Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2003 (25/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 25 de diciembre de 2003

Articulo Primero.- Establecer el "Procedimiento para la Fijacion o Revision de Cargos de Interconexion Tope", el cual forma parte de la presente resolucion y consta de 2 Capitulos, 11 articulos y 6 Disposiciones Complementarias. Articulo Segundo.- La presente resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, conjuntamente con su exposicion de motivos, y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Se dispone, asimismo, la publicacion de la presente resolucion, su exposicion de motivos, el flujograma correspondiente y la matriz de evaluacion de los comentarios presentados al respectivo proyecto, en la pagina web institucional de OSIPTEL: http://www.osiptel.gob.pe. Registrese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA ZUBIZARRETA Presidente del Consejo Directivo PROCEDIMIENTO PARA LA FIJACION O REVISION DE CARGOS DE INTERCONEXION TOPE CAPITULO I Disposiciones Generales Articulo 1º.- Objeto de la MORDAZA La presente MORDAZA establece los procedimientos que aplicara OSIPTEL para la fijacion y revision de los cargos de interconexion tope aplicables en las relaciones de interconexion entre empresas operadoras. Articulo 2º.- Ambito de aplicacion La presente MORDAZA se aplica a las unidades organicas de OSIPTEL que tienen competencia en materia de fijacion y revision de cargos de interconexion tope, asi como a las empresas operadoras que participan en los procedimientos de fijacion o revision de cargos de interconexion tope. Articulo 3º.- Unidades organicas Las unidades organicas de OSIPTEL que tienen competencia en materia de fijacion y revision de cargos de interconexion tope son las siguientes: a) El Consejo Directivo, que ejerce la funcion normativa sobre la fijacion y revision de cargos de interconexion tope, a traves de Resoluciones. b) La Gerencia General, que es el organo de revision y coordinacion de las propuestas emitidas por la Gerencia de Politicas Regulatorias y Planeamiento Estrategico. c) La Gerencia de Politicas Regulatorias y Planeamiento Estrategico (en adelante Gerencia de Politicas Regulatorias), que emite el informe tecnico respecto a la fijacion o revision de cargos de interconexion tope. Articulo 4º.- Definiciones Para efectos de la aplicacion de la presente MORDAZA, entiendase por: Cargos de Interconexion o Cargos de Acceso: Son los montos que se MORDAZA entre las empresas operadoras de redes y/o servicios interconectados, por las prestaciones o instalaciones en general que se brinden en la interconexion. Cargos de Interconexion Tope: Cargos de Interconexion que son fijados por OSIPTEL mediante resolucion normativa aplicable a las relaciones de interconexion entre cualesquiera empresas o a las relaciones de interconexion entre una determinada empresa con cualesquiera otras empresas, segun se disponga en la misma resolucion, y cuyos valores establecidos no pueden ser superados por los valores de los respectivos cargos que se aplican entre las empresas. Empresa operadora: Persona natural o juridica que cuenta con concesion, autorizacion o registro para la explotacion de uno o mas servicios publicos de telecomuni-

caciones. Fijacion: Establecimiento de cargos de interconexion tope para los casos en que no existen cargos tope vigentes. Lineamientos de Politica de Apertura: Lineamientos de Politica de Apertura del MORDAZA de Telecomunicaciones del Peru, aprobados por Decreto Supremo Nº 020-98MTC y sus modificatorias. OSIPTEL: Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones. Reglamento General de OSIPTEL: Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y sus modificatorias. Reglamento de Informacion Confidencial: Reglamento para la determinacion, ingreso, registro y resguardo de la informacion confidencial presentada ante OSIPTEL, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 049-2001CD/OSIPTEL y sus modificatorias. Revision: Establecimiento de nuevos cargos de interconexion tope para los casos en que ya existen cargos tope vigentes, a traves de la re-evaluacion de los estudios y modelos economicos, metodologias y criterios que sustentaron su fijacion. Servicio Publico de Telecomunicaciones: Actividad comprendida bajo los alcances del articulo 40º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC. TUO de las Normas de Interconexion: Texto Unico Ordenado de las Normas de Interconexion, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 043-2003-CD/OSIPTEL, y sus modificatorias. CAPITULO II Reglas aplicables a los Procedimientos de Fijacion o Revision de Cargos de Interconexion Tope Articulo 5º.- Tipos de procedimientos El inicio del procedimiento de fijacion o de revision de cargos de interconexion tope puede ser promovido: (i) De oficio; o, (ii) A solicitud de una empresa operadora, respecto de los cargos de interconexion aplicables por las instalaciones o servicios brindados por MORDAZA misma a otras empresas operadoras. Articulo 6º.- Condiciones para el inicio del procedimiento de revision de cargos de interconexion tope El procedimiento de revision de cargos de interconexion tope, de oficio o a solicitud de parte, solo podra iniciarse luego de transcurridos por lo menos dos (2) anos desde la fecha de entrada en vigencia de los respectivos cargos de interconexion tope. Excepcionalmente, OSIPTEL podra evaluar y, de considerarlo pertinente, determinar el inicio del procedimiento de revision de cargos de interconexion tope MORDAZA del vencimiento del plazo establecido en el parrafo anterior, mediante resolucion de Consejo Directivo, en los siguientes casos: 1. Cuando se trate de cargos de interconexion tope que hayan sido fijados exclusivamente a traves de mecanismos de comparacion internacional; o, 2. Cuando se verifique la existencia de importantes variaciones en los costos de las empresas operadoras. Articulo 7º.- Procedimiento de oficio El procedimiento de oficio, se sujetara a las siguientes etapas y reglas: 1. El Consejo Directivo emitira una resolucion dando inicio al procedimiento de oficio, cuando lo considere pertinente de acuerdo al informe tecnico emitido por la Gerencia de Politicas Regulatorias que recomienda el inicio del procedimiento de oficio. Dicha resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y notificada a la empresa o empresas operadoras involucradas. La Resolucion establecera el plazo en el cual la empresa o empresas operadoras notificadas presentaran su propuesta de cargos de interconexion tope conjuntamente con el estudio de costos de los distintos elementos que estan comprendidos en cada instalacion o servicio de interconexion de que se trate, in-

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