Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2004 (10/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 10 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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salvables, que deberan ser definidas por el Poder Judicial o el Tribunal Constitucional, conforme a las facultades y atribuciones que la ley les otorga; Que, es asi que la vigencia de la Ley Nº 28212 no puede ser a partir del dia siguiente de su promulgacion, sino que la adecuacion de la misma, solo podra ser factible cuando la Presidencia de Concejo de Ministros establezca el rango remunerativo de las municipalidades provinciales y distritales en funcion al a poblacion electoral y fije la Unidad Remunerativa del Sector Publico -URSP- siendo ademas que la Ley, que desarrolla el articulo 39° de la Constitucion Politica del Peru, en lo que se refiere a la jerarquia y remuneraciones de lo altos funcionarios y autoridades del Estado, contiene claras modificaciones al articulo constitucional, aspecto que solo podria realizarse cumpliendo las formalidades establecidas en el articulo 206° de la misma Carta Fundamental, al modificar leyes organicas sin cumplir con votaciones calificadas como las dispuestas en el articulo 106° de la propia Constitucion y jerarquicamente es de menor categoria que una ley organica a la que se rigen las municipalidades atenta contra la autonomia municipal en asuntos de su competencia al igual que a derechos laborales consagrados en el articulo 26° de la Constitucion Politica del Peru y su aplicacion no debe contravenir lo dispuesto en el articulo 2120° del Codigo Civil; Que, debe atenderse al hecho de que los alcances nocivos que pretende imponer la Ley Nº 28212, sin duda alguna afecta la normal ejecucion de la gestion municipal, toda vez que en merito a lo dispuesto en el articulo 26° y siguientes de la Ley N° 27972, se ha implantado en la Municipalidad una estructura gerencial para su administracion, la misma que en su dimension basica comprende a la gerencia municipal, el organo de auditoria interna, la procuradoria publica municipal, la Oficina de Asesoria Juridica y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, ademas de otros organos y unidades que se han establecido para una mas adecuada articulacion y operatividad institucional, siempre en concordancia con la disponibilidad economica de la entidad y a sus limites presupuestales asignados para el gasto corriente, con cuya estructura organica se ha logrado que la Municipalidad MORDAZA captado la participacion activa de un selecto plantel de profesionales de indiscutible capacidad y vasta experiencia en la conduccion de diversas especialidades de indole municipal, funcionarios cuyo elevado nivel de especializacion tecnica y profesional acarrea una proporcional asignacion de remuneraciones y condiciones de trabajo que no resulta permisible recortar a costa de disminuir sensiblemente la calidad de tales importantes servicios, con riesgo de afectar MORDAZA e indirectamente los intereses de los vecinos, quienes desean y buscan que sus gobiernos locales asuman con esmero diversas actividades y tareas de competencia municipal; En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 194° y siguientes de la Constitucion Politica del Peru y del articulo 41° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA UNANIME del Pleno del Concejo y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente; Ordenanza que declara la vigencia del Acuerdo de Concejo Nº 009 de fecha 10 de enero del 2003 Articulo Primero.- DECLARAR la vigencia del Acuerdo de Concejo Nº 009 de fecha 10 de enero del 2003, el mismo que regira durante la presente gestion municipal 2003-2006. Articulo Segundo.- Autorizar al Procurador Publico Municipal inicie las medidas pertinentes y formule las acciones legales que correspondan en resguardo de la autonomia municipal de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificacion del Desarrollo su debido cumplimiento y a Secretaria Municipal la publicacion del citado en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22269

Amplian plazo a que se refiere la Ordenanza Nº 035, mediante la cual se conformo Comision encargada de revisar la Ordenanza Nº 030
ORDENANZA Nº 042
San MORDAZA de Lurigancho, 27 de octubre de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO; en sesion ordinaria de la fecha, el pedido del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Richardzon; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 35 de fecha 25 de MORDAZA del 2004 se conformo una Comision Mixta integrada por Regidores y Consejeros del Consejo de Coordinacion Local Distrital, a efectos de someter a revision la Ordenanza Nº 030 del 30 de marzo de 2004 que aprueba el Reglamento del Sistema de Participacion Ciudadana en el distrito, proponiendose modificaciones a la misma en un plazo no mayor de 30 dias calendario; Que, en sesion de la fecha, el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Richardzon solicito prorrogar el plazo senalado en el Art. 2º de la Ordenanza Nº 035 hasta el 15 de noviembre; Estando a las facultades otorgadas por el Art. 40º de la Ley Organica de Municipalidades y con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno del Concejo, ABSTENCIONES DE LOS SENORES REGIDORES MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA OTAROLA DE LA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA SURICHAQUI, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DENEGRI y ROMER MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y con dispensa del tramite de comisiones y de lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Unico.- AMPLIESE hasta el 15 de noviembre del 2004, el plazo senalado en el articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 035 de fecha 25 de MORDAZA del 2004. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22267

Precisan alcances del Art. 1º de la Ordenanza Nº 028, que aprobo costos de procedimientos administrativos de la municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 018
San MORDAZA de Lurigancho, 5 de noviembre de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 028 del 10 de febrero de 2004 y publicada el 26 de MORDAZA de 2004 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobo los procedimientos, requisitos y costos administrativos de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho; Que, la aprobacion de los procedimientos, requisitos y sus respectivos costos administrativos se encuentra sustentado en el articulo 36.1. de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, siendo la Ordenanza el instrumento normativo pertinente; Que, por otro lado, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades establece que las Municipalidades mediante ordenanzas crean, modifican, suprimen o exoneran los

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