Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2004 (25/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

MORDAZA, sabado 25 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Convocan a Elecciones de Representantes de Organizaciones e Instituciones de la Sociedad Civil y designan miembros del Comite Electoral y veedores y fiscalizadores del MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-A-2004-SEGE-03-MDEA El MORDAZA, 23 de setiembre de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza Nº 216-2004-MDEA, Ordenanza Nº 225-2004-MDEA del 23 de junio del 2004 y 1 de septiembre del 2004 respectivamente, se aprueba el Reglamento de Conformacion, Instalacion y Funcionamiento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de El Agustino; Que, del Titulo IV: Eleccion de Representantes de la Sociedad Civil del Distrito ante el CCLD, Capitulo I: De la Convocatoria, Capitulo 4: Del MORDAZA Electoral, articulos 12º, 21º se precisa que la Convocatoria a Elecciones de Representantes de las Organizaciones e Instituciones de la Sociedad Civil, asi como el Nombramiento del Comite Electoral debera hacerse mediante Decreto de Alcaldia; Que, a los Regidores segun atribuciones y obligaciones contenidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 compete las funciones de fiscalizacion y veeduria de la buena gestion municipal; Por tanto, estando a lo expuesto, en uso de las facultades que le confiere la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y con cargo de dar cuenta al Concejo Municipal; DECRETA: Articulo 1º.- Convocar a Elecciones de Representantes de las Organizaciones e Instituciones de la Sociedad Civil del distrito:
ELECCIONES PRELIMINARES del 29 de septiembre al 7 de octubre del 2004. ELECCION FINAL 10 de octubre del 2004.

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Modifican la Primera Disposicion Final del Reglamento de Organizacion Interior y de Comisiones del Concejo Distrital
ORDENANZA Nº 122-MDL Lince, 15 de setiembre del 2004 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 002-2004-MDL-CAL de la Comision de Asuntos Legales, sobre modificacion de la Primera Disposicion final del Reglamento de Organizacion Interior (ROI) y de Comisiones del Concejo Distrital de Lince, aprobada mediante Ordenanza Nº 076-MDL CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, y en concordancia con el articulo II de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27072; Que, el numeral 1) del Articulo 10º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades senala que corresponde a los Regidores la atribucion de proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos. El numeral 12) del articulo 9) de la Ley Organica de Municipalidades senala como atribucion del Concejo, aprobar por ordenanzas el Reglamento del Concejo Municipal. Que, el Dictamen de vistos recomienda modificar la Primera Disposicion Final del Reglamento de Organizacion Interna y de Comisiones del Concejo Distrital de Lince, considerando disposiciones disciplinarias orientadas al normal y eficiente funcionamiento del Concejo como MORDAZA organo de Gobierno de la Municipalidad. Estando a lo establecido en los numerales 1) y 5) del Articulo 10º y el numeral 12) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, por Unanimidad, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; se aprobo la siguiente: ORDENANZA MODIFICACION DE LA ORDENANZA Nº 076-MDL REGLAMENTO DE ORGANIZACION INTERIOR (ROI) Y DE COMISIONES DEL CONCEJO DISTRITAL DE LINCE Articulo Primero.- Modificar la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 076-MDL de fecha 11 de MORDAZA del 2003, quedando redactado de la siguiente manera: "Primera.En el desarrollo de la Sesion de Concejo, los asistentes o invitados a MORDAZA, que expresaran palabras ofensivas contra MORDAZA, Regidores y Funcionarios o propiciaran el desorden, seran llamados al orden y de continuar con el mismo comportamiento el MORDAZA podra disponer que desalojen la Sala, para la normal continuacion de la Sesion. Igualmente, si en el desarrollo de la Sesion un Regidor expresara palabras ofensivas y/o agraviantes que afecten , la reputacion, el honor, la intimidad o la imagen personal del MORDAZA, Regidor o funcionario, y del Concejo, o mostrara un comportamiento inadecuado, el MORDAZA o el conductor del debate lo llamara al orden exigiendole el retiro de sus palabras o que presente sus excusas, de no hacerlo, el MORDAZA o el conductor del debate suspendera la sesion por quince minutos. Reiniciada la sesion, el MORDAZA o conductor del debate volvera a llamarlo al orden, de mantenerse la negativa, el Regidor, debera abandonar el Salon de Sesiones caso contrario, sera retirado con el apoyo de la fuerza publica. El Regidor ofensor de no cumplir con retirar la ofensa o presentar las excusas correspondientes, el Concejo, en la siguiente Sesion, con el MORDAZA de la mayoria simple, acordara la suspension del Regidor ofensor de 30 a 120 dias calendario, lo que conllevaria a no hacer uso de sus derechos como miembro del Concejo, durante dicho lapso de tiempo.

Articulo 2º.- Designar como miembros del Comite Electoral a los siguientes ciudadanos: Presidente: Secretaria: Vocal: Vocal: Vocal: MORDAZA L. MORDAZA Aldude MORDAZA MORDAZA Baylon MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA A. Zela MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 3º.- Designar como veedores y fiscalizadores del presente MORDAZA electoral a los senores regidores siguientes: MORDAZA MORDAZA Dumet MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo 4º.- Pongase en conocimiento las diferentes ORGANIZACIONES E INSTITUCIONES de la Sociedad Civil, distintas areas y gerencias de esta municipalidad, para su debido cumplimiento. Articulo 5º.- La Subgerencia de Abastecimiento dispondra la publicacion del presente Decreto de Alcaldia, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17258

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