Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2005 (30/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, miercoles 30 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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b) Asistente Administrativo de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales. c) Coordinador de Local de votacion. Articulo Segundo.- Poner la presente Resolucion Jefatural en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHU MORDAZA Jefa Nacional Oficina Nacional de Procesos Electorales 06319

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Aprueban solicitud para reinscribir libros de nacimiento, matrimonio y defuncion en la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Huacchis
RESOLUCION JEFATURAL Nº 362-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 15 de marzo de 2005 VISTO: el Informe Nº 162-2005-GO-SGREC/RENIEC de fecha 24 de enero del 2005 y el Informe Nº 120-2005GAJ/RENIEC de fecha 2 de febrero del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Huacchis, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Huacchis, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado, confirmandose la inexistencia de Libros Registrales de Nacimiento de los anos 1956 a 1966, 1970 a 1974, 1978 a 1979, 1981, 1983 y 1984 al 10 de enero de 1985, Matrimonio de los anos 1969 al 10 de enero de 1985 y Defuncion de los anos 1969 al 10 de enero de 1985; Que, asimismo se tiene que los documentos anexos al expediente de autorizacion de reinscripcion solicitado por la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Huacchis, no sustentan la perdida o extravio de Libros Registrales posteriores al atentado subversivo del 10 de enero de 1985, por lo cual no resulta posible que MORDAZA considerados en la presente autorizacion, la seccion de Nacimiento de los anos 1985 (11 de enero al 31 de diciembre), 1990, 1991 y 1992, Matrimonio de los anos 1985 (11 de enero al 31 de diciembre), 1990, 1991, 1992 y 1993, Defuncion de los anos 1985 (11 de enero al 31 de diciembre), 1987, 1988, 1989, 1990, 1991, 1992 y 1998; Que, la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distri-

tal de Huacchis, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, para la Reinscripcion de Libros Registrales de Nacimiento de los anos 1956 a 1966, 1970 a 1974, 1978 a 1979, 1981, 1983 y 1984 al 10 de enero de 1985, Matrimonio de los anos 1969 al 10 de enero de 1985 y Defuncion de los anos 1969 al 10 de enero de 1985, en dicha Oficina Registral, por los considerandos anteriormente expuestos. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Huacchis, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, para que proceda a la apertura del Registro de Libro de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3º.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion - Ley Nº 26242 - 26497", en la parte superior central del acta, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, debera proveer los libros requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Articulo 4º.- En cuanto a las Actas de faltantes, deterioradas y mutiladas, a que se refiere el tercer considerando de la presente Resolucion, debera tenerse en cuenta lo previsto en la Directiva DI-006-GO/001, que establece el procedimiento de Reconstitucion y Regularizacion de Inscripciones en los Registros de Estado Civil, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 170-2004-JEF/RENIEC de fecha 6 de MORDAZA del 2004. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06328

Autorizan a procurador interponer acciones legales a presuntos responsables de delitos contra la familia y la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 371-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 15 de marzo de 2005 VISTOS: el Oficio Nº 525-2005/GO/RENIEC, el Informe Nº 399-2005-GO-SGREC/RENIEC y el Informe Nº 2272005-GAJ/RENIEC de fecha 25 de febrero del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, organo encargado de planear, organizar y supervisar las acciones de gestion y control de calidad en materia de identificacion y estado civil, en su permanente labor de fiscalizacion, ha detectado que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se identifico con Libreta Electoral Nº 07341230, en el que consta como de estado civil soltera, en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones y dada la simplificacion administrativa para el procedimiento registral, con fecha 26 de MORDAZA del 2001 asento el nacimiento de una menor, hecho MORDAZA ocurrido el 18 de setiembre del 2000, en el Jr. Huascaran Nº 374, distrito de La MORDAZA, tramite que genero el Acta Nº 61803358 del Libro de Nacimientos del ano 2001 de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, tratandose de una inscripcion extemporanea de nacimiento, al MORDAZA de la Ley Nº 26497, registrada como hija de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MERA, por declaracion de la MORDAZA de la titular, constando en el rubro del padre del Acta citada, anotacion fallecido; Que, con fecha 4 de octubre del 2000, en el Acta Nº 00497744 del Libro de Defunciones del ano 2000, de la Oficina de Registro Civil que funciona en la Municipalidad

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