Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2005 (30/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 30 de marzo de 2005

Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los articulos 368º y 377º del Codigo Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias; Que, ademas, el Tribunal Fiscal mediante Resolucion Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar sanciones a los funcionarios de la Administracion Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que debera hacer efectiva el Poder Judicial a traves del MORDAZA penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Publico del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comision de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 06302

pliendose los articulos 152º y 153º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, por lo que procedio a declarar fundada la queja, debiendo la Administracion elevar el mencionado expediente de apelacion con sujecion a las normas MORDAZA mencionadas; Que, al no haber cumplido la Administracion con remitir dicho expediente en el plazo concedido, el Tribunal Fiscal mediante Resolucion Nº 05831-2-2004 de fecha 13 de agosto de 2004, dispuso se oficie al Procurador Publico del Ministerio de Economia y Finanzas para el ejercicio de las acciones legales correspondientes contra la Municipalidad Provincial de Huaura - Huacho; Que, el articulo 156º del Codigo Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de la Administracion; Que, el incumplimiento por parte de la Municipalidad Provincial de Huaura - MORDAZA a dar cumplimiento al mandato del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los articulos 368º y 377º del Codigo Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias; Que, ademas, el Tribunal Fiscal mediante Resolucion Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar sanciones a los funcionarios de la Administracion Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que debera hacer efectiva el Poder Judicial a traves del MORDAZA penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Publico del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comision de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE:

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 134-2005-EF/10
MORDAZA, 28 de marzo de 2005 Visto el Oficio Nº 234-2005-PP-EF/16 del Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA interpuso queja contra la Municipalidad Provincial de Huaura por no haber elevado la apelacion formulada contra la resolucion ficta denegatoria de la reclamacion interpuesta contra la Orden de Pago Nº 001/200-SIAT-DEF/MPHH; Que, mediante los Proveidos Nºs. 008-2-2001 y 061-22001 de fechas 12 de enero y 4 de MORDAZA de 2001, notificados el 25 de enero y 24 de MORDAZA de 2001 respectivamente, el Tribunal Fiscal solicito a la Administracion que informara sobre los hechos materia de queja en especial respecto al tramite otorgado al recurso de reclamacion formulado contra la Orden de Pago Nº 001/200-SIAT-DEF/ MPHH, asi como al de la apelacion interpuesta contra la resolucion denegatoria ficta de dicho recurso; Que, mediante el Oficio Nº 848-003-ALC/MPH-H, presentado en la Mesa de Partes del Tribunal Fiscal el 11 de agosto de 2003, la Municipalidad remitio MORDAZA certificada del Expediente Nº S-6584-2000, cumpliendo de esta forma con el requerimiento formulado por el mencionado Tribunal; Que, sin embargo, el Tribunal Fiscal considero que la Administracion no habia cumplido con elevar el expediente iniciado por la quejosa, toda vez que de la revision de la documentacion remitida por la Municipalidad, se apreciaba que solo se habia remitido MORDAZA de los actuados y que los mismos no se encontraban debidamente foliados, incum-

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables de la Municipalidad Provincial de Huaura - MORDAZA de la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 06303

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 135-2005-EF/10
MORDAZA, 28 de marzo de 2005 Visto el Oficio Nº 235-2005-PP-EF/16 del Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, la Empresa Petroleos del Peru S.A. (PETROPERU) interpuso queja contra la Municipalidad Distrital de Lurin por no haber elevado la apelacion formulada contra la resolucion ficta denegatoria de la reclamacion interpuesta contra la Resolucion de Alcaldia Nº 563-93-ALC/ML;

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