Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2004 (04/03/2004)


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NORMAS LEGALES
VISTOS:

MORDAZA, jueves 4 de marzo de 2004

Vista la Resolucion Rectoral Nº 04973-R-03, fechada el 17 de setiembre de 2003, con Registro de Mesa de Partes General Nº 18503-RG-03, sobre modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ano Fiscal 2003 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Rectoral Nº 01209-R-03 del 21 de febrero de 2003, se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ano Fiscal 2003 de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, por la suma de S/. 89'846,399.00 Nuevos Soles; Que, con Oficio Nº 555-RT-UNMSM-2003, la Administracion de la Red Telematica solicita la reprogramacion de la adquisicion de 6 servidores de correo y 1 servidor DNS por el importe de S/. 364,000.00 Nuevos Soles (Trescientos Sesenticuatro Mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, por Resolucion Rectoral Nº 04973-R-03, fechada el 17 de setiembre de 2003, se aprueba la reprogramacion solicitada, incurriendose en error material al indicar en los resolutivos 1º y 2º que el monto de los bienes a adquirir es S/. 364.00 (Trescientos Sesenticuatro y 00/100 Nuevos Soles), cuando en realidad es S/. 364,000.00, como esta dicho; Que, el error cometido en el resolutivo 2º de la Resolucion Rectoral Nº 04973-R-03 es suprimido, al expedirse la Resolucion Rectoral Nº 05267-R-03, de fecha 19 de setiembre de 2003, que rectifica el monto de los bienes, el mismo que asciende a S/. 367,500.00 (Trescientos Sesentisiete Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles); Que, subsiste el error material MORDAZA descrito en el resolutivo 1º de la Resolucion Rectoral Nº 04973-R-03, por lo que es necesario proceder a su rectificacion; y, Estando a las atribuciones conferidas al senor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º.- Rectificar el resolutivo 1º de la Resolucion Rectoral Nº 04973-R-03, fechada el 17 de setiembre de 2003, en la forma que se indica: DICE: "... por la suma de S/. 364.00 (Trescientos Sesenticuatro y 00/100 Nuevos Soles)..." DEBE DECIR: "... por la suma de S/. 364,000.00 (Trescientos Sesenticuatro mil y 00/100 Nuevos Soles)..." 2º.- Encargar a la Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente Resolucion Rectoral, dentro de los diez dias habiles siguientes a su expedicion. 3º.- Encargar a la Oficina de Abastecimiento la remision de una MORDAZA a PROMPYME dentro de los diez dias habiles siguientes a la expedicion de la presente, dando cuenta al CONSUCODE en el mismo plazo. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 04411

El Expediente Nº 2004/03828, asi como el Informe Nº 0015-2004-EF/94.45.2 de fecha 16 de febrero de 2004 de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Gerencia General Nº 0262002-EF/94.11 de fecha 8 de MORDAZA de 2002, se aprobo el tramite anticipado y se dispuso el registro del prospecto MORDAZA correspondiente e inscripcion del primer programa de instrumentos de corto plazo denominado "Primer Programa de Emision de Obligaciones de Backus" de Union de Cervecerias Peruanas Backus y Johnston S.A.A. Asimismo, con fecha 11 de MORDAZA de 2003 se efectuo la colocacion de la primera emision en el MORDAZA del referido programa; Que mediante escrito presentado a la Bolsa de Valores de MORDAZA, con fecha 26 de enero del ano 2004, el senor MORDAZA Bentin MORDAZA, en su calidad de Gerente General de Union de Cervecerias Peruanas Backus y Johnston S.A.A. solicita a dicha entidad el deslistado de la Primera Emision de Papeles Comerciales de Union de Cervecerias Peruanas Backus y Johnston S.A.A. correspondientes al "Primer Programa de Emision de Obligaciones de Backus"; Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso a) del articulo 132º del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, mediante carta GL-0119/2004 remitida a CONASEV con fecha 10 de febrero de 2004, la Bolsa de Valores de MORDAZA, representada por su Gerente General, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, comunico a CONASEV su decision de disponer el deslistado de la Primera Emision de Papeles Comerciales de Union de Cervecerias Peruanas Backus y Johnston S.A.A. correspondientes al "Primer Programa de Emision de Obligaciones de Backus", y elevar el expediente a CONASEV para los efectos correspondientes; Que, el articulo 28º del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 125-98-EF/94.10, dispone que la solicitud de deslistado debe ser acompanada de la documentacion sustentatoria correspondiente y sera comunicada al MORDAZA por la Bolsa de Valores; Que, en el presente caso, la solicitud viene acompanada por declaracion jurada del Gerente General del emisor en el sentido que la referida emision se encuentra totalmente cancelada, habiendose verificado que la MORDAZA de la solicitud de deslistado ha sido divulgada en el mercado; Que, el articulo 37º inciso b) de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 27º inciso b) del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, establecen como causal para la exclusion de un valor, su amortizacion, rescate total u otra causa; Que, asimismo, el articulo 38º del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 34º del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 630-97/94.10, modificado por Resolucion CONASEV Nº 088-2000-EF/94.10, dispone que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una oferta publica de compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando anterior, la exclusion de la Primera Emision de los Papeles Comerciales del "Primer Programa de Emision de Obligaciones de Backus" de Union de Cervecerias Peruanas Backus y Johnston S.A.A. del Registro Publico del MORDAZA de Valores, se encuentra incursa en la causal de excepcion a la realizacion de una oferta publica de compra por exclusion contemplada en el articulo 38º inciso a) del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 52º del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores, aprobado por la Resolucion CONASEV Nº 079-97-EF/94.10 y

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV
Disponen excluir del Registro Publico del MORDAZA de Valores de la Primera Emision de Papeles Comerciales "Primer Programa de Obligaciones de Backus", de Union de Cervecerias Peruanas Backus y Johnston S.A.A.
RESOLUCION GERENCIAL Nº 010-2004-EF/94.45 MORDAZA, 17 de febrero de 2004

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