Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2004 (25/09/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 25 de setiembre de 2004

COFIDE. En Pesqueria, se MORDAZA enfasis al control de los establecimientos industriales pesqueros y convenios suscritos. 4. Los Planes de Control del sector Comercio Exterior y Turismo abordaran acciones de control orientadas a examinar la generacion de condiciones de acceso y competencia en los mercados internacionales, la promocion del desarrollo y exportaciones en Zonas Especiales, el uso racional y sostenible de los recursos turisticos y la promocion del turismo basado en la iniciativa privada. Son areas de interes para el control, los resultados de la promocion de exportaciones en las Zonas Francas, de Tratamiento Especial Comercial (CETICOS) y Zonas Especiales de Desarrollo; y los resultados de la expansion y diversificacion turistica sustentada en la organizacion del inventario nacional de recursos turisticos y planes de desarrollo. 5. Los Planes de Control de los sectores Transporte y Energia deben considerar acciones de control orientadas a examinar los proyectos de generacion energetica y de integracion vial nacional, departamental y rural; el mantenimiento del sistema de transportes, y sus impactos economicos y en el empleo, resultantes del incremento de la capacidad energetica y de la articulacion de los centros poblados y centros de produccion y consumo. Se MORDAZA preferente atencion a los proyectos respaldados por financiamiento externo. El alcance del control podra comprender la inversion y metas logradas, los procesos de licitacion publica internacional y nacional, y la gerencia tecnica y control de los proyectos, segun las condiciones de riesgo en las cuales se desarrollan las actividades. 6. En los sectores Defensa e Interior, en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 052-2001-PCM, se priorizara el control de las adquisiciones o contrataciones de bienes, servicios y obras con caracter de secreto militar o de orden interno, donde se evaluara el cumplimiento de las etapas establecidas para la exoneracion de los procesos publicos, la economia de las adquisiciones, el uso de los equipos conforme a las necesidades que justificaron la compra y si estan enmarcadas en un Plan Estrategico Institucional. Otro objetivo prioritario, es el examen del gasto y otorgamiento de raciones de gasolina. Son de interes para el control: las areas de Presupuesto, Tesoreria, Contabilidad y Control Patrimonial de los Ministerios y sus dependencias adscritas, incluyendo el adecuado registro del gasto en el Sistema SIAF. 7. El control en materia tributaria y aduanera pondra enfasis en la eficacia de los sistemas de recaudacion y fiscalizacion, incidiendo en la deteccion de delitos tributarios como la evasion fiscal y otorgamiento indebido de creditos fiscales, o delitos aduaneros como el contrabando, la subvaluacion de importaciones y aplicacion indebida de aranceles. 8. En materia de control ambiental, las acciones de control incidiran en la defensa y proteccion del medioambiente y los recursos naturales, evaluando si los organos competentes han dictado las normas y velado por el cumplimiento de las Evaluaciones de Impacto Ambiental (EIA), durante la elaboracion de los estudios de preinversion, y de los Programas de Adecuacion Medioambiental (PAMA), durante la ejecucion de los proyectos, adoptando oportunamente las acciones para la preservacion, recuperacion y/o mitigacion del dano producido. El control de recursos naturales y del medioambiente busca revelar practicas como la depredacion de los recursos por deforestacion, la sobre explotacion hidrobiologica de agua y suelos; extincion pecuaria, agotamiento de recursos energeticos y contaminacion ambiental de las MORDAZA de agua, atmosferica y suelos. Control de Entidades con Tratamiento Empresarial y Organismos Reguladores 9. En los procesos de promocion de la inversion privada, los OCI de las empresas comprendidas focalizaran sus acciones de control en los asuntos relacionados con las actividades previas al MORDAZA como la valorizacion y actualizacion de los activos fijos, inventario de bienes, saneamiento de pasivos, cobranzas, gasto en inversion, carga procesal y pago de compensacion por tiempo de servicios, entre otros. 10. En los procesos de liquidacion, los OCI de las entidades comprendidas o del Sector respectivo focalizaran sus acciones de control en asuntos relacionados a la venta

de activos, saneamiento de pasivos, control y manejo de fondos, cobranzas, control de acervo documentario y otros. 11. El control de las Empresas Municipales, Entidades sujetas al ambito de FONAFE y otras incluidas en el articulo 3º de la Ley Nº 27785 debera poner enfasis en la evaluacion de la prestacion de los servicios para los cuales fueron constituidos, examinando los sistemas de costos, facturacion del servicio, la captacion y uso de recursos. 12. El control de los Organismos Reguladores incidira en la gestion de la Entidad, examinando la eficacia y oportunidad de los mecanismos de supervision aplicados sobre: a) los procedimientos de fijacion de tarifas y su razonabilidad; b) los procesos de atencion de reclamos efectuados por los usuarios; y, c) los procesos de fiscalizacion y sanciones impuestos por la prestacion irregular de los servicios. La programacion podra incluir la realizacion de acciones orientadas a verificar los aportes de las empresas prestadoras de servicios conforme a la normativa vigente y condiciones contractuales aprobadas. Control de Universidades 13. El control de la gestion financiera en las Universidades Nacionales priorizara la generacion y/o uso de los recursos directamente recaudados y transferencias efectuadas. Para definir el objetivo y alcance de la accion de control, se debera evaluar la importancia material y condiciones de riesgo sobre: a) Recursos generados por los centros de produccion, verificando su integracion al presupuesto institucional, su uso conforme a la normativa y contribucion a la razon de ser de la entidad; b) Recursos destinados a desarrollar la infraestructura educativa y dotar con materiales y equipos de ensenanza, verificando su empleo adecuado; c) Recursos administrados a traves de los fondos para pagos en efectivo; y, 14. El control de la gestion administrativa de las Universidades incidira en los procesos de nombramiento de docentes y contratacion de personal administrativo, verificandose el cumplimiento de las normas legales vigentes, siempre que se constate la significacion de los procesos y la existencia de pronunciamientos de impugnacion o denuncias. Control Municipal 15. Control de gastos. Las acciones de control relativas al uso de recursos presupuestales incidiran en la legalidad del gasto efectuado en las partidas de bienes y servicios, e inversion, con cargo al Fondo de Compensacion Municipal, Canon y Recursos Directamente Recaudados, segun su importancia en la estructura del financiamiento municipal. 16. Control de ingresos y fiscalizacion. En las municipalidades se examinara la eficacia en la captacion de los ingresos provenientes de impuestos, tasas y arbitrios de mayor significacion economica; asi mismo, se pondra especial atencion a la evaluacion del area de rentas y resultados de los Programas de Fiscalizacion Tributaria. 17. Las municipalidades incluiran en su programacion un examen especial orientado a evaluar la administracion del Programa del Vaso de Leche, debiendo informar a la Contraloria General sobre la implementacion de las medidas correctivas derivadas del control interno y/o externo realizado. 18. Control de Servicios. El Plan Anual de Control de las municipalidades abordara al menos una accion de control orientada a evaluar la prestacion de servicios municipales basicos como los de limpieza publica, seguridad ciudadana, servicios comunales, de complementacion alimentaria y las acciones adoptadas para la defensa y proteccion del patrimonio cultural de la Nacion. 19. Control del MORDAZA de transferencia de Gobierno Municipal. Los OCI de las municipalidades provinciales y distritales, brindaran apoyo a las comisiones de transferencia de gobierno respecto a la organizacion de la informacion necesaria para llevar a cabo una adecuada entrega de cargo que garantice la continuidad de las acciones, pudiendo actuar en calidad de observadores en el propio acto de transmision a solicitud de la autoridad municipal,

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