plazo de quince (15) dias habiles, computados a partir del dia siguiente de la fecha de recepcion del informe tecnico y propuesta normativa de la Gerencia de Politicas Regulatorias, para evaluarlos y, de ser el caso, remitirlos al Consejo Directivo. 4. El Consejo Directivo contara con un plazo de quince (15) dias habiles, computados a partir del dia siguiente de la fecha de recepcion del informe tecnico y proyecto normativo, para evaluarlos y, de ser el caso, emitir la resolucion sobre la fijacion o revision de cargos de interconexion tope. La resolucion correspondiente y el proyecto normativo seran publicados en el Diario Oficial El Peruano, estableciendo el plazo para la recepcion de comentarios de los interesados, disponiendo igualmente la convocatoria a una audiencia publica, asi como la publicacion en la pagina web de OSIPTEL de los informes, estudios y modelos economicos que constituyan el sustento del proyecto normativo. 5. El plazo para la MORDAZA de los comentarios no podra ser menor a veinte (20) dias calendario, computados a partir de la fecha de publicacion del proyecto normativo. 6. La audiencia publica se llevara cabo con posterioridad al vencimiento del plazo que se establezca para la recepcion de comentarios y MORDAZA de la emision de la resolucion definitiva. En la audiencia publica se expondran los criterios, metodologia, informes, estudios y modelos economicos que constituyan el sustento del proyecto normativo. 7. La Gerencia de Politicas Regulatorias se encargara del procesamiento y analisis de los comentarios que se presenten, sobre la base de cuyos resultados presentara a la Gerencia General el informe tecnico sustentando la propuesta final sobre fijacion o revision de cargos de interconexion tope y el proyecto normativo correspondiente. Este informe sera emitido dentro del plazo de treinta (30) dias habiles, computados a partir del dia siguiente de la fecha en que se realice la audiencia publica. 8. La Gerencia General contara con un plazo de quince (15) dias habiles, computados a partir del dia siguiente de la fecha de recepcion del informe tecnico y propuesta normativa final de la Gerencia de Politicas Regulatorias, para evaluarlos y, de ser el caso, remitirlos al Consejo Directivo. 9. El Consejo Directivo contara con un plazo de quince (15) dias habiles, computados a partir del dia siguiente de la fecha de recepcion del informe tecnico y proyecto normativo, para evaluarlos y, de ser el caso, emitir la resolucion definitiva que establezca los cargos de interconexion tope correspondientes o que desestime su fijacion o revision. Articulo 8º.- Procedimiento a solicitud de una empresa operadora El procedimiento a solicitud de parte, se sujetara a las siguientes etapas y reglas: 1. La empresa operadora que solicite a OSIPTEL la fijacion o revision de cargos de interconexion tope, presentara dicha solicitud por escrito, debiendo incluir, necesariamente, su propuesta de cargos de interconexion tope, conjuntamente con el estudio de costos de los distintos elementos que estan comprendidos en cada instalacion o servicio de interconexion de que se trate, incluyendo tambien el sustento tecnico-economico de los supuestos, parametros, bases de datos y cualquier otra informacion utilizada en su estudio. 2. La Gerencia de Politicas Regulatorias revisara la solicitud y verificara el cumplimiento de los requisitos senalados en el inciso precedente. La admision o rechazo de la solicitud sera determinada mediante Resolucion de Gerencia Gene-

ral, dentro del plazo de treinta (30) dias habiles, contados desde el dia siguiente de la fecha de recepcion de la solicitud. Dicha resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y notificada a la empresa operadora solicitante. La fecha en que se notifique la resolucion que admita a tramite la solicitud, determinara el inicio formal del procedimiento. 3. Dentro del plazo de noventa (90) dias habiles desde la fecha de inicio formal del procedimiento, la Gerencia de Politicas Regulatorias evaluara la documentacion sustentatoria de la solicitud y presentara a la Gerencia General el informe tecnico sobre la fijacion o revision de cargos de interconexion tope, incluyendo el proyecto normativo correspondiente. 4. La Gerencia General contara con un plazo de quince (15) dias habiles, computados a partir del dia siguiente de la fecha de recepcion del informe tecnico y propuesta normativa de la Gerencia de Politicas Regulatorias, para evaluarlos y, de ser el caso, remitirlos al Consejo Directivo. 5. El Consejo Directivo contara con un plazo de quince (15) dias habiles, computados a partir del dia siguiente de la fecha de recepcion del informe tecnico y proyecto normativo, para evaluarlos y, de ser el caso, emitir la resolucion sobre la fijacion o revision de cargos de interconexion tope. La resolucion correspondiente y el proyecto normativo seran publicados en el Diario Oficial El Peruano, estableciendo el plazo para la recepcion de comentarios de los interesados, disponiendo igualmente la convocatoria a una audiencia publica, asi como la publicacion en la pagina web de OSIPTEL de los informes, estudios y modelos economicos que constituyan el sustento del proyecto normativo. 6. El plazo para la MORDAZA de los comentarios no podra ser menor a veinte (20) dias calendario, computados a partir de la fecha de publicacion del proyecto normativo. 7. La audiencia publica se llevara cabo con posterioridad al vencimiento del plazo que se establezca para la recepcion de comentarios y MORDAZA de la emision de la resolucion definitiva. En la audiencia publica se expondran los criterios, metodologia, informes, estudios y modelos economicos que constituyan el sustento del proyecto normativo. 8. La Gerencia de Politicas Regulatorias se encargara del procesamiento y analisis de los comentarios que se presenten, sobre la base de cuyos resultados presentara a la Gerencia General el informe tecnico sustentando la propuesta final sobre fijacion o revision de cargos de interconexion tope y el proyecto normativo correspondiente. Este informe sera emitido dentro del plazo de treinta (30) dias habiles, computados a partir del dia siguiente de la fecha en que se realice la audiencia publica. 9. La Gerencia General contara con un plazo de quince (15) dias habiles, computados a partir del dia siguiente de la fecha de recepcion del informe tecnico y propuesta normativa final de la Gerencia de Politicas Regulatorias, para evaluarlos y, de ser el caso, remitirlos al Consejo Directivo. 10. El Consejo Directivo contara con un plazo de quince (15) dias habiles, computados a partir del dia siguiente de la fecha de recepcion del informe tecnico y proyecto normativo, para evaluarlos y, de ser el caso, emitir la resolucion definitiva que establezca los cargos de interconexion tope correspondientes o que desestime su fijacion o revision. Articulo 9º.- Requerimientos de informacion En cualquier etapa de los procedimientos previstos en la presente MORDAZA, OSIPTEL puede requerir a las empresas operadoras involucradas la informacion que considere pertinente para efectos del desarrollo de su funcion normativa, conforme a lo establecido en las normas de la materia. Articulo 10º.- Modificacion de criterios En los casos en los cuales OSIPTEL considere necesario variar de forma sustancial los criterios, metodologias o modelos economicos utilizados en el proyecto normativo que MORDAZA sido publicado, se convocara a nueva Audiencia Publica. La Resolucion de Consejo Directivo correspondiente sera publicada en la pagina web institucional, conjuntamente con la propuesta de variacion y su respectivo sustento, con una anticipacion no menor de diez (10) dias habiles a la realizacion de la nueva audiencia publica. Articulo 11º.- Recursos Frente a las resoluciones que establezcan cargos de interconexion tope que MORDAZA aplicables en particular para

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