Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2005 (30/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 30 de marzo de 2005

Que, ademas, el Tribunal Fiscal mediante Resolucion Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar sanciones a los funcionarios de la Administracion Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que debera hacer efectiva el Poder Judicial a traves del MORDAZA penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Publico del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comision de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 06305

0874-5-2004, otorgandosele un plazo de diez (10) dias habiles, bajo apercibimiento de formular la denuncia penal correspondiente; Que, a la fecha, el Servicio de Administracion Tributaria - SAT- de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA no ha cumplido con lo requerido por el Tribunal Fiscal, por lo que, correspondio resolver la queja interpuesta mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 08436-5-2004, disponiendose asimismo que se oficie al Procurador Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a fin que proceda al ejercicio de las acciones legales pertinentes; Que, el articulo 156º del Codigo Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de la Administracion; Que, el incumplimiento por parte de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a dar cumplimiento al mandato del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los articulos 368º y 377º del Codigo Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias; Que, ademas, el Tribunal Fiscal mediante Resolucion Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar sanciones a los funcionarios de la Administracion Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que debera hacer efectiva el Poder Judicial a traves del MORDAZA penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Publico del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comision de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 06306

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 137-2005-EF/10
MORDAZA, 28 de marzo de 2005 Visto el Oficio Nº 238-2005-PP-EF/16 del Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, la Inmobiliaria Bellaluz S.A. formulo queja contra el ejecutor coactivo del Servicio de Administracion Tributaria - SAT- de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA por haberle iniciado indebidamente un procedimiento de ejecucion coactiva para el cobro de las Ordenes de Pago Nºs. 64-11-00030643 y 64-11-00030644, giradas por Impuesto Predial de 1999; Que, para resolver la queja interpuesta, el Tribunal Fiscal mediante Proveido Nº 0468-5-2004 de fecha 5 de MORDAZA de 2004, remitido al Servicio de Administracion Tributaria SAT- de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA requirio a dicha entidad que, en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles, remita informacion sobre los motivos por los cuales se emitieron las ordenes de pago Nºs. 64-11-00030643 y 64-11-00030644, sobre el tramte que se le habria dado al recurso de reclamacion interpuesto por la quejosa respecto de las ordenes de pago y si la quejosa habia acogido, las referidas ordenes de pago a alguna amnistia; Que, ante el incumplimiento de la Administracion, el Tribunal Fiscal mediante Proveido Nº 0874-5-2004 de fecha 9 de MORDAZA de 2004, reitero el pedido planteado por el Proveido Nº 0468-5-2004, otorgandole nuevamente un plazo de diez (10) dias habiles para cumplir lo requerido; Que, no obstante haber transcurrido en exceso el plazo otorgado sin que el Servicio de Administracion Tributaria - SAT- de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA MORDAZA cumplido con lo requerido por el Tribunal Fiscal, mediante Resolucion Nº 06225-5-5-2004 de fecha 25 de agosto de 2004, se le requirio por tercera y MORDAZA vez a fin que remitiera lo solicitado con los Proveidos Nºs. 0468-5-2004 y

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 138-2005-EF/10
MORDAZA, 28 de marzo de 2005 Visto el Oficio Nº 239-2005-PP-EF/16 del Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, la Compania Inmobiliaria Caroal S.A. formulo quejas contra el Servicio de Administracion Tributaria - SAT- de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y su ejecutor coactivo, por no dar tramite a sus recursos de reclamacion y por iniciar la cobranza coactiva de las deudas tributarias materia de sus reclamaciones;

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