Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2004 (29/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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Codigo 109 Informacion Informacion conteniendo el diagrama en bloque de una red de telecomunicaciones o parte de MORDAZA, sin datos referidos a ubicacion, caracteristicas tecnicas, equipamiento o capacidad de los elementos de red

PROYECTO
Clasificacion Publico

MORDAZA, jueves 29 de enero de 2004

VIII.3. Informacion sobre infraestructura de la red
Sustentacion El conocimiento publico de la informacion relativa al diagrama en bloque de una red de telecomunicaciones o parte de MORDAZA, en la medida que no revela detalle de la misma (i) no afecta la estrategia comercial de la empresa, ni el secreto industrial, dado que su difusion no distorsiona las condiciones de la competencia en el mercado; (ii) no se considera informacion sensible debido a su nivel agregado

VIII.4. Informacion sobre secreto de las telecomunicaciones y proteccion de los datos personales
Codigo 110 Informacion Informacion respecto a las medidas y procedimientos adoptados para salvaguardar el secreto de las telecomunicaciones Informacion de los datos personales de los abonados u usuarios, excepto la informada a traves de las guias telefonicas Clasificacion Reservado Sustentacion La informacion sobre medidas y procedimientos adoptados para salvaguardar el secreto de las telecomunicaciones y la relativa a datos personales de los usuarios, por su naturaleza, es altamente sensible para las empresas operadoras. De otro lado, la MORDAZA Disposicion Final del Reglamento de Informacion Confidencial establece que se considera informacion reservada aquella relacionada con los procedimientos internos o medidas de seguridad adoptadas para el resguardo de la informacion. Asimismo, los contratos de concesion establecen que las empresas concesionarias contaran con medidas y procedimientos razonables para salvaguardar el secreto de las telecomunicaciones y mantener la confidencialidad de la informacion personal relativa a los usuarios. Conforme a lo anterior, corresponde al regulador garantizar la reserva de la referida informacion. De acuerdo con lo establecido por el articulo 8º de la Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades de OSIPTEL, se atenta contra el derecho al secreto e inviolabilidad de las telecomunicaciones cuando una persona que no es quien cursa la comunicacion ni es el destinatario de la misma, intenta conocer, alterar, publicar o utilizar el contenido de la misma o facilita que otra persona conozca la existencia o el contenido de cualquier comunicacion. Por tanto, OSIPTEL no puede brindar la informacion sobre facturacion detallada a la que tiene acceso para el cumplimiento de sus funciones

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Reservado

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Informacion sobre facturacion detallada

Reservado

VIII.5. Informacion sobre Aportes a FITEL y a OSIPTEL
Codigo 113 Informacion La informacion individualizada sobre el monto mensual y anual del Aporte por Regulacion que efectuan las empresas operadoras bajo el ambito de OSIPTEL La informacion individualizada sobre el monto mensual y anual del Derecho Especial al FITEL que aportan las empresas operadoras de servicios portadores y de servicios finales publicos Clasificacion Reservado Sustentacion El Tribunal Fiscal, mediante Resolucion Nº 560-2-99, dio la calificacion de Tributo al Aporte por Regulacion de OSIPTEL y al Derecho Especial destinado al FITEL.

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Reservado

Por tanto, esta informacion esta protegida por el secreto tributario y por ello el derecho de acceso a la informacion publica no puede ser ejercido respecto a esta informacion.

VIII.6. Informacion sobre Hora Cargada
Codigo 115 Informacion La informacion de la Hora Cargada, los perfiles de trafico y los detalles del trafico originado, utilizados para la determinacion de la Hora Cargada Clasificacion Reservado Sustentacion El conocimiento publico de la informacion relativa al numero de llamadas, minutos de conversacion u otras unidades de trafico: (i) puede resultar sensible a la empresa debido a su nivel de desagregacion; ii) afecta la estrategia comercial de la empresa y su difusion puede distorsionar las condiciones de competencia en el MORDAZA, en la medida que podria permitir a los competidores utilizar esta informacion para obtener beneficios

VIII.7. Informacion sobre Reclamos de Usuarios
Codigo 116 Informacion Numero de reclamos presentados por los usuarios, desagregados por servicios publicos de telecomunicaciones involucrados Numero de reclamos clasificados por MORDAZA de servicio y concepto reclamable Clasificacion Publico Sustentacion No afecta la estrategia comercial de la empresa dado que estos datos no se encuentran directamente relacionados con el volumen de ventas, la salida de productos o servicios nuevos, o alguna otra informacion que pudiese distorsionar las condiciones de competencia en el mercado. No se considera informacion sensible dado que la informacion no concierne solo a la empresa. En tal sentido, es el propio usuario quien revela la informacion ante la empresa operadora y algunas veces ante OSIPTEL. Revelar la informacion respecto de la empresa conlleva un costo para la imagen corporativa a la cual se encuentra sujeta toda actividad comercial y de servicios. Sin embargo, el beneficio social que aporta es mayor ya que se incentiva la eficiencia del MORDAZA y el mejor servicio a los usuarios.

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Publico

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Numero de reclamos presentados en primera instancia clasificados por concepto y departamento Numero de reclamos resueltos en primera instancia clasificados por

Publico

Publico

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