Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2005 (16/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 2005

palidades y el articulo 2º de la presente Ordenanza, los consejeros integrantes del CCL que fueron elegidos en el MORDAZA eleccionario del 17 de noviembre de 2003 ejerceran sus funciones hasta el 16 de noviembre de 2005. La renovacion de los consejeros distritales para los periodos bianuales subsiguientes se produciran mediante eleccion regulada mediante Ordenanza, debiendo instalarse en el mes de diciembre del ano de la eleccion e iniciar sus funciones el 1 de enero del ano siguiente. Articulo 2º.- Entrada en vigencia.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12616

1. Cuando, por sus servicios distinguidos, MORDAZA contribuido o colaborado con el desarrollo del distrito. 2. Cuando, denotando destacada y desinteresada entrega, promueva el culto a los valores MORDAZA y civicos, estimule el cumplimiento de los deberes ciudadanos y fomente la practica de las MORDAZA humanas. 3. Cuando su accion, obra o trabajo en el MORDAZA profesional, intelectual, cientifico, artistico, cultural o deportivo asigne un prestigio local, resulte inspiradora o sea beneficiosa para el resto de la comunidad del distrito de Surquillo. Articulo 5º.- Entrega de Diplomas.- Las medallas descritas en los articulos 3º y 4º de la presente Ordenanza podran ser otorgadas conjuntamente con un diploma de honor o certificacion firmado por el Alcalde. Articulo 6º.- Competencia del Concejo Municipal.- La Medalla descrita en el articulo 3º es otorgada por Acuerdo del Concejo Municipal, a propuesta del MORDAZA o de uno o mas Regidores, con expresion del merito o de la justificacion que corresponde conforme a esta Ordenanza. Articulo 7º.- Competencia del Alcalde.- Las medallas descritas en el articulo 4º se materializan por Resolucion de Alcaldia, previo informe favorable de la Secretaria General y con cargo a dar cuenta al Concejo. Es potestad del MORDAZA elevar la resolucion expedida al Concejo Municipal para su ratificacion, de considerarlo conveniente. Articulo 8º.- Oportunidad de la entrega.- Las medallas aprobadas se otorgaran en Sesion Solemne con ocasion del Aniversario del distrito, en MORDAZA Patrias o en la fecha que el Concejo acuerde, dandose lectura de la parte pertinente del Acuerdo o Resolucion aprobatoria. Articulo 9º.- Caracter de las Medallas Institucionales.- Las Medallas Institucionales descritas en esta Ordenanza constituyen Titulos Oficiales otorgados por la Municipalidad de Surquillo que conceden un privilegio y una distincion, pudiendo ser llevada en toda ceremonia publica y en cualquier actuacion municipal otorgando a quien la posee la prerrogativa de ocupar puestos especiales en orden al merito adquirido. Articulo 10º.- Registro de Medallas Institucionales.- Corresponde a la Secretaria General llevar un Registro de Medallas impuestas conforme a la presente Ordenanza, con la indicacion de la fecha de su imposicion, la disposicion que la otorga y la fecha de la misma. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El Concejo Municipal podra instituir y otorgar otras distinciones de honor a las autoridades del MORDAZA, personas naturales o juridicas -nacionales o extranjeras- y entidades publicas o privadas en los casos en que estas ya hayan recibido anteriormente la Medalla Civica a que alude el articulo 3º de la presente Ordenanza. Segunda.- Deroguese la Ordenanza Nº 089/MDS del 5 de agosto de 2002 y todas las disposiciones que se opongan a la presente MORDAZA legal. Tercera.- Corresponde al MORDAZA establecer los procedimientos para el otorgamientos de otros reconocimientos institucionales distintos a los establecidos en la presente Ordenanza. Cuarta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12614

Regulan el otorgamiento de medallas institucionales
ORDENANZA Nº 151-MDS Surquillo, 8 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO; POR CUANTO: El Concejo Distrital de Surquillo, en Sesion Ordinaria de la fecha, de conformidad con lo dispuesto por los Articulos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y estando al Dictamen Nº 001-2005-CALCI-CM/MDS de la Comision de Asuntos Legales y Cooperacion Internacional, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL OTORGAMIENTO DE MEDALLAS INSTITUCIONALES Articulo 1º.- Objeto de la Norma.- La presente Ordenanza establece las normas y procedimientos para el otorgamiento de medallas institucionales por la Municipalidad Distrital de Surquillo. Articulo 2º.- Organos competentes.- Las medallas institucionales descritas en la presente Ordenanza son otorgadas por el Concejo Municipal o por el MORDAZA conforme a los procedimientos contenidos en esta norma. Articulo 3º.- Medalla Civica de la MORDAZA de Surquillo.- La Medalla Civica de la MORDAZA de Surquillo es la MORDAZA distincion que la Municipalidad Distrital de Surquillo otorga a las autoridades del MORDAZA, asi como a las personas naturales o juridicas -nacionales o extranjeras- y entidades publicas o privadas que hayan realizado acciones o servicios meritorios, distinguidos o extraordinarios prestados al distrito o a la Nacion. Articulo 4º.- Medalla al Merito Surquillano.- La Medalla al Merito Surquillano constituye una distincion de honor y reconocimiento que otorga el MORDAZA de la Municipalidad de Surquillo a las personas juridicas, nacionales o extranjeras, entidades publicas o privadas, asociaciones y otros colectivos, asi como personas naturales y en particular vecinos destacados, en los siguientes casos:

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