Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2006 (06/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano jueves 6 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

323039

Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 11785

de la firma del contrato de prestamo respectivo. La operacion de endeudamiento externo devengara una tasa de interes basada en la LIBOR a tres (3) meses, mas un margen a ser determinado por el BID de acuerdo con su politica sobre tasas de interes. El referido endeudamiento externo estara sujeto a una comision de credito respecto de los saldos no desembolsados del prestamo de 0,25% anual, pudiendo ser modificada semestralmente por el BID sin que exceda el 0,75% anual. Durante el periodo de desembolsos no habra comision de inspeccion y vigilancia, salvo que el BID la restituya, en cuyo caso no podra cobrarse en un semestre determinado mas de 1% del monto de financiamiento dividido por el numero de semestres comprendidos en el plazo original de desembolsos. Articulo 2º.- Unidad Ejecutora La Presidencia del Consejo de Ministros sera la Unidad Ejecutora del "Programa de Ciencia y Tecnologia". Articulo 3º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de prestamo de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1º de esta MORDAZA legal; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 4º.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la presente operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el articulo 1º de la presente MORDAZA legal, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a las previsiones presupuestales para el servicio de la deuda publica. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 11786

Aprueban Operacion de Endeudamiento Externo con el BID
DECRETO SUPREMO Nº 101-2006-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 7.1º de la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar o garantizar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 908 000 000,00 (NOVECIENTOS OCHO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de US$ 25 000 000,00 (VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a financiar el "Programa de Ciencia y Tecnologia"; Que, tal endeudamiento se efectuara con cargo al SubPrograma "Sectores Economicos y Sociales" referido en el literal a) del articulo 7.1º de la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006; Que, la indicada operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, y la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, en lo que respecta a disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional requerida por la presente operacion de endeudamiento externo, se cuenta con la opinion favorable de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, y por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion Apruebase la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo -BID-, hasta por la suma de US$ 25 000 000,00 (VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a financiar el "Programa de Ciencia y Tecnologia". La cancelacion de dicha operacion de endeudamiento externo se efectuara mediante treinta y cinco (35) cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, venciendo la primera cuota a los noventa (90) meses contados a partir

Ratifican acuerdo de PROINVERSION que dispuso excluir a la empresa Motores Diesel MORDAZA S.A. del MORDAZA de promocion de la inversion privada regulado por D. Leg. Nº 674
RESOLUCION SUPREMA Nº 042-2006-EF
MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 358-95-PCM de fecha 9 de noviembre de 1995 se incluyo a la empresa Motores Diesel MORDAZA S.A. - MODASA en el MORDAZA de promocion de la inversion privada regulado por el Decreto Legislativo Nº 674; Que, la Comision de Promocion de la Inversion Privada COPRI mediante acuerdo de fecha 11 de noviembre de 1996 aprobo suspender el MORDAZA de promocion de la inversion privada de la empresa MODASA hasta que esta se encuentre finalmente operativa en Lima; Que, el Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION en atencion a la solicitud presentada por el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE, mediante acuerdo de fecha 8 de junio de 2006, aprobo excluir a la empresa Motores Diesel MORDAZA S.A. -

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