Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2005 (30/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 30 de marzo de 2005

Aprueban Plan de Accion y Presupuesto Municipal Participativo del Ejercicio Fiscal 2005 y el Presupuesto Institucional de Apertura
ACUERDO DE CONCEJO Nº 056 San MORDAZA de Lurigancho, 14 de diciembre de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: El Concejo Municipal de San MORDAZA de Lurigancho en Sesion Ordinaria de fecha 14 de diciembre de 2004, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 9º, numerales 1 y 16, de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, la Ordenanza Nº 036/MDSJL - Directiva para la Programacion, Formulacion y Aprobacion Participativa del Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho para el Ano Fiscal 2005 y el Instructivo Nº 001-2004-EF/76.01 - Programacion Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2005, con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno del Concejo, las ABSTENCIONES DE LOS SENORES REGIDORES: MORDAZA NERIO MORDAZA MORDAZA, ROMER MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA SURICHAQUI, MORDAZA NEPTALI MORDAZA MORDAZA y MORDAZA ESTRAVER TORRES; y, con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR el Plan de Accion y el Presupuesto Municipal Participativo del Ejercicio Fiscal 2005 de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, el mismo que consigna un Presupuesto de Ingresos y Egresos ascendente a la suma de SESENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 64'517,188) y que forma parte integrante del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- DESTINAR los recursos del FONCOMUN para el ejercicio fiscal 2005, de la siguiente manera: Diez por Ciento (10%) para Pensiones, del Saldo el Cuarenta y Cinco por Ciento (45%) para Gastos Corrientes, el Cuarenta por Ciento (40%) para Gastos de Capital y el Quince por Ciento (15%) para el Servicio de la Deuda. Articulo Tercero.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho para el Ejercicio Fiscal 2005, de acuerdo a los montos siguientes: INGRESOS MORDAZA de Financiamiento 01 03 07 08 09 17 Canon y Sobrecanon Participacion en Rentas de Aduanas FONCOMUN Otros Impuestos Municipales Recursos Directamente Recaudados Recursos Ordinarios TOTAL INGRESOS GASTOS Categoria de Gastos Gastos Corrientes Gastos de Capital Servicio de la Deuda TOTAL GASTOS (En Nuevos Soles) 48'874,852 12'302,258 3'340,078c -------------------S/. 64'517,188 ============ (En Nuevos Soles) 679,381 8,790 25'088,905 8'950,795 15'799,653 13'989,664 -------------------S/. 64'517,188 ============

y a la Gerencia de Planificacion del Desarrollo a traves de la Jefatura de Planificacion y Presupuesto, el cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04926

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de estudio juridico para ejecutar programa de cobranza y recupero de deudas por via coactiva
ACUERDO DE CONCEJO Nº 018-2005
San MORDAZA de Porres, 23 de febrero de 2005 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES. VISTO: El Expediente Nº 8471-2005 del Estudio MORDAZA MORDAZA & Abogados SCRL; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, descentralizados, con Personeria Juridica de Derecho Publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, concordante con el Articulo I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece los casos en que las adquisiciones y contrataciones realizadas por una Entidad estan exoneradas de los procesos de seleccion; Que, el Articulo 20º del acotado Decreto Supremo establece que, todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del Articulo 19º, se aprobaran mediante Acuerdo del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales. La facultad de aprobar exoneraciones es indelegable. Los Acuerdos que aprueban la exoneracion requieren obligatoriamente de un informe tecnico-legal de la adquisicion y contemplara criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del Articulo 19º de la Ley. Esta prohibida la aprobacion de exoneraciones en via de regularizacion a excepcion de la causal de situacion de emergencia. MORDAZA de dichas Resoluciones o Acuerdos y el informe que los sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el Articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artisticos, cientificos o tecnologicos; procede la exoneracion por servicios personalisimos para contratar con personas naturales o juridicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores;

Articulo Cuarto.- ELEVAR a la Municipalidad Provincial de MORDAZA el instrumento referido en el articulo precedente. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal

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