Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2004 (04/03/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 4 de marzo de 2004

diante la Carta MORDAZA citada, aprueba y compromete el Plan de Trabajo para el periodo octubre 2003 - setiembre 2004, hasta por un monto de US$ 935 323,52 equivalentes a S/. 3 367 164,67, MORDAZA de cambio S/. 3,60 por US$; Que, durante el periodo de octubre a diciembre del ano fiscal 2003, la Agencia para el Desarrollo Internacional desembolso la suma de S/. 364 222,51 (Trescientos Sesenta y Cuatro Mil Doscientos Veintidos y 51/100 Nuevos Soles) quedando como saldo para el ano fiscal 2004 la suma de S/. 3 002 942,16 (Tres Millones Dos Mil Novecientos Cuarenta y Dos y 16/100 Nuevos Soles), la cual debe ser incorporada al presupuesto del ano 2004; Que, mediante Oficio Nº 086-2004-EF/76.14 de fecha 17 de febrero de 2004, la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, conforme a lo senalado en el articulo 56º de la Directiva Nº 001-2004-EF/76.01 - Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2004, asigna el codigo presupuestal 16930 al Proyecto "Cobertura con Calidad"; Estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento Estrategico a traves de la Oficina Ejecutiva de Presupuesto; y, De conformidad con lo previsto en el articulo 9º de la Ley Nº 28129 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004 y los articulos 23º y 24º de la Directiva Nº 001-2004-EF/76.01 "Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2004", aprobada por Resolucion Directoral Nº 047-2003-EF/76.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizase un Credito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 011 Ministerio de Salud para el Ano Fiscal 2004, hasta por la suma de TRES MILLONES DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 002 943,00), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS: FUENTE DE FINANCIAMIENTO DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 3.0.0 3.1.0 3.1.3 3.1.3.005 TRANSFERENCIAS TRANSFERENCIAS EXTERNAS Donaciones - Agencia para el Desarrollo Internacional - AID TOTAL INGRESOS: EGRESOS: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA PROYECTO 6 GASTOS DE CAPITAL 5 Inversiones TOTAL EGRESOS: : GOBIERNO CENTRAL : 011 Ministerio de Salud : 035 Administradora de Acuerdos de Gestion : 14 Salud y Saneamiento : 064 Salud Individual : 0178 Atencion Medica Basica : 16930 Cobertura con Calidad (En Nuevos Soles) 3 002 943,00 3 002 943,00 (En Nuevos Soles) 3 002 943,00 3 002 943,00 3 002 943,00 3 002 943,00 3 002 943,00

cutora 035 Administradora de Acuerdos de Gestion para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 4º.- MORDAZA de la presente Resolucion se presenta, dentro de los cinco (5) dias de aprobada, a los Organismos senalados en el numeral 5.2 del articulo 5º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 04512

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 160-2004 MTC/02 MORDAZA, 1 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del articulo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, dispone restringir al minimo indispensable los viajes al exterior del MORDAZA en comision de servicios, estableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, estos seran aprobados por resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector correspondiente, con excepcion de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, asi como de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobaran por resolucion del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los inspectores debidamente identificados a que se refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, el cumplimiento de los procedimientos aprobados para el desarrollo de las operaciones aereas dentro de los

Articulo 2º.- La Oficina Ejecutiva de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento Estrategico del Pliego 011 Ministerio de Salud, solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de Nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo 3º.- La Oficina General de Planeamiento Estrategico a traves de la Oficina Ejecutiva de Presupuesto del Pliego 011 Ministerio de Salud instruye a la Unidad Eje-

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