Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2005 (11/08/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de agosto de 2005

disciplinario contra el Notario de Juliaca, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Diaz; Que, por escrito de fecha 24 de MORDAZA de 2004, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpone recurso de apelacion contra la Resolucion Nº 007-2004-CNP, de fecha 12 de MORDAZA de 2004, expedida por el Colegio de Notarios de Puno; Que, analizados los presentes autos se desprende que la legalizacion efectuada por el notario quejado se realizo con arreglo a las formalidades establecidas en la Ley del Notariado; Estando a lo acordado por el Consejo del Notariado en su sesion del 1 de junio de 2005; y a lo senalado en el literal h) del articulo 142º del Decreto Ley Nº 26002, Ley del Notariado; y al literal i) del articulo 3º del Reglamento del Consejo del Notariado, Decreto Supremo Nº 005-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Confirmar la Resolucion Nº 007-2004CNP, de fecha 12 de MORDAZA de 2004, expedida por el Colegio de Notarios de MORDAZA, que declara no haber lugar a la apertura de MORDAZA disciplinario contra el Notario de Juliaca, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Diaz. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Colegio de Notarios de MORDAZA y a las partes intervinientes para los fines que correspondan. Registrese, comuniquese, y publiquese. MORDAZA HOPKINS MORDAZA (Presidente) MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA (Consejero) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Consejero) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Consejero) MORDAZA IBAZETA MORDAZA (Consejero) 13894

Declaran fundada queja interpuesta contra la Junta Directiva del Colegio de Notarios del Callao por defectos de tramitacion
RESOLUCION DEL CONSEJO DEL NOTARIADO Nº 014-2005-JUS/CN MORDAZA, 16 de junio de 2005

Que, en sesion de fecha 13 de noviembre de 2004 la Junta Directiva del Colegio de Notarios del Callao, acuerda la apertura del MORDAZA disciplinario contra el Notario del Callao, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Erausquin, por supuestas irregularidades en el cumplimiento del Convenio suscrito con el Ministerio de Trabajo - Colegio de Notarios del Callao; Que, mediante escrito de fecha 14 de marzo de 2005 el Notario del Callao, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Erausquin, en aplicacion del Art. 158º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, interpone queja por defecto de tramitacion al haber emitido, la Junta Directiva del Colegio de Notarios del Callao, la Resolucion Nº 0092004-CNDNC-CN de fecha 30 de diciembre de 2004, la cual resuelve abrir procedimiento en su contra, sin cumplir con lo establecido en el 100.1º de la referida Ley, y el articulo 25º del Estatuto Unico de los Colegios de Notarios del Peru, que senala que los acuerdos son adoptados por la mayoria de los asistentes al tiempo de la votacion en la sesion respectiva, observandose que en la sesion de fecha 13 de noviembre del 2004 donde se acordo abrir este procedimiento disciplinario, solamente se emitieron dos votos a favor, uno en contra y una abstencion, y el numero de asistentes fue solamente de 4 miembros, por lo cual no se estaria dando cumplimiento al mencionado articulo; Que, mediante escrito de fecha 27 de MORDAZA de 2005, el Notario del Callao, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Erausquin invoca nulidad de oficio con relacion al acuerdo adoptado con fecha 20 de marzo de 2004, por considerar que se ha infringido lo senalado en el Art. 11.2º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; Que, el analisis del expediente se puede determinar que no se ha cumplido con lo senalado en el articulo 25º del Estatuto Unico de los Colegios de Notarios del Peru aprobado por Decreto Supremo Nº 009-97/JUS, para poder determinar la apertura de MORDAZA disciplinario; con respecto al acuerdo adoptado en la sesion de Junta Directiva de fecha 20 de marzo de 2004 este adolece de nulidad por no haberse aprobado por un organo superior, conforme lo dispone el articulo 11.2º de la Ley Nº 27444, y en consecuencia, resultan nulos todos los acuerdos posteriores de fechas 20 de marzo, 13 de noviembre y 30 de diciembre de 2004, adoptados por la Junta Directiva respecto al MORDAZA disciplinario MORDAZA mencionado; asi como todos los demas acuerdos adoptados con posterioridad por la actual Junta Directiva del Colegio de Notarios, en lo que se refiere igualmente, a este procedimiento disciplinario; Estando a lo acordado por el Consejo del Notariado, en su sesion del 16 de junio de 2005; a lo senalado en el literal h) del articulo 142º del Decreto de ley Nº 26002, Ley del Notariado; y al literal i) del articulo 3º del Reglamento del Consejo del Notariado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-94-JUS, y con la abstencion del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rivarola; SE RESUELVE:

Vista la queja interpuesta por el Notario del Callao, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Erausquin, contra la Junta Directiva del Colegio de Notarios del Callao, por los defectos de tramitacion en el MORDAZA en su contra interpuesto por el Notario del Callao, Dr. MORDAZA Nunez Palomino; CONSIDERANDOS: Que, mediante escrito de fecha 15 de setiembre de 2003 el Notario del Callao, Dr. MORDAZA Nunez MORDAZA, interpone queja contra el Notario del Callao, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Erausquin, por supuestas irregularidades cometidas en el cumplimiento del Convenio suscrito entre el Ministerio de Trabajo y el Colegio de Notarios del Callao; Que, en sesion de la Junta Directiva del Colegio de Notarios del Callao, de fecha 7 de febrero de 2004, se resolvio declarar infundada la queja presentada por el Notario del Callao, Dr. MORDAZA Nunez MORDAZA, contra el Notario del Callao, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Erausquin; Que, por escrito de fecha 11 de febrero de 2004, el Dr. MORDAZA MORDAZA Succar, solicita al nulidad de la sesion de Junta Directiva del Colegio de Notarios del Callao de fecha 7 de febrero de 2004, la misma que fue resuelta en sesion de Junta Directiva de fecha 20 de marzo de 2004, declarando nula la sesion de fecha 7 de febrero de 2004;

Articulo 1º.- Declarar fundada la queja por defectos de tramitacion interpuesta por el Notario del Callao Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Erausquin. Articulo 2º.- Declarar la nulidad de todos los acuerdos adoptados por la Junta Directiva del Colegio de Notarios del Callao, con fecha posterior a la sesion de 7 de febrero de 2004, en relacion al presente MORDAZA disciplinario, precisando que la sesion del 7 de febrero de 2004 tiene plena validez. Articulo 3º.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion al Colegio de Notarios del Callao y a los interesados para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOPKINS MORDAZA (Presidente) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Consejero) MORDAZA DEL MORDAZA AMAYO MORDAZA (Consejera) 13895

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