Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2004 (10/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de diciembre de 2004

arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley y que las que versan sobre materia tributaria requieren ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia; Que, si bien la Ordenanza Nº 028 precitada ha aprobado los costos administrativos de los procedimientos que se siguen en la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, estos se traducen en derechos, desde que, por definicion, los derechos constituyen tasas que se MORDAZA por la prestacion de un servicio administrativo publico, no pudiendo exceder del costo de prestacion del servicio, siendo su rendimiento destinado exclusivamente al financiamiento del mismo, conforme establecen la MORDAZA II del Titulo Preliminar del Codigo Tributario cuyo Texto Unico Ordenando fue aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y el articulo 70º del Decreto Legislativo Nº 776, modificado por el Decreto Legislativo Nº 952; Que, por ende, corresponde precisar las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 028 MORDAZA aludida, la misma que, al versar sobre materia tributaria -en tanto aprueba derechos administrativos-, requiere ser ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su vigencia; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades, los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal; Estando a las atribuciones conferidas por el articulo 20º numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Precisese que el articulo 1º de la Ordenanza Nº 028 del 10 de febrero de 2004 y publicada el 26 de MORDAZA de 2004 en el Diario Oficial El Peruano, al aprobar los costos administrativos de los procedimientos administrativos de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, ha aprobado los derechos que corresponden a dichos procedimientos, de conformidad con lo dispuesto en la MORDAZA II del Titulo Preliminar del Codigo Tributario cuyo Texto Unico Ordenando fue aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y el articulo 70º del Decreto Legislativo Nº 776, modificado por el Decreto Legislativo Nº 952. Articulo Segundo.- Encargar a la Jefatura de Desarrollo Institucional, la notificacion del presente Decreto al Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para la continuacion del tramite de ratificacion de la Ordenanza Nº 028, y a la Secretaria Municipal la publicacion del presente Decreto en el Diario Oficial. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22266

Senor MORDAZA, la determinacion de los terminos del precitado convenio, conforme a las recomendaciones formuladas por la Administracion Municipal; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la clausula tercera del precitado Convenio, MORDAZA partes se proponen y acuerdan concertar acciones a traves de actuaciones urbanas integradas orientadas a la renovacion MORDAZA, destugurizacion, expansion MORDAZA, densificacion y reurbanizacion, generando mecanismos de promocion y de facilitacion de la actividad privada; algunas de las cuales cumple el Programa de Mejoramiento Integral de MORDAZA -MI BARRIO- aprobado por Decreto Supremo Nº 0042004-VIVIENDA; Que, conforme a lo precisado en la clausula novena y decimo primera del Convenio aludido, mediante clausulas adicionales las partes podran ampliar, modificar, precisar e interpretar los alcances del mismo, estableciendose tambien convenios especificos complementarios para efectos de la implementacion de cada actuacion MORDAZA, donde se detallaran las obligaciones que asumira cada una de las partes; Que, mediante Informe Nº 142-2004-GDU/MSJL de fecha 26 de octubre de 2004, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA da cuenta de que los Asentamientos Humanos Los MORDAZA, Vista MORDAZA, Prolongacion MORDAZA MORDAZA y Los Amautas ubicados en Huascar cumplen con los criterios de focalizacion y elegibilidad para su incorporacion al Programa de Mejoramiento Integral de MORDAZA a cargo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, teniendo en cuenta los beneficios del Programa de Mejoramiento Integral de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2004-VIVIENDA en materia de renovacion MORDAZA y vivienda, optimizando las condiciones de MORDAZA de la poblacion y con arreglo a lo dispuesto en el articulo IV y X del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, resulta conveniente facultar a la Administracion adopte las acciones administrativas necesarias que permitan calificar los asentamientos humanos elegibles para su participacion conjunta con la Municipalidad en el Programa MI BARRIO, suscribiendose los convenios respectivos; Que, sin perjuicio de lo dispuesto en el Acuerdo de Concejo Nº 065 del 5 de setiembre de 2003 y el contenido del Convenio MORDAZA de Cooperacion Institucional, el articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades establece que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidos a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional, por lo que, a requerimiento del Programa, resulta conveniente formalizar mediante Acuerdo la participacion de la Municipalidad en el mismo; En Sesion Extraordinaria de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 9º numeral 8) y 41º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno del Concejo Municipal, ABSTENCION DEL SENOR REGIDOR MORDAZA MORDAZA SURICHAQUI y con la dispensa del tramite de comisiones y de aprobacion de actas: ACORDO:

Establecen disposiciones para la participacion en el Programa de Mejoramiento Integral de MORDAZA - MI BARRIO
ACUERDO DE CONCEJO Nº 050
San MORDAZA de Lurigancho, 6 de noviembre de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 065 del 5 de setiembre de 2003, el Concejo Municipal respaldo la celebracion de un convenio MORDAZA de cooperacion institucional entra la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento en materia de Desarrollo MORDAZA y Vivienda, autorizandose al

Articulo 1º.- Participar en el Programa de Mejoramiento Integral de MORDAZA -MI BARRIO- autorizando el cofinanciamiento de las inversiones e intervenciones fisicas, sociales, ambientales, legales e institucionales que de el pudieran derivarse, segun las normas establecidas en su Reglamento General y Reglamento Operativo aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2004-VIVIENDA y Resolucion Ministerial Nº 119-2004, respectivamente. Articulo 2º.- Facultar al senor MORDAZA a seleccionar los MORDAZA MORDAZA - marginales y asentamientos humanos que mejor se adecuen a los criterios de elegibilidad y cuya comunidad este dispuesta a participar conjuntamente con la Municipalidad en la formulacion, financiamiento y seguimiento de las inversiones e intervenciones barriales, y de ser el caso, en la ejecucion, operacion y mantenimiento de las inversiones en equipamiento MORDAZA comunitario y mitigacion ambiental, asi como en la realizacion de acciones de desarrollo comunitario. Articulo 3º.- Autorizar al Senor MORDAZA para que, en caso se obtenga el MORDAZA de Mejoramiento MORDAZA -BMB, suscriba el respectivo convenio de participacion con el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y

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