Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2006 (06/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano jueves 6 de MORDAZA de 2006

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NORMAS LEGALES

323081

Aprueban "Directiva para la Formulacion de Documentos Tecnicos Normativos de Gestion Institucional"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 603-2006/MINSA
MORDAZA, 28 de junio de 2006 Visto el Memorandum Nº 0476-2006-OGPP-OO/MINSA de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, en el Capitulo I y II del Titulo III del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, se establecen las normas y disposiciones en materia de organizacion para las Direcciones de Salud, Institutos Especializados y Direcciones Regionales de Salud; Que, en el MORDAZA parrafo del articulo 74º del precitado Decreto Supremo, dispone que los documentos tecnicos normativos de las Direcciones Regionales de Salud y de sus Organos Desconcentrados a nivel nacional, MORDAZA de su aprobacion administrativa, deben contar con la opinion tecnica del Ministerio de Salud; Que, el articulo 7º del Reglamento de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud aprobado con Decreto Supremo Nº 0132002-SA, referido al Manual General de Procesos del Ministerio de Salud, de sus Organismos Publicos Descentralizados y Organos Desconcentrados, se establecio que para desarrollar y complementar dicho documento de gestion se deberia elaborar un Manual de Procesos y Procedimientos; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 371-2003-SA/ DM, se aprobo la Directiva Nº 007-MINSA/OGPP - V.01 "Directiva para la Formulacion de Documentos Tecnicos Normativos de Gestion Institucional"; Que, dentro de este contexto, es necesario ampliar y actualizar las normas, criterios y procedimientos para elaborar los documentos normativos de gestion institucional, en el MORDAZA del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0232005-SA; Con las visaciones del Despacho Viceministerial, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal (l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud y su Reglamento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 007-MINSA/OGPPV.02: "Directiva para la Formulacion de Documentos Tecnicos Normativos de Gestion Institucional" que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 371-2003-SA/DM, de fecha 4 de MORDAZA del 2003. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 11649

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 527-2006-MTC/02
MORDAZA, 28 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en

concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicado el 7 de MORDAZA de 2006, modifica el MORDAZA parrafo del articulo 1º de la Ley MORDAZA citada, senalando que "la autorizacion de viajes al exterior de los ministros, de los servidores y funcionarios de los ministerios, de los Organismos Publicos Descentralizados, de los Agregados Militares, Aereos, Navales y Policiales, asi como de las empresas sujetas al ambito de FONAFE, que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados para el Ejercicio del ano 2006 se efectuara por Resolucion Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Sector correspondiente; exceptuandose aquellos viajes que realizan los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, asi como la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Oficina Central Nacional ­ INTERPOL de la Policia Nacional del Peru del Ministerio del Interior y los destinados al desarrollo de funciones en el MORDAZA de las negociaciones orientadas a la suscripcion de los Tratados de Libre Comercio, a efectuar acciones de promocion y/o negociacion economica comercial de importancia para el Peru; los que se autorizaran mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, MORDAZA del inicio de la comision de servicios"; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, debe efectuar la supervision permanente de las operaciones aereas de los explotadores aereos bajo su control, a fin de garantizar que se mantienen las normas requeridas en las operaciones para ofrecer al publico un servicio de transporte aereo comercial seguro y fiable; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los inspectores debidamente identificados a que se refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aereas, se verifica, entre otras formas, a traves de inspecciones tecnicas a las estaciones de los explotadores aereos ubicadas en el extranjero; Que, segun Informe Nº 0354-2006-MTC/12, presentado el 26 de MORDAZA de 2006, se senala que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 0999-2006MTC/12.04-SDO designando al Inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para realizar las inspecciones tecnicas de las estaciones de las empresas Lan Peru S.A. y Taca Peru S.A., en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica de MORDAZA, como parte del programa de vigilancia de las operaciones aereas internacionales, durante los dias 10 al 13 de MORDAZA de 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar las inspecciones tecnicas a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 0999-2006-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 006-2006; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y

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