Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2005 (11/08/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de agosto de 2005

Incluyen diversos establecimientos comerciales, industriales y profesionales en beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 080 y modifican la Ordenanza Nº 104
ORDENANZA Nº 107 La MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA; Visto, en Sesion Ordinaria del 21 de MORDAZA del 2005, el Dictamen Nº 009 del 30 de junio del 2005, de la Comision de Asuntos Juridicos, mediante el cual presenta el Proyecto de Ordenanza, en el que comprende dentro de los beneficios de la Ordenanza Nº 080 del 14 de MORDAZA del 2004, a otras vias del distrito; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado establece que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 79º numeral 3.6.4 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, dispone que son funciones especificas, exclusivas de las municipalidades distritales, entre otras, autorizar la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales, de acuerdo con la zonificacion; Que, los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, a fin de viabilizar el crecimiento economico vecinal, la justicia social y la sostenibilidad ambiental de sus respectivos distritos; Estando a lo establecido por el Articulo 9º inciso 8) y Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por MAYORIA y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA COMPRENDASE DENTRO DE LOS BENEFICIOS DE LA ORDENANZA Nº 080 DE FECHA 14 DE MORDAZA DEL 2004 A OTRAS VIAS DEL DISTRITO Articulo Primero.- COMPRENDASE dentro de la Ordenanza Nº 080 del 14 de MORDAZA del 2004, ampliada mediante Ordenanza Nº 104 del 20 de MORDAZA del 2005, a los establecimientos comerciales, industriales y profesionales ubicados en: * Urbanizacion Cooperativa de Vivienda MUSA: MORDAZA Las Madreselvas Pasaje Buganvillas Calles Lantanas MORDAZA Azahares MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tulipanes Bulevar (Boulevard) Pasaje Los Molles MORDAZA Amapolas MORDAZA Azafranes Pasaje Rodoendros (Rododendros) MORDAZA Los Jacintos MORDAZA Los Girasoles MORDAZA Las MORDAZA MORDAZA Floripondios Ampliacion Residencial

* Cooperativa de Vivienda de los Trabajadores del Sector Agrario - APROVISA: MORDAZA MORDAZA Yerupaja MORDAZA MORDAZA Alpamayo MORDAZA MORDAZA Wandoy MORDAZA MORDAZA Huascaran MORDAZA Salcantay

Articulo Segundo.- MODIFIQUESE el Articulo Tercero de la Ordenanza Nº 104 del 20 de MORDAZA del 2005, en los terminos siguientes: "Articulo Tercero.- Para acogerse a los beneficios de la citada MORDAZA legal, los administradores adjuntaran a su solicitud, cuando sea exigible, el Informe favorable de Inspeccion Tecnica de Defensa Civil que corresponda" Articulo Tercero.- ENCARGUESE a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DIBOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13980

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Aprueban erradicacion de vehiculos abandonados del distrito
ORDENANZA Nº 108 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito del Rimac; en Sesion Ordinaria Concejo de fecha 17.06.05, en uso de las atribuciones conferidas por los articulos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y con el MORDAZA unanime de los senores regidores y con el Dictamen Nº 003-2005-MDR-CPPRyCI de la Comision de Planificacion, Presupuesto, Racionalizacion y Cooperacion Tecnica Internacional, y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ERRADICACION DE VEHICULOS ABANDONADOS DEL DISTRITO DEL MORDAZA Articulo 1º.- Considerase como vehiculo en estado de abandono a los vehiculos que ocupan la via publica como estacionamiento por mas de 15 dias con signos evidentes de no estar en condiciones de movilizarse por medios propios o sin que el propietario demuestre interes en utilizarlo. Articulo 2º.- A partir de la publicacion de la presente Ordenanza, los propietarios de los vehiculos considerados en estado de abandono que se encuentren en la via publica, seran notificados mediante Resolucion Directoral de Abandono y tendran un plazo de quince (15) dias para su retiro, posterior a dicho plazo se procedera a imponer la Resolucion Directoral de Sancion correspondiente. Contra la Resolucion Directoral de Abandono proceden los recursos impugnativos previstos en el MORDAZA administrativo general, sin efecto suspensivo en salvaguarda del bien comun de la comunidad. Articulo 3º.- En los casos en que no sea posible identificar al propietario del vehiculo, el Departamento de Control de Normas Municipales extendera una Notificacion que se colocara en el vehiculo en estado de abandono para que en el mismo plazo de quince (15) dias proceda a su retiro;

* Urbanizacion Monterrico:

- MORDAZA Los Higos (antes Los Nogales), lado MORDAZA (numeracion par)

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