Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2005 (30/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 30 de marzo de 2005

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Declaran en situacion de desabastecimiento inminente los servicios de recoleccion, transporte y disposicion final de residuos solidos y el barrido de calles
ACUERDO DE CONCEJO Nº 009-2005-MDB
Brena, 23 de marzo de 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE BRENA VISTOS: En Sesion de Concejo celebrada en la fecha, el Informe de la Gerencia de Asesoria Juridica Nº 284-2005GAJ/MDB, el Informe Nº 033-2005-GAR/MDB emitido por la Gerencia de Administracion de Recursos y el Informe Nº 018-2005-GSC-MDB, presentado por la Gerencia de Servicios a la MORDAZA que en su conjunto constituyen el Informe Tecnico Legal que dispone el Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en virtud del cual se solicita la expedicion del Acuerdo de Concejo que autorice la Declaratoria de la Situacion de Desabastecimiento Inminente para el Servicio de Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos y el Servicio de Barrido de Calles del distrito de Brena; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, conforme a la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las delegadas conforme a Ley, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Corresponde al Concejo las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldia las funciones ejecutivas; Que, con Acuerdo de Concejo Nº 056-2004-MDB de fecha 9 de diciembre de 2004 se aprobo el Presupuesto Institucional de la Municipalidad de Brena para el ano fiscal 2005; Que, con Resolucion de Alcaldia Nº 010-2005-DA/ MDB de fecha 7 de enero de 2005 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Brena para el ejercicio fiscal 2005; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 068-2005DA/MDB de fecha 10 de febrero de 2005 se designo al Comite Especial encargado de conducir el MORDAZA de seleccion para la contratacion de los siguientes servicios: Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos y Barrido de Calles del distrito de Brena, correspondiente a los anos 2005 - 2006; Que, mediante Resolucion de Gerencia Municipal Nº 024-2005-GM/MDB de fecha 14 de febrero de 2005 se aprobo el expediente para la contratacion del Servicio de Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos y el Servicio de Barrido de Calles del distrito de Brena de conformidad con el articulo 38º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, con Resolucion de Gerencia Municipal Nº 0262005-GM/MDB de fecha 15 de febrero de 2005 se aprobaron las bases y la convocatoria del Concurso Publico Nº 0005-2005-CE/MDB para la contratacion del Servicio de Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos y el Servicio de Barrido de Calles del distrito de Brena; Que, los participantes del mencionado MORDAZA de seleccion no formularon consultas ni observaciones a las bases, quedando integradas las Bases como reglas definitivas del MORDAZA el dia 8 de marzo de 2005; Que, el dia 15 de marzo de 2005 se llevo a cabo el acto publico de MORDAZA de propuestas, habiendose presentado para el Item Nº 1 Servicio de Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos un (1) solo postor y para el Item Nº 2 Servicio de Barrido de Calles dos (2) postores. El Comite Especial descalifico

en el Item Nº 2 la propuesta tecnica presentada por la empresa Senor de Chacos SRL. por no haber incluido los SOAT de los vehiculos segun exigencia de las bases; Que, el dia 18 de marzo de 2005 en acto publico de otorgamiento de la Buena Pro, el Comite Especial descalifico en el Item Nº 1 la propuesta tecnica presentada por el postor Empresa Senor de Chacos SRL. por no haber presentado MORDAZA simple de la autorizacion vigente expedida por la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana de acuerdo a la Ordenanza Nº 295-MML y su Reglamento aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 147 como operador de Residuos Solidos y en el Item Nº 2 descalifico la propuesta tecnica presentada por el Consorcio conformado por las empresas MORDAZA Servicios S.A. y Servicios Ecologicos Diferenciados SAC. por no haber presentado las Declaraciones Juradas solicitadas en las Bases como consorcio sino solamente de la Empresa MORDAZA Servicios S.A. y ademas por que la persona que rubrica y sella cada pagina de la propuesta tecnica es distinta a la senalada en el acuerdo al compromiso formal de consorcio; Que, como consecuencia de lo senalado en el parrafo anterior, el Comite Especial declaro Desierto los Items 1 y 2 del Concurso Publico Nº 0001-2005-CE/MDB por no haber quedado valida ninguna oferta de conformidad con el articulo 32º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de acuerdo al informe emitido por la Gerencia de Administracion de Recursos se senala que los contratos complementarios suscritos para la prestacion del Servicio de Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos y el Servicio de Barrido de Calles del distrito de Brena han finalizado, por lo que es necesario asegurar la continuidad de los mismos; Que, como consecuencia de lo mencionado en los parrafos anteriores, se debe proceder a una MORDAZA Convocatoria del Concurso Publico Nº 0001-2005-CE/ MDB, que de acuerdo a los plazos senalados en las Normas de Contratacion y Adquisicion del Estado incluyendo la suscripcion de los contratos respectivos y los posibles recursos impugnativos que se puedan presentar, esto puede acarrear que el plazo de culminacion llegue hasta 60 dias calendario; Que, la paralizacion o interrupcion de los servicios mencionados afectaria directamente a los vecinos del distrito de Brena, pudiendo ocasionar un dano a la salud publica y al medio ambiente; Que, el inciso "c" del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las adquisiciones que se realicen en Situacion de Desabastecimiento Inminente declarada de conformidad con las normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que por Situacion de Desabastecimiento Inminente se considera aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el articulo 148º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico. La adquisicion o contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para tal efecto; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones

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