Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2004 (10/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, viernes 10 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias naturales. El incumplimiento de lo dispuesto, MORDAZA lugar a las sanciones previstas en la presente Ordenanza, con la consiguiente remocion inmediata de los elementos de seguridad por parte de la Gerencia de Seguridad Ciudadana. Los gastos que incurra la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA para efectuar la remocion del elemento de seguridad, seran asumidos por los titulares de la autorizacion. Articulo 19º.- Imposicion de Sanciones.- En caso de no adecuarse dentro del plazo estipulado en el articulo 17º de la presente Ordenanza, MORDAZA lugar a las sanciones previstas en la presente MORDAZA municipal, con el consiguiente retiro de los elementos de seguridad, en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias naturales. El incumplimiento de lo dispuesto, MORDAZA lugar a las sanciones previstas en la presente Ordenanza, con la consiguiente remocion inmediata de los elementos de seguridad por parte de la Gerencia de Seguridad Ciudadana. Los gastos que incurra la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA para efectuar la remocion del elemento de seguridad, seran asumidos por los titulares de la autorizacion. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Modifiquese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA - de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, e incorporar al mismo el procedimiento de autorizacion y renovacion de "Autorizacion para la Instalacion de Sistemas de Seguridad, Vigilancia y Control" establecidos en la presente Ordenanza. Segunda.- Modifiquese el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA e incorporar al mismo las infracciones y sanciones establecidas conforme se detallan en el articulo 14º de la presente Ordenanza. Tercera.- Las senalizaciones verticales, horizontales o demarcatorias en la calzada se sujetaran a lo prescrito en el Reglamento de MORDAZA y Senales de Transito. Cuarta.- Deroguense la Ordenanza Nº 004-CDSS-89, asi como las demas normas que se opongan a la presente Ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las personas naturales o juridicas que hayan sido sancionadas por la instalacion de elementos de seguridad, vigilancia y control sin contar con la autorizacion municipal respectiva, gozaran del beneficio de la condonacion de la multa administrativa impuesta, siempre y cuando dentro de los plazos estipulados en la presente Ordenanza se regularice y/o adecue la instalacion de los elementos de seguridad conforme a las especificaciones tecnicas y administrativas establecidas en la presente Ordenanza o procedan al retiro de los mismos. Segunda.- La Gerencia de Seguridad Ciudadana procedera al retiro inmediato de los elementos de seguridad y vigilancia cuya Junta o Comite Vecinal titular no se presente a tramitar su regularizacion dentro de los plazos establecidos. Tercera.- La autorizacion para instalacion de elementos de seguridad incluye la autorizacion de interferencia de vias por ejecucion de obras, por el plazo que se establezca en la Resolucion de autorizacion. Vencido dicho plazo sin que MORDAZA sido ejecutada la obra de instalacion, el administrado debera solicitar la respectiva autorizacion para la interferencia de vias por ejecucion de obras, conforme la normatividad vigente. Cuarta.- Para la adecuacion de los elementos de seguridad, rejas y/o plumas, existentes con anterioridad a la presente Ordenanza y durante el plazo que se establece en la Ordenanza Nº 690 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para la adecuacion a la normatividad vigente, se aceptaran caracteristicas fisicas similares a las establecidas en el Decreto de Alcaldia Nº 066 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que a criterio de la administracion a cargo de la calificacion y control de dichos elementos, cumplan eficientemente con el mismo efecto. Los elementos nuevos por colocar o las adecuaciones posteriores al plazo establecido, deberan cumplir con las caracteristicas senaladas. Quinta.- La Gerencia de Seguridad Ciudadana notificara de los alcances de la presente Ordenanza a las agrupaciones vecinales que en la actualidad tengan instalados elementos de seguridad. Sexta.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a las Gerencia Central de Desarrollo Local, Geren-

cia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Inversion Publica, Gerencia de Fiscalizacion, Gerencia de Inversion Privada, Subgerencia de Defensa Civil y Subgerencia de Ejecucion Coactiva Administrativa. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 22270

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE GRAN CHIMU
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de un terreno MORDAZA en la MORDAZA de Cascas
ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-2004-CM-MPGCH
Cascas, 25 de noviembre del 2004 VISTO: la sesion de Concejo Ordinaria de fecha 25 de noviembre del 2004, los senores Regidores del Concejo Provincial de Gran Chimu, acordaron aprobar la exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la adquisicion de un terreno para la construccion del Terminal Terrestre en la MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA de Cascas, y en su lugar se convoque a un MORDAZA de Seleccion de Menor Cuantia; y, CONSIDERANDO: Que, en el Presupuesto Institucional de Apertura del presente Ano Fiscal, la Municipalidad ha programado la Ejecucion del Proyecto de Construccion de Terminal Terrestre en la MORDAZA MORDAZA de esta MORDAZA de Cascas, siendo imprescindible para ello contar con un terreno apropiado para dicha infraestructura, por lo que la Municipalidad debera adquirirlo; Que, estando al Informe Nº 133-2004-MPGCH-GDUR, informa que se requiere de un terreno MORDAZA para la construccion de la infraestructura MORDAZA descrita, tenga una ubicacion estrategica, entendida esta que tenga acceso y salida a la Av. MORDAZA, siendo esta la via principal que conduce en forma directa el transporte de pasajeros de Cascas - MORDAZA y viceversa, que se encuentre ubicada fuera del perimetro de la Plaza de MORDAZA, asi como de locales publicos y privados de instituciones educativas, religiosas, salud, etc., a fin de no causar interferencias de las actividades las instituciones MORDAZA descritas. Pero ademas de ello el terreno a adquirirse debe tener la forma de una figura geometrica de un rectangulo, y de topografia plana y sin cercado o construccion alguna para que no dificulte la ejecucion del proyecto, asi como permita ahorrar recursos a la Municipalidad. En cuanto a las medidas del terreno que se requiere debe tener un aproximado de mil cuatrocientos m2, divididos en cuarenta y cinco metros de largo por treinta metros de ancho, y de preferencia debe encontrarse asentado en la parte superior de la MORDAZA, por encontrarse la MORDAZA de Cascas ubicada en una pendiente, por estas consideraciones el responsable de la Gerencia concluye que se trata de un bien inmueble que no admite sustituto, por lo que el Concejo Municipal mediante Acuerdo de Concejo debe proceder a la Exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva y en su lugar convocar a un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, para la adquisicion del terreno urbano; Que, en atencion al informe MORDAZA mencionado el valor del metro MORDAZA (m2) de acuerdo al valor comercial en esta MORDAZA de Cascas, asciende entre los Once y Doce dolares de los Estados Unidos de MORDAZA, y teniendo en cuenta que la Municipalidad requiere de un aproximado de mil cuatrocientos metros cuadrados, el valor referencial para

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