Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2005 (30/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, miercoles 30 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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correspondiente acreditando que el administrado ha cumplido con la totalidad de requisitos exigidos en el MORDAZA y demas normas vigentes. f. Los procedimientos de imposicion y/o ejecucion de sanciones no pecuniarias en tramite no se suspenderan sino hasta que los administrados hayan obtenido los documentos senalados en el Articulo Primero. Del Regimen Especial de Regularizacion de Licencias de Apertura de Establecimiento a. Excepcionalmente, los administrados cuyas licencias de apertura de establecimiento hayan vencido con anterioridad al 1º de enero del ano 2000, podran tramitar sus licencias de apertura de establecimiento con un descuento del 75% y exonerados de la MORDAZA del certificado de compatibilidad de uso, asi como de las normas que establecen prohibiciones y restricciones para la apertura de locales por razones de ubicacion y distancias contenidas en la Ordenanza Nº 137-MDMM y demas normas modificatorias y complementarias, unicamente durante el periodo previsto en el Articulo Segundo. b. Lo senalado en el parrafo anterior, no exime a los administrados del cumplimiento de las normas de zonificacion e indice de usos vigente. c. Los administrados que se acojan al Regimen Especial de Regularizacion de Licencias de Apertura de Establecimiento, tambien podran acogerse a la Amnistia establecida en la presente Ordenanza. d. No podran acogerse al presente Beneficio los locales que hayan sido objeto de denuncias vecinales o de fiscalizacion municipal por infracciones contra la tranquilidad, seguridad u orden publico, que favorezcan la prostitucion, emitan ruidos molestos o expendan o favorezcan el consumo de licor en contravencion a las normas vigentes. Articulo Cuarto.- DESISTIMIENTO Los administrados que mantengan recursos administrativos pendientes de pronunciamiento de parte de esta Administracion o hayan iniciado procedimientos contenciosos o no contenciosos ante otras instancias administrativas o judiciales por las sanciones y/o notificaciones impuestas y que deseen acogerse a la Amnistia y/o el Regimen establecido mediante la presente Ordenanza, deberan presentar MORDAZA fedateada del escrito de desistimiento de la impugnacion o de los procedimientos formulados y de su pretension. Articulo Quinto.- FACULTADES DEL MORDAZA Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicacion y/o ampliacion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 06288

Conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N º 27972, establece que las Municipalidades son Organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 46º de la Ley Organica de Municipalidades, las normas municipales tienen caracter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes; asimismo, establece que las ordenanzas determinan el regimen de sanciones administrativas por la infraccion de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multa en funcion a la gravedad de las mismas. Que, de conformidad con lo previsto en el articulo 73º y siguientes de la misma Ley, las municipalidades distritales mantienen las competencias y funciones en materia de desarrollo MORDAZA y vivienda, promocion del desarrollo economico social, industria, comercio y turismo, poblacion y salud, saneamiento ambiental, transporte, seguridad ciudadana, y la potestad sancionadora de las Municipalidades se encuentra reconocida por la MORDAZA precitada y se regula supletoriamente por lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444. De conformidad con las atribuciones conferidas por el articulo 9º inciso 8) y el articulo 20º inciso 5) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA mayoritario de los senores regidores, con la dispensa del dictamen de la comision correspondiente, y dispensa del tramite de aprobacion del Acta se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGIMEN DE APLICACION DE SANCIONES (RAS), EL CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES Y FORMATO DE RESOLUCION DE SANCION Articulo Unico.- Aprobar el Regimen de Aplicacion de Sanciones; el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones y el Formato de Resolucion de Sancion, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza, aplicables en el ambito de la jurisdiccion de la Municipalidad Distrital del MORDAZA cuyo texto es el siguiente: REGIMEN DE APLICACION DE SANCIONES TITULO PRELIMINAR Articulo I.- POTESTAD SANCIONADORA DE LAS MUNICIPALIDADES. La capacidad sancionadora de las municipalidades se encuentra reconocida por La Ley Organica de Municipalidades. La potestad sancionadora implica la tipificacion de las conductas constitutivas de infraccion y las respectivas sanciones, ante el incumplimiento de las disposiciones municipales; adecuados a lo descrito en la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo II.- PRINCIPIOS DE LA POTESTAD SANCIONADORA Y DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR MUNICIPAL. La Potestad Sancionadora y el Procedimiento Administrativo Sancionador Municipal se rigen por los principios establecidos en el Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 y aquellos establecidos en el articulo 230º del mismo cuerpo legal. Articulo 1: OBJETO Y AMBITO DE APLICACION. El presente Regimen de Aplicacion de Sanciones, establece normas y procedimientos para la aplicacion de sanciones a los infractores MORDAZA residentes o no, de las normas administrativas de competencia municipal en el ambito de la jurisdiccion del distrito del Rimac. Las infracciones y sanciones tributarias, las referidas al transporte MORDAZA de pasajeros y las del Reglamento Nacional de MORDAZA, se rigen por su propia normativa. Articulo 2: ORGANO COMPETENTE El Departamento de Control de Normas Municipales como suborgano de la Direccion de Rentas y Desarrollo Economico es competente para realizar el MORDAZA de aplicacion del presente Regimen, siendo responsable de cautelar el cumplimento de las normas y disposiciones municipales con la realizacion de operativos a fin de investigar,

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Aprueban Regimen de Aplicacion de Sanciones, Cuadro Unico de Infracciones y Formato de Resolucion de Sancion
ORDENANZA Nº 106 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito del MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de fecha 28.02.05, aprobo por mayoria el Regimen de Aplicacion de Sanciones - RAS, el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones y Resolucion de Sancion, y;

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