Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2005 (16/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Prorrogan vigencia de las Ordenanzas Nºs. 000003 y 000007-2005, sobre aplicacion de beneficios para concluir levantamiento de informacion predial catastral en el MORDAZA Norte del Callao
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000019 Callao, 30 de junio de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 000026-2005, se prorrogo la vigencia de la Ordenanza Nº 0000032005, que aprobara el regimen de beneficios tributarios y administrativos aplicables para la conclusion del MORDAZA de levantamiento de informacion predial catastral en la MORDAZA del MORDAZA Norte del Callao; Que, asimismo, mediante Ordenanza Nº 0000072005, se aprobo la aplicacion de los mencionados beneficios para aquellas zonas no comprendidas dentro de los alcances de la Ordenanza Nº 000003-2005, otorgandose un plazo de sesenta (60) dias habiles para su aplicacion; Que, el numero de personas que vienen regularizando su situacion tributaria al MORDAZA de los dispositivos senalados, hacen necesaria la ampliacion de la vigencia de los beneficios MORDAZA aludidos; Que, la Tercera Disposicion Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 000003-2005, asi como el Articulo Tercero de la Ordenanza Nº 000007-2005, senalan las facultades para que el MORDAZA pueda establecer la prorroga de los plazos fijados; Estando a lo dispuesto y en ejercicio de las facultades que confiere al MORDAZA el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Prorroguese hasta el 27 de MORDAZA del 2005, la vigencia de las Ordenanzas Nº 0000032005 y Nº 000007-2005. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 12594

Visto, el Memorando Nº 909-2005-MPC/GGSSC de fecha 28 de junio del 2005, mediante el cual la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, solicita la aprobacion para la realizacion del Programa II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO - 2005, a celebrarse el dia 19 de agosto del presente ano en la Plaza GrauMuelle Darsena, Callao; y, CONSIDERANDO: Que, es politica de la Municipalidad Provincial del Callao, promover la regularizacion de la situacion de aquellas parejas que encontrandose en condiciones de contraer Matrimonio Civil, no cuentan con los recursos economicos necesarios para formalizarlo; Que, en la circunscripcion de la Provincia Constitucional del Callao, existen numerosos hogares formados de hecho que por las razones MORDAZA expuestas no pueden legalizar su union; Que, mediante el Memorando de Visto, la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, solicita la realizacion del II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2005, a llevarse a cabo el dia 19 de agosto del presente ano en el Cercado del Callao, por lo que debe expedirse la autorizacion correspondiente; Que, el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que mediante Decreto de Alcaldia se regulan los asuntos de orden general y de interes para el vecindario; Estando a las consideraciones vertidas, con la visacion de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion y de la Gerencia General de Administracion, y en ejercicio de las facultades conferidas al MORDAZA por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales de la Municipalidad Provincial del Callao, llevar a cabo el II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO - 2005, el dia 19 de agosto del presente ano en el Cercado del Callao. Articulo Segundo.- EXONERAR a los contrayentes del Matrimonio Civil Comunitario del pago por derecho de Matrimonio Civil y tramite administrativo, debiendo cancelar unicamente la siguiente estructura de costo: - Gasto de examen medico : 0.375 de la UIT - Gasto de Programa de Ceremonia : 1.188 de la UIT Articulo Tercero.- DISPENSAR de la publicacion de los Edictos Matrimoniales a las parejas que se acojan al Matrimonio Civil dispuesto en el articulo primero. Articulo Cuarto.- AUTORIZAR el Traslado de Libros fuera de esta Corporacion MORDAZA, para la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario MORDAZA citado. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales y a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, el cumplimiento del presente Decreto, afectando el gasto a la partida correspondiente del presupuesto vigente, conforme al siguiente detalle: Servicio de alquiler Toldo, sillas, menaje, etc. S/. 9,450.00 para 150 parejas Otros servicios y compras 8,900.00 -----------------Total S/.18,350.00 POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 12598

Autorizan celebracion del II Matrimonio Civil Comunitario - 2005
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000020 Callao, 11 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

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