Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2005 (30/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, miercoles 30 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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del Estado, establece que las Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el articulo 19º debera ser aprobada mediante Acuerdo del Concejo Municipal en caso de los Gobiernos Locales; Que, las acciones que se encuentran descritas en los referidos documentos de Vistos, originan una Situacion de Desabastecimiento Inminente conforme con lo establecido en el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 141º de su Reglamento por lo que resulta necesario declararla como tal con la finalidad de asegurar la continuidad del Servicio de Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos y el Servicio de Barrido de Calles del distrito de Brena por un plazo de 60 dias calendario o hasta la culminacion del MORDAZA de seleccion correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del articulo 19º y los articulos 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, inciso 35) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y demas normas pertinentes; luego del debate correspondiente, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por unanimidad; ACUERDO: Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente los siguientes servicios: Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos y el Barrido de Calles del distrito de Brena, hasta un plazo MORDAZA de 60 dias calendario. Articulo Segundo.- Precisar que el plazo establecido en el articulo precedente culminara automaticamente si, MORDAZA de vencido el mismo, se suscriben los contratos correspondientes, como consecuencia de la culminacion del MORDAZA de seleccion respectivo. Articulo Tercero.- Designar a la Unidad de Logistica como organo responsable de llevar a cabo el MORDAZA de exoneracion de conformidad con el articulo 148º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senalado en el articulo primero y de acuerdo al siguiente monto maximo: - Servicio de Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos S/. 270,000.00 Nuevos Soles incluido IGV - Servicio de Barrido de Calles S/. 240,000.00 Nuevos Soles incluido IGV Con cargo a las MORDAZA de Financiamiento: 08. Otros Impuestos Municipales y 09 Recursos Directamente Recaudados. Articulo Cuarto.- Poner el presente Acuerdo y los informes que la sustenta en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de conformidad con el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su publicacion. Articulo Quinto.- Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su adopcion y disponer la publicacion en el SEACE - CONSUCODE de conformidad con el articulo 147º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Sexto.- Disponer que el Organo de Control Interno inicie las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas de los funcionarios o servidores publicos involucrados que originaron la Situacion de Desabastecimiento Inminente de los siguientes servicios: Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos y el Barrido de Calles del distrito de Brena. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06268

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Aprueban Reglamento del Registro de Organizaciones Sociales del Distrito
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, mediante Oficio N° 029-2005-SG/MDC, recibido el 28 de marzo de 2005)

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 053-2004-A/MDC
Carabayllo, 22 de MORDAZA de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE CARABAYLLO EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA VISTOS: En Sesion Ordinaria de Concejo el Proyecto de Ordenanza sobre la creacion del Registro de Organizaciones Sociales (R.O.S.) del distrito de Carabayllo; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con la finalidad de tener una participacion vecinal coherente con las necesidades de nuestros pueblos; Que, la Municipalidad de Carabayllo viene reconociendo a las Organizaciones Sociales del distrito, siendo necesario reglamentar dichos procedimientos; Estando a lo acordado, con el MORDAZA en MAYORIA del Pleno del Concejo y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 9º, numeral 8) de la Ley Organica de Municipalidades y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Actas; se ha dado la siguiente: REGLAMENTO DEL REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES (R.O.S.) DEL DISTRITO DE CARABAYLLO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I BASE LEGAL, OBJETIVO, FINALIDAD Y ALCANCES Articulo 1º.- El presente Reglamento crea y MORDAZA el Registro de las Organizaciones Sociales del distrito de Carabayllo conforme al MORDAZA legal vigente, que a continuacion se detalla: - Constitucion Politica del Estado. - Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos, Ley Nº 26300 y su modificatoria - Ley Nº 26592. - Ordenanza Nº 191-98-MML, que crea el Registro Unico de Organizaciones Sociales para la Participacion Vecinal en MORDAZA Metropolitana. - Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444. - Decreto Supremo Nº 021-2002-JUS. Articulo 2º.- La presente Ordenanza se fundamenta en el derecho de participacion y asociacion de los vecinos en los terminos que la ley lo senala. Articulo 3º.- La aplicacion de la presente Ordenanza, alcanza a todas las Organizaciones Sociales dentro del distrito de Carabayllo. Articulo 4º.- La presente MORDAZA tiene como objetivo fortalecer y formalizar las organizaciones sociales, inscribiendolas en un solo registro municipal, asi como su participacion en la Planificacion del Desarrollo Distrital.

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