Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2005 (15/02/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 15 de febrero de 2005

sejo Directivo de los organismos reguladores y de los organismos publicos descentralizados, los alcaldes a titulo personal, los miembros del Consejo Consultivo de Radio y Television y los miembros del Directorio de las empresas del Estado. 2. Los funcionarios o servidores que, bajo cualquier modalidad, se encuentren vinculados con la gestion o el control de los servicios de radiodifusion. 3. El conyuge, conviviente o los parientes hasta el MORDAZA grado de consanguinidad de las personas a que se refieren los literales precedentes. El presente articulo sera aplicable ademas a las personas juridicas de las cuales formen parte las personas senaladas anteriormente, bajo cualquier condicion. De presentarse alguno de los supuestos indicados, la Direccion de Gestion declarara improcedente la solicitud. El impedimento se extiende hasta un ano posterior al cese o la culminacion de los servicios prestados bajo cualquier modalidad, sea por renuncia, cese, destitucion o despido, vencimiento del plazo del contrato o resolucion contractual. Articulo 26º.- Causales para denegar una solicitud 1. La solicitud de autorizacion sera denegada por cualquiera de las causales previstas en el articulo 23º de la Ley. 2. Para efectos de la aplicacion del literal a) del articulo 23º de la Ley, la solicitud sera denegada cuando el solicitante, directa o indirectamente, sea titular de mas del treinta por ciento (30%) de las frecuencias disponibles tecnicamente, asignadas o no, en una misma banda de frecuencia y localidad para la radiodifusion televisiva y veinte por ciento (20%) para la radiodifusion sonora. La fraccion mayor a un medio (0.5) que resulte de la aplicacion de estos porcentajes se entendera como el numero inmediato superior. Esta restriccion se extiende a parientes hasta el MORDAZA grado de consanguinidad. 3. Para la aplicacion del literal b) del articulo 23º de la Ley, las obligaciones economicas que se indican deben ser exigibles, por tanto la salvedad contenida en el mismo, incluye ademas los casos en que se MORDAZA dejado en suspenso la exigibilidad de dichas obligaciones conforme a lo establecido en la Ley General del Sistema Concursal. 4. La participacion extranjera, directa o indirectamente, exceda el cuarenta por ciento (40%) del capital social o participaciones de la persona juridica solicitante. 5. La persona natural o juridica extranjera que participe en la persona juridica solicitante no sea titular o no tenga participacion o acciones en empresas de radiodifusion en su MORDAZA de origen. Articulo 27º.- Fines del servicio de radiodifusion En el otorgamiento de una autorizacion, podra evaluarse el cumplimiento de los fines del servicio de radiodifusion y que esta no ponga en peligro, real o potencial, la seguridad nacional, ni atente contra el interes publico, establecidos en la Ley y el presente Reglamento. Para tal efecto, podra solicitarse la opinion de otros organismos competentes. Articulo 28º.- Titular de una empresa individual de responsabilidad limitada El titular de una empresa individual de responsabilidad limitada se encuentra dentro de los alcances del tercer parrafo del articulo 23º de la Ley. Capitulo III: Requisitos de la solicitud de autorizacion Articulo 29º.- Requisitos de la solicitud de autorizacion La solicitud de otorgamiento de autorizacion a ser presentada, debera consignar el domicilio legal del solicitante, el numero del Registro Unico de Contribuyentes (RUC) y acompanarse con la siguiente informacion y documentacion: 1. Documentacion legal: a. En el caso de personas naturales:

MORDAZA del documento de identidad, legalizada por Notario o certificada por Fedatario del Ministerio. b. En caso de personas juridicas: b.1) MORDAZA de la Constitucion Social y Estatuto, indicando que la finalidad u objeto social es prestar el servicio de radiodifusion, inscrito conforme a ley, legalizada por Notario o certificada por Fedatario del Ministerio. b.2) Certificado de vigencia de poder del representante legal con una antiguedad no mayor de tres (3) meses, a la fecha de MORDAZA de la solicitud. b.3) MORDAZA del documento de identidad del representante legal, legalizada por Notario o certificada por Fedatario del Ministerio. b.4) MORDAZA del instrumento legal donde conste la calidad de socio, accionista o asociado, segun sea el caso, legalizada por Notario o certificada por Fedatario del Ministerio. b.5) Declaracion jurada consignando la composicion societaria o accionaria, con indicacion de la participacion en el capital social, o la relacion de los asociados, segun sea el caso. c. Hoja de datos personales. d. Declaracion jurada de no estar incurso en la prohibicion del articulo 22º de la Ley. e. MORDAZA del certificado de antecedentes penales o declaracion jurada de no haber sido condenado a pena privativa de MORDAZA mayor a cuatro (4) anos por delito doloso. f. Declaracion jurada de no encontrarse inhabilitado de contratar con el Estado, por resolucion con autoridad de cosa juzgada. Tratandose de personas juridicas, la documentacion consignada en los literales c), d), e) y f) sera presentada por los accionistas, socios, asociados, titular, representante legal, gerente, apoderado y directores, respectivamente. En caso que alguno de ellos sea una persona juridica, dicha documentacion sera presentada por sus accionistas, socios, asociados, titular, representante legal, gerente, directores o apoderados, segun corresponda. Si la persona juridica solicitante cuenta con participacion extranjera, el socio, accionista o asociado extranjero, segun corresponda, debe presentar la documentacion legal MORDAZA enumerada, la consignada en los literales c), d), e) y f), asi como MORDAZA de la documentacion que lo acredita como titular de participacion en empresas de radiodifusion habilitadas en su MORDAZA de origen. En caso de que alguno de los socios o accionistas sea a su vez una persona juridica, dicha documentacion sera presentada por sus accionistas, socios, asociados o titular, segun corresponda. Asimismo, su representante legal debera presentar MORDAZA de la documentacion que la acredita como empresa o titular de participacion en una empresa de radiodifusion en su MORDAZA de origen. En caso que alguno de los socios, accionistas, asociados, titular o directores no puedan presentar la documentacion consignada en los literales c), d), e) y f) por razones de fuerza mayor debidamente acreditada, esta podra ser presentada por el representante legal. 2. Documentacion tecnica: a. Perfil del proyecto tecnico de la estacion a instalar, autorizado por un ingeniero colegiado de la especialidad, habilitado a la fecha de MORDAZA de la solicitud. b. Plano a escala 1/100,000 de la localidad en la que va a operar la estacion, graficando la MORDAZA de servicio. Este requisito no es exigible, tratandose de solicitudes para prestar el servicio de radiodifusion en la banda de onda corta. c. Plano a escala 1/10,000 de la localidad o MORDAZA de la Municipalidad, indicando la ubicacion de la planta transmisora. d. Estudio Teorico de Radiaciones No Ionizantes de la estacion a instalar, autorizado por persona natural o juridica debidamente inscrita en el Registro de Personas autorizadas para la realizacion de Estudios teoricos y Mediciones de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones.

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