Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2005 (30/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA, miercoles 30 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Fijan Tasa de Interes Moratorio (TIM) aplicable a deudas tributarias
ORDENANZA Nº 051
San MORDAZA de Lurigancho, 24 de febrero de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO; en Sesion ordinaria de la fecha; la Carta Nº 003-2004-ORC-P-CRPyE/MDSJL de la Comision de Rentas, Planeamiento y Economia; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendole al Concejo Municipal la funcion normativa, la cual se ejerce a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley, concordante con el Art. 40º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades"; Que, el Inc. 2), numeral II, del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 771, "Ley MORDAZA del Sistema Tributario Nacional"senala que los tributos de los Gobiernos Locales estan establecidos de acuerdo a la Ley de Tributacion Municipal; Que, de acuerdo al Articulo 6º y 68º del Decreto Legislativo Nº 776 "Ley de Tributacion Municipal" establecen los impuestos y tasas por servicios publicos o arbitrios, constituyendo renta a favor de las Municipalidades Distritales en lo concerniente a su jurisdiccion; Que, el primer parrafo del Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 135-99-EF - Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que el monto del tributo no pagado dentro de los plazos establecidos devengara un interes equivalente a la Tasa de Interes Moratorio (TIM), la cual no podra exceder del 10% (Diez por Ciento) por encima de la Tasa Activa del MORDAZA promedio mensual en moneda nacional (TAMN) que publique la Superintendencia de Banca y Seguros, el ultimo dia habil del mes anterior; Que, el tercer parrafo del Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por el Decreto Legislativo Nº 953 publicado el 5 de febrero del 2004, establece que en los casos de los tributos administrados por los Gobiernos Locales, la Tasa de Interes Moratorio (TIM) sera fijada por Ordenanza Municipal, la misma que no sera mayor a la que establezca para tal efecto la SUNAT; Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 0322003/SUNAT, publicada el 7 de febrero del 2003, ha fijado en uno y cinco decimas por ciento (1.5%) mensual, la Tasa de Interes Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias en Moneda Nacional que administra; Estando a lo dispuesto por el numeral 8 del Articulo 9º y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA UNANIME del Pleno del Concejo, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA LA TASA DE INTERES MORATORIO (TIM) APLICABLE A LAS DEUDAS TRIBUTARIAS Articulo Primero.- Fijar en uno y cinco decimas por ciento (1.5%) mensual, la Tasa de Interes Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias correspondiente a los tributos que administra la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06205

Respaldan al MORDAZA en las acciones y gestiones que viene realizando para la preservacion, mantenimiento y conservacion del Gran MORDAZA Wiracocha
ACUERDO DE CONCEJO Nº 008
San MORDAZA de Lurigancho, 4 de marzo de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO; en sesion de la fecha, la mocion de la Regidora MORDAZA Palomino; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 080 de fecha 20 de noviembre del 2003, el Concejo Municipal del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, aprobo ratificar el contenido del Acuerdo de Concejo Nº 063 de fecha 28 de agosto del 2003 y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 7 de setiembre del 2003, que respalda totalmente las acciones y gestiones que viene realizando el senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para materializar la formalizacion de la conservacion de la administracion del Gran MORDAZA Wiracocha y la cesion de todos los atributos, facultades y derechos inherentes a dicha administracion por parte de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, nombrandose para tal fin una Comision Multipartidaria de Regidores que, conjuntamente con el senor MORDAZA, puedan gestionar ante las autoridades competentes una solucion armonica; Que, con fecha 23 de febrero del 2005, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, recibio una comunicacion de fecha 21 del mes en curso, con membrete de la "Procuraduria Publica Municipal" de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por la cual solicita formalmente la entrega del "Parque Zonal Wiracocha", senalando que para ello acuerdan un plazo de respuesta de 5 dias utiles de recibida la presente donde se podra designar a la Comision de Transparencia que se pondra en relacion con el senor Gerente General de SERPAR y el senor Procurador Publico sus representantes para levantar el Acta de entrega con la participacion del Notario Publico; Que, en la misma fecha de recibida dicha comunicacion, es decir 23 de febrero, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho dio respuesta a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, dentro del plazo fijado; Estando a lo expuesto, y a las facultades conferidas por el articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno del Concejo, las ABSTENCIONES DE LOS SENORES REGIDORES MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ROMER MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA SURICHAQUI y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con dispensa del tramite de comisiones y de lectura y aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- RESPALDAR al senor MORDAZA y a la Comision Multipartidaria creada por Acuerdo de Concejo Nº 080 de fecha 20 de noviembre del 2003, en las acciones y gestiones que viene realizando para la preservacion, mantenimiento y conservacion del Gran MORDAZA Wiracocha. Articulo Segundo.- RATIFICAR el otorgamiento de las mas amplias facultades al senor MORDAZA y a la Comision para los fines descritos en dicho acuerdo. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria Municipal la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06203

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