Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2004 (29/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, jueves 29 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 260785
Base de calculo 1.5 UIT 2 UIT 2.5 UIT Numero de trabajadores afectados 1-5 6-10 11-20 21-50 5% 10% 20% 30% 5% 10% 20% 35% 5% 10% 20% 35%

tracion, Nivel F-4, de la Direccion Regional de Salud de Huanuco. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud 01895

CUADRO 1: INFRACCIONES DE PRIMER GRADO Numero de Infracciones 1-2 3-5 6 o mas

CUADRO 2: INFRACCIONES DE MORDAZA GRADO

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Modifican el D.S. Nº 020-2001-TR, Reglamento de la Ley General de Inspeccion del Trabajo y Defensa del Trabajador
DECRETO SUPREMO Nº 001-2004-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 910, Ley General de Inspeccion del Trabajo y Defensa del Trabajador, establece las normas aplicables al procedimiento inspectivo y de defensa del trabajador, senalando las sanciones en caso de incumplimiento de las obligaciones legales laborales o de seguridad y salud en el trabajo; Que, la Ley Nº 28015, Ley de Promocion y Formalizacion de la Micro y Pequena Empresa y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 009-2003-TR, tienen por objeto la promocion de la competitividad, formalizacion y desarrollo de las micro y pequenas empresas para incrementar el empleo sostenible, su productividad y rentabilidad, su contribucion al Producto MORDAZA Interno, la ampliacion del MORDAZA interno y las exportaciones, y su contribucion a la recaudacion tributaria; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 020-2001-TR, Reglamento de la Ley General de Inspeccion del Trabajo y Defensa del Trabajador, modificada por el Decreto Supremo Nº 002-2003TR, ha previsto beneficios transitorios para la micro y pequena empresa, en materia de reduccion de multas, en atencion a su regimen promocional, los que han vencido el 31 de diciembre de 2003; Que, por ello, corresponde que se concuerden y compatibilicen las normas promocionales previstas en el ordenamiento especifico de la micro y pequena empresa, con las referidas a la Inspeccion del Trabajo, asi como ampliar por un periodo adicional, el beneficio transitorio para la micro y pequena empresa que preve el Reglamento de la Ley General de Inspeccion del Trabajo y Defensa del Trabajador, en atencion a la importancia economica de este amplio sector empresarial, y al interes del Estado para su consolidacion y desarrollo; De conformidad con el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Modificatoria del Decreto Supremo Nº 020-2001-TR Modificanse el articulo 45º y la MORDAZA Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 020-2001-TR, modificado por el Decreto Supremo Nº 002-2003-TR, en los terminos siguientes: Articulo 45º.- De las micro y pequenas empresas 45.1. Tratandose de empresas calificadas como micro o pequenas empresas de acuerdo a Ley, la base de calculo para la calificacion de las infracciones previstas en los MORDAZA del Articulo 44º del Reglamento, se reduce en 50%, conforme a los siguientes cuadros:

Numero de Infracciones 1-2 3-5 5-6 7 o mas

Base de calculo 2 UIT 3 UIT 4 UIT 5 UIT

Numero de trabajadores afectados 1-5 6-10 11-20 21-50 5% 10% 20% 35% 5% 10% 20% 35% 5% 10% 20% 35% 5% 10% 20% 35%

CUADRO 3: INFRACCIONES DE TERCER GRADO Numero de Infracciones 1-2 3-5 5-6 7 o mas Base de calculo 5 UIT 6 UIT 8 UIT 10 UIT Numero de trabajadores afectados 1-5 6-10 11-20 21-50 5% 10% 15% 20% 5% 10% 20% 25% 5% 10% 20% 30% 5% 10% 20% 35%

45.2. La AAT podra hacer las verificaciones correspondientes para determinar la condicion de micro o pequena empresa. Disposiciones Transitorias ... Segunda.- Beneficio transitorio para la micro y pequena empresa Hasta el 31 de diciembre de 2005, las pequenas y micro empresas tienen un beneficio de reduccion de la multa del 20% adicional a lo que prescribe el articulo 45º del Reglamento. Igualmente, durante este periodo, el plazo MORDAZA para la subsanacion de las infracciones previstas en el articulo 34º del Reglamento para las inspecciones programadas especificas, es de 20 (veinte) dias habiles. Articulo 2º.- Acreditacion La acreditacion de la condicion de micro y pequena empresa, para los fines dispuestos por el articulo 1º, se cumplira conforme a lo senalado en el articulo 5º del Reglamento de la Ley Nº 28015, aprobado por Decreto Supremo Nº 0092003-TR, lo cual debe efectuarse hasta MORDAZA de la expedicion por la Autoridad Administrativa de Trabajo de la resolucion de primera instancia correspondiente. Articulo 3º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de enero del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 01887

Aprueban celebracion de Addenda de ampliacion de vigencia de Convenio de Asistencia Tecnica Internacional a suscribirse con el PNUD
RESOLUCION SUPREMA Nº 001-2004-TR MORDAZA, 28 de enero de 2004

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