Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2004 (25/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, sabado 25 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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riquecer y complementar el desarrollo e implementacion de nuevos enfoques y metodos de control, en el MORDAZA de la ejecucion del Proyecto "Modernizacion de la Contraloria General de la Republica y Desconcentracion del Sistema Nacional de Control"; Que, el financiamiento de los gastos correspondientes a los pasajes y viaticos que se deriven de la presente comision de servicios se efectuaran con cargo a los recursos de la Cooperacion Tecnica Intraregional del Banco Interamericano de Desarrollo, correspondiendo asumir el pago de la Tarifa Corpac con recursos del presupuesto de la Contraloria General de la Republica del Peru, conforme al Memorando Nº 705-2004-CG/FI, de 23 de setiembre de 2004, de la Gerencia de Finanzas; De conformidad con las facultades conferidas por el articulo 32º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785; y con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje, en comision de servicios de la CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicecontralora General de la Republica, y el senor MORDAZA MORDAZA MOREIRA LEONE, Gerente General y Coordinador General del Proyecto BID/PE-L1002 "Modernizacion de la Contraloria General de la Republica y Desconcentracion del Sistema Nacional de Control" a la MORDAZA de Brasilia, Brasil, del 25 de setiembre al 2 de octubre de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el pago de la Tarifa Corpac de los citados funcionarios sera asumido con cargo al presupuesto del Pliego 019: Contraloria General, conforme al siguiente detalle: Tarifa CORPAC (2 personas) US$ 56,48

Que, el Acta de Defuncion de fecha 17 de agosto de 2004, emitido por el Jefe del Registro Civil y Estadistica de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que obra a fojas 6, acredita que don MORDAZA MORDAZA Curro MORDAZA fallecio el 14 de agosto de 2004; Que, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA en sesion extraordinaria Nº 0010-2004-MDPV del 26 de agosto del ano 2004, acordo declarar la vacancia del cargo de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA Curro MORDAZA, expidiendose la Resolucion Municipal Nº 0026-2004-MDPV/P del 31 de agosto de 2004, segun consta de fojas 9 a 12, conforme lo prescribe el articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, el numeral 1) del articulo 22º de la acotada ley, dispone que el cargo de MORDAZA se declara vacante por el concejo municipal por caso de muerte; siendo reemplazado por el MORDAZA MORDAZA que es el primer regidor habil que sigue en su propia lista electoral, correspondiendo asumir tal cargo a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, segun documentacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de San MORDAZA de Putina; Que, para completar el numero legal de miembros del citado concejo, se debe convocar a la candidata no proclamada del Partido Aprista Peruano, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aguirre; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asume el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia de San MORDAZA de Putina, departamento de MORDAZA, por el periodo de gobierno municipal 2003-2006; debiendosele otorgar la respectiva credencial. Articulo Segundo.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada del Partido Aprista Peruano, para que asuma el cargo de Regidora del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia de San MORDAZA de Putina, departamento de MORDAZA, para completar el numero legal de miembros del citado concejo, por el periodo de gobierno municipal 2003-2006; debiendo otorgarsele la respectiva credencial. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 17210

Articulo Tercero.- Los citados funcionarios presentaran al Despacho del Contralor, con MORDAZA a la Gerencia de Cooperacion Tecnica, un informe detallado sobre los resultados de la pasantia realizada, asi como un ejemplar de los materiales tecnicos obtenidos, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derechos a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion, a los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 17289

JNE
Declaran que ciudadano asume cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y convocan a candidata no proclamada para que asuma cargo de Regidora
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 188-2004-JNE MORDAZA, 20 de setiembre de 2004 Exp. Nº 701-2004 VISTOS el Oficio Nº 339-2004-MP-FPM-SAP de la Fiscalia Provincial Mixta de San MORDAZA de Putina y la solicitud de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA de fechas 8 y 10 de setiembre de 2004, respectivamente, para que se convoque al MORDAZA, ante la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA Curro MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia de San MORDAZA de Putina, departamento de Puno;

Enmiendan la Resolucion Nº 177-2004JNE, teniendola por no suscrita por miembro titular del JNE
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 189-2004-JNE Expediente Nº 588-2004 MORDAZA, 20 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el doctor MORDAZA MORDAZA Marquillo no participo en el informe oral ni en la discusion de la causa Nº 588-2004 sobre apelacion contra el Acuerdo de Concejo Nº 004-2004MDT/CM del Concejo Distrital de El Tambo, interpuesta por la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA Suarez; Y estando a lo previsto en el articulo 14.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, "cuando el vicio del acto administrativo por el incumplimiento a sus

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