Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2004 (25/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, sabado 25 de setiembre de 2004 RESUELVE:

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

Pag. 277069

Articulo Primero.- Encargar temporalmente la Alcaldia del Concejo Provincial de El Collao al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, actualmente Regidor suplente de dicho concejo; otorgandosele la credencial provisional que corresponde. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la credencial otorgada a favor de don MORDAZA MORDAZA Santos. Articulo Tercero.- Convocar a la ciudadana MORDAZA Inquilla MORDAZA para que asuma provisionalmente el cargo de Regidor del Concejo Provincial de El Collao; otorgandosele la credencial respectiva. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo Primero.- Declarar que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asume provisionalmente el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Lagunas, provincia de Alto Amazonas, departamento de MORDAZA, mientras dure el mandato de detencion que existe contra don MORDAZA MORDAZA Sinarahua; debiendosele otorgar la credencial respectiva. Articulo Segundo.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del Partido Peru Posible, para que asuma provisionalmente el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Lagunas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto; debiendosele otorgar la credencial respectiva. Registrese, comuniquese y publiquese

SS. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 17240 17241 SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General.

Declaran que MORDAZA MORDAZA asume el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Lagunas y convocan a candidato no proclamado para que asuma el cargo de Regidor
RESOLUCION Nº 192-2004-JNE Exp. Nº 699-2004 MORDAZA, 23 de setiembre de 2004 VISTAS las solicitudes de otorgamiento de credenciales de MORDAZA del Concejo Distrital de Lagunas, provincia de Alto Amazonas, departamento de MORDAZA, y por la convocatoria de regidor suplente; CONSIDERANDO: Que segun la MORDAZA del acta que obra de fojas 159 a 164, el Concejo Distrital de Lagunas en sesion extraordinaria del 17 de setiembre de 2004, acordo por unanimidad declarar la suspension del ejercicio del cargo de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por el tiempo que dure el mandato de su detencion; Que el Juzgado Mixto de la provincia de Alto Amazonas - Yurimaguas, mediante auto de fecha 14 de junio de 2004 abrio instruccion contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA por la comision de delito contra la administracion publica, malversacion de fondos, y por el delito contra la fe publica, falsificacion de documentos en general, falsedad ideologica, en agravio de la Municipalidad Distrital de Lagunas y el Estado Peruano, dictandosele mandato de detencion, conforme consta de fojas 20 a 29, encontrandose recluido en el Establecimiento Penitenciario desde el 15 de junio de 2004, segun MORDAZA judicial de fojas 93; Que el ejercicio del cargo de MORDAZA se suspende por el tiempo que dure el mandato de detencion, conforme al inciso 3) del articulo 25º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; debiendo reemplazarse a las autoridades suspendidas con arreglo al articulo 24º de la acotada; Que en caso de suspension del MORDAZA lo reemplaza el MORDAZA MORDAZA, y para completar el numero legal de miembros del concejo municipal, se debe convocar provisionalmente a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del Partido Peru Posible; Que verificado el cumplimiento de los presupuestos legales, es procedente otorgar las credenciales solicitadas, segun lo dispuesto en la Resolucion Nº 034-2004JNE; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;

Declaran que Presidente del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA continua en el ejercicio del cargo
RESOLUCION Nº 193-2004-JNE Exp. Nº 582-2004 MORDAZA, 24 de setiembre de 2004 VISTOS los recursos de apelacion interpuestos por don MORDAZA Edwi MORDAZA MORDAZA contra los Acuerdos de Consejo Regional Nºs. 080 y 081-2004-CR/RMDD de fechas 8 y 21 de MORDAZA de 2004, respectivamente, por los que se declaro la vacancia de su cargo de Presidente del Consejo Regional de la Region MORDAZA de Dios; y oidos los informes orales en la Audiencia Publica del 26 de agosto de 2004; CONSIDERANDO: Que por Acuerdo de Consejo Regional Nº 081-2004CR/RMDD de 21 de MORDAZA de 2004, de fojas 377, adoptado en la sesion extraordinaria del 15 de MORDAZA de 2004, continuada el 19 del mismo mes, el Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA acordo declarar la vacancia del cargo de Presidente del Consejo Regional de don MORDAZA Edwi MORDAZA MORDAZA, por la causal de inasistencia injustificada a dieciseis (16) sesiones de consejo durante el ano 2003; Que segun citacion Nº 18 del 7 de MORDAZA de 2004, de fojas 694, a sesion extraordinaria para el 8 de MORDAZA de 2004, se fijo como agenda "la suspension o vacancia del Presidente Regional"; en la referida sesion (fs. 341 a 346), se dio cuenta de la comunicacion de MORDAZA Edwi MORDAZA MORDAZA sobre su imposibilidad de ejercer su derecho de defensa por estar recluido en un establecimiento penitenciario; y, el Consejo Regional acordo declarar la vacancia del cargo del Presidente, emitiendose el Acuerdo Regional Nº 0802004-CR/RMDD de fojas 348 y 349, sin precisar la causal de vacancia; Que solo constituyen causales de suspension o vacancia las previstas expresamente en la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, sin admitir interpretacion extensiva o analogica, de conformidad con lo previsto por el Art. IV del Titulo Preliminar del Codigo Civil; Que el Consejero Regional MORDAZA Sarka MORDAZA, por escrito de 12 de MORDAZA de 2004 (fojas 692), formulo recurso de reconsideracion de los Acuerdos de Consejo Regional Nºs. 079 y 080-2004-CR/RMDD de fechas 7 y 8 de MORDAZA de 2004, indicando que la convocatoria a la sesion extraordinaria del 8 de MORDAZA de 2004, tuvo como agenda alternativa la "suspension" o "vacancia" del cargo del Presidente Regional, no senalo las causales en las que habria incurrido

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