Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2004 (04/03/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 4 de marzo de 2004

MORDAZA del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil; Que, el articulo unico del Decreto Ley Nº 17667, publicado el 28 de MORDAZA de 1969, establece que para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, es necesario la expedicion previa de la Resolucion Ministerial autoritativa; Que, por los hechos expuestos, y en salvaguarda de los intereses del Estado, resulta necesario expedir la Resolucion Ministerial correspondiente, a fin de autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que proceda a interponer las acciones legales que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667 y Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie, impulse y culmine las acciones legales correspondientes a fin de determinar la responsabilidad de la empresa MASSA CONTRATISTAS GENERALES S.R.Ltda. respecto de las deficiencias encontradas en la ejecucion de la Obra: Alcantarilla MORDAZA Basadre, ubicada en el departamento de Junin. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, asi como los antecedentes del caso, al mencionado Procurador Publico para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 04425

Que, el articulo 135º del mencionado Reglamento General establece que el contrato de concesion se resuelve entre otros, por incumplimiento del plazo pactado para iniciar la prestacion del ser vicio, senalando que el procedimiento para hacer efectiva la resolucion se establecera en el contrato de concesion; en su defecto opera de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio formalice tal situacion mediante Resolucion que sera publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 6.01 de la clausula Sexta del contrato de Concesion suscrito con la empresa NETCALL PERU S.A.C establece la obligacion de iniciar la prestacion del servicio concedido en el plazo MORDAZA de doce (12) meses, caso contrario la concesion quedaria automaticamente sin efecto; Que, el literal a), del numeral 18.01, de la clausula Decima Octava del contrato de concesion, establece que el contrato quedara resuelto cuando la empresa concesionaria incurra en algunas de las causales de resolucion del Contrato de Concesion previstas en el Reglamento General; Que, mediante informe Nº 049-2003-MTC/17.01.ssp, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, senala que la empresa NETCALL PERU S.A.C., no ha cumplido con iniciar la prestacion de los servicios concedidos, por tanto el contrato de concesion ha quedado resuelto de pleno derecho; Que, en consecuencia debe dictarse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificaciones, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el MORDAZA del Ministerio; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE:

Declaran resuelto contrato de concesion suscrito con NETCALL PERU S.A.C. para la prestacion de servicios portadores de larga distancia nacional e internacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 162-2004-MTC/03 MORDAZA, 1 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 418-2000MTC/15.03 se otorgo a la empresa NETCALL PERU S.A.C. concesion para la prestacion de los servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional en la Republica del Peru, suscribiendose el respectivo contrato el 24 de noviembre de 2000; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 402-2000MTC/15.03 del 23 de octubre de 2000, se asigno a la empresa NETCALL PERU S.A.C., espectro radioelectrico; Que, mediante Informe Nº 796-2003-MTC/15.19.03.3, se da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica sobre verificacion de inicio de operatividad de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional de la empresa NETCALL PERU S.A.C., efectuada el 29 de noviembre de 2001, concluyendo que la referida empresa no ha iniciado operaciones de los servicios dados en concesion; Que, el articulo 133º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-94-TCC, modificado con Decreto Supremo Nº 00299-MTC, senala que vencido el plazo para el inicio de la prestacion del servicio de telecomunicaciones concedido sin haberse iniciado la prestacion del mismo, se producira de pleno derecho la resolucion del contrato de concesion, y simultaneamente quedara sin efecto la correspondiente resolucion que asigno el uso del espectro radioelectrico;

Articulo Unico.- Declarar que ha quedado resuelto de pleno derecho, el contrato de concesion suscrito con la empresa NETCALL PERU S.A.C., para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional; en consecuencia, quedaron sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 418-2000-MTC/15.03 y la Resolucion Viceministerial Nº 402-2000-MTC/15.03, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 04421

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra empresas por presunto perjuicio economico ocasionado a la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 163-2004-MTC/02 MORDAZA, 1 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Oficina General de Auditoria Interna da cuenta del Informe Especial AUD - I - Nº 046-2003-02-5304-MTC/ 06, del 31 de diciembre del 2003, referido al Examen Especial a la Oficina de Apoyo Tecnologico e Imposicion de Multas por Incumplimiento de Pagos de Tributos ante SUNAT por la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, periodo agosto 2002 - MORDAZA 2003; Que, conforme se desprende del contenido del mencionado Informe Especial y la documentacion que lo susten-

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