Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2005 (16/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Uso Civil y/o MORDAZA, Municiones, Granadas de MORDAZA o Explosivos. CONSIDERANDO: Que, el 25NOV2004 se promulgo la Ley Nº 28397 "Ley de Amnistia y Regularizacion de la Tenencia Ilegal o Irregular de MORDAZA de Fuego de Uso Civil y/o de MORDAZA, Municiones, Granadas de MORDAZA o Explosivos"; Que, mediante D.S. Nº 002-2005-IN del 02JUL2005 se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 28397; Que, es necesario establecer normas y disposiciones complementarias que regulen en detalle los procedimientos senalados en la Ley Nº 28397 y su Reglamento, a fin de garantizar un mejor cumplimiento de dichas normas; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior y de conformidad con el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0003-2004-IN del 01MAR2004; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 012-2005IN-1701 - "Normas Complementarias para la aplicacion de la Ley Nº 28397 y su Reglamento que declara la Amnistia y Regularizacion de la Tenencia Ilegal o Irregular de MORDAZA de Uso Civil y/o de MORDAZA, Municiones, Granadas de MORDAZA o Explosivos". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MURAZZO MORDAZA Ministro del Interior DIRECTIVA Nº 012-2005-IN-1701 NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA LA APLICACION DE LA LEY Nº 28397 Y SU REGLAMENTO QUE DECLARA LA AMNISTIA Y REGULARIZACION DE LA TENENCIA ILEGAL O IRREGULAR DE MORDAZA DE USO CIVIL Y/O DE MORDAZA, MUNICIONES, GRANADAS DE MORDAZA O EXPLOSIVOS. I. OBJETO Dictar normas y disposiciones complementarias que regulen en detalle los procedimientos establecidos en la Ley Nº 28397 y su Reglamento, que declara la amnistia y regularizacion de la tenencia ilegal o irregular de MORDAZA de uso civil y/o de MORDAZA, municiones, granadas de MORDAZA o explosivos. II. FINALIDAD Unificar criterios y procedimientos que permitan a los Organos Centrales y Desconcentrados de la DICSCAMEC, asi como a las dependencias de la PNP, y dependencias del Ministerio del Interior, cumplir con los lineamientos establecidos en la Ley Nº 28397 y su Reglamento. III. ALCANCE El cumplimiento de la presente Directiva es obligatorio para el personal y unidades de la DICSCAMEC y PNP a nivel nacional, comprometidas y acreditadas en la ejecucion de la Ley Nº 28397 y su Reglamento; asi como para las Direcciones Generales de Gobierno Interior, de Administracion y Comunicacion Social del MININTER, en la parte que les respecta; y para las personas naturales y juridicas que se acojan a los beneficios de la Ley MORDAZA citada. IV. BASE LEGAL A. Constitucion Politica del Peru. B. Ley Nº 25054 - Ley que MORDAZA la fabricacion, co-

mercio, posesion y uso por particulares de MORDAZA y municiones que no son de guerra. C. Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. D. Ley Nº 28397 - Ley de amnistia y regularizacion de la tenencia de MORDAZA de uso civil, MORDAZA de uso de MORDAZA, municiones, granadas o explosivos. E. D.S. Nº 003-2004-IN - Que aprueba el TUO del D. Leg. Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior. F. D. Leg. Nº 898 - Ley contra la posesion de MORDAZA de guerra. G. D.S. Nº 022-98-PCM - Reglamento que MORDAZA la entrega de MORDAZA de Guerra. H. D.S. Nº 007-98-IN - Que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 25054, sus modificatorias y normas complementarias. I. D.S. Nº 002-2005-IN - Que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28397. J. D.S. Nº 004-2004-IN - Que actualiza y modifica el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del MININTER en lo relativo a la DICSCAMEC (TUPA-IN/ DICSCAMEC 2004). V. DISPOSICIONES GENERALES A. La amnistia y regularizacion senalada en la Ley Nº 28397 y su Reglamento, alcanza a las personas naturales y juridicas que posean ilegal o irregularmente MORDAZA de uso civil y/o de MORDAZA, municiones, granadas de MORDAZA o explosivos. B. Para acogerse a la amnistia y regularizacion de la tenencia ilegal o irregular de MORDAZA, las personas tendran un plazo de CIENTO OCHENTA (180) dias calendario, que se inicia el 23JUL2005 y concluye el 18ENE2006, periodo durante el cual podran acogerse a los beneficios que brinda la Ley Nº 28397. C. Para la cuidad de MORDAZA la DICSCAMEC establecera un cronograma de atencion a las personas naturales y juridicas que deseen regularizar sus MORDAZA de fuego. D. Se consideran MORDAZA y municiones en posesion ilegal aquellas que no se encuentran registradas en las FFAA, PNP y DICSCAMEC, y que por lo tanto no cuentan con la licencia correspondiente. E. Se consideran MORDAZA y municiones en posesion irregular aquellas que encontrandose registradas en las FFAA, PNP y DICSCAMEC, tienen sus licencias vencidas o no han sido transferidas y/o regularizadas las transferencias respectivas conforme a Ley. F. Se consideran granadas de MORDAZA a todos aquellos proyectiles que contienen explosivos o sustancias quimicas y de tamano o forma conveniente que pueden ser lanzadas a mano o por un lanzador o proyector. Las granadas de MORDAZA se clasifican como: Granadas de mano y granadas para lanzadores (fusiles, lanzagranadas y otros). G. Se consideran explosivos de uso civil y/o de MORDAZA en posesion ilegal aquellos que no cuentan con la autorizacion respectiva otorgada por las FFAA, PNP o DICSCAMEC, segun corresponda o que contando con la misma, esta se encuentre vencida. H. Las personas naturales y/o juridicas que posean ilegalmente MORDAZA de uso civil y/o de MORDAZA, municiones, granadas de MORDAZA o explosivos, deberan entregarlos para ser regularizados, a la DICSCAMEC a traves de sus Organos Centrales en MORDAZA y de sus Jefaturas Departamentales o Delegaciones Departamentales de Apoyo Policial a la DICSCAMEC a nivel nacional; asi como a las dependencias del Ministerio Publico, militares y policiales, acreditadas para tal fin a nivel nacional. I. Las personas naturales y/o juridicas que posean irregularmente MORDAZA de fuego de uso civil, por tener licencias vencidas (acreditadas con la MORDAZA de las mismas o con la denuncia policial correspondiente por perdida), asi como aquellas que no han sido regularizadas las transferencias conforme a Ley, deberan apersonarse a la DICSCAMEC (Organos Centrales en MORDAZA o a sus Jefaturas y/o Delegaciones Departamentales de Apoyo Policial a la DICSCAMEC a nivel nacional), con la finalidad de entregarlas, para su verificacion y proceder a regularizar su situacion, actualizando y/o renovando su respectiva licencia de posesion y uso, cumpliendo

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