Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2004 (10/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de diciembre de 2004

Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO PARA LA EVALUACION Y CALIFICACION DE SOLICITUDES SOBRE CANJE DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS Articulo 1°.- El presente Reglamento regula el procedimiento para la evaluacion y calificacion de las solicitudes de canje de deuda tributaria y no tributaria, las que excepcionalmente podran ser extinguidas mediante el pago que efectuen los contribuyentes con bienes y/o servicios; o la Municipalidad, por cuentas pendientes por pagar a favor de algun acreedor o trabajador MORDAZA y que se encuentren debidamente reconocidas. Articulo 2°.- El presente Reglamento tiene como objetivos: - Establecer los requisitos administrativos para la tramitacion de las solicitudes de canje de deuda tributaria y no tributaria por bienes, servicios y/o acreencias. - Definir el procedimiento para la evaluacion y calificacion de las solicitudes MORDAZA mencionadas. Articulo 3°.- El presente Reglamento tiene como finalidad: - Permitir al contribuyente solicitante, efectuar el pago de sus deudas tributarias y no tributarias, con bienes y/o servicios, valuados segun el precio de mercado. - Permitir a la Municipalidad reducir las cuentas por pagar, al aceptar a los proveedores o trabajadores municipales, el canje de sus acreencias debidamente reconocidas para cancelar sus deudas tributarias y no tributarias. Articulo 4°.- Son Organos competentes para llevar a cabo el presente procedimiento: la Comision Tecnica de Funcionarios; y, todas las Unidades Organicas de la Municipalidad de La MORDAZA que interviene en este procedimiento, cuya labor y finalidad es especifica. Articulo 5°.- Para efectos del presente Reglamento, se entendera por: a. Deuda Tributaria.- A la que se encuentra pendiente de pago al 31 de diciembre del 2003, y esten referidas a los tributos administrados por la Municipalidad de La Victoria. Puede ser materia de canje el Impuesto Predial, los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, y las Contribuciones por Obras Publicas. b. Deuda No Tributaria.- A las originadas por las Multas Administrativas que se encuentren pendientes de pago al 31 de diciembre del 2003; y que se han constituido por sanciones de caracter pecuniario, impuestas de conformidad con el Reglamento de Aplicacion de Sanciones. Articulo 6°.- La persona Natural o Juridica que desee acogerse al canje de deuda tributaria y no tributaria, por bienes, servicios o acreencias, presentara por Mesa de Partes de la Unidad de Tramite Documentario, la siguiente documentacion: - Solicitud de "Reconocimiento de Deudas y Compromiso de Canje". - Estado de cuenta de las obligaciones tributarias o no tributarias que se solicitan para el canje. - MORDAZA autenticada del documento de identidad del solicitante fedateado o notarial, en el caso de ser persona natural. De efectuarse la solicitud a traves de representante, debe adjuntarse Poder mediante documento publico o privado con firma legalizada por Notario, asi como MORDAZA autenticada del documento de identidad del apoderado. - MORDAZA autenticada del Poder otorgado mediante Escritura Publica con cargo de representacion y MORDAZA autenticada del documento de identidad del apoderado, fedateado o notarial, en el caso de ser persona juridica. - En el caso de solicitarse el canje por bienes inmuebles, debera adjuntarse la documentacion que sustente la propiedad exclusiva de los mismos, sin carga hipotecaria ni otro gravamen. De tratarse de bienes muebles o prendas,

debera acreditarse la libre disponibilidad del bien y que no pesa sobre estos acciones judiciales ni extrajudiciales pendientes. - En el caso de canje por servicios debera describirse detalladamente las caracteristicas del mismo. - En el caso de canje por acreencias que tuviese contra la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, el solicitante debera adjuntar la documentacion que sustente dichas acreencias. Articulo 7°.- La Comision Tecnica de Funcionarios estara integrada por: - El Director de Rentas, quien la presidira y tendra como funciones las siguientes: - Convocar y dirigir las reuniones de la Comision - Invitar a otros funcionarios de la estructura organica municipal, para que participen con voz pero sin voto. - Elevar los Informes sobre el desarrollo de las actividades de la Comision y los requeridos por el Despacho Superior. - Las demas que le MORDAZA asignadas por el Sr. Alcalde. - El Director de Asesoria Juridica, como Secretario, tendra como funciones: - Dar cuenta de los expedientes remitidos a la Comision. - Formular las Actas de la Comision. - Proyectar las Resoluciones de Alcaldia - Las demas que le MORDAZA asignadas por el Presidente. - El Director de Administracion, como encargado del Control Patrimonial. Articulo 8°.- Los Acuerdos de la Comision se adoptaran por mayoria simple de sus integrantes, los que deben sustentarse en los principios y criterios de moralidad, imparcialidad, eficiencia, transparencia, economia y trato justo; ademas de los que establece la Ley de Procedimientos Administrativo General ­ Ley N° 27444, en cuanto le sea aplicable. Los votos en contra y abstenciones de los integrantes, deberan estar debidamente sustentados para eximir su responsabilidad. Los Miembros de la Comision, a efectos de evaluar las solicitudes, deben tener en cuenta que los bienes o servicios a canjearse satisfagan las necesidades especificas de las areas usuarias de la Municipalidad, aun cuando no se encuentren dentro del Plan Anual de Adquisiciones, ya que estos serviran como instrumento principal para el pago de las deudas. Articulo 9°.- PROCEDIMIENTO DE EVALUACION: El procedimiento de evaluacion comprende los siguientes pasos: 1. La Unidad de Tramite Documentario recepcionara el documento despues de haber verificado que este cumpla con los requisitos establecidos en el Articulo 6° del presente Reglamento; y en caso de detectarse alguna omision, dejara MORDAZA expresa en la solicitud y el cargo, para lo cual al recurrente se le otorgara un plazo de cuarenta y ocho (48) horas para subsanar la observacion. Transcurrido el plazo MORDAZA referido, sin que la observacion fuera subsanada, el documento se tendra por no presentado y sera devuelto al interesado. De encontrarse la documentacion conforme, la Unidad de Tramite Documentario la numerara y registrara, para luego remitirla a la Direccion de Rentas. 2. La Direccion de Rentas, luego de recepcionar la solicitud, emitira un Informe Tecnico, previa verificacion en la Base de Datos del total adeudado por el solicitante, actualizado a la fecha de recepcion, a efectos de que en un plazo no menor a tres (3) dias se remita a la Direccion de Administracion. 3. La Direccion de Administracion recepcionara el expediente y: - En caso de tratarse de un canje por bienes o servicios, encargara a la Unidad de Logistica que informe por escrito, si lo propuesto por el canje se encuentra dentro de los requerimientos de la Municipalidad, determinando la valorizacion de los bienes o servicios a ser canjeados de manera unitaria, para lo cual tendra un plazo de diez (10) dias.

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