Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2006 (06/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano jueves 6 de MORDAZA de 2006

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NORMAS LEGALES

323065

b) Expresion de finalidad reparadora de la accion Por el cual solo se consideraran como acciones de esta naturaleza a aquellas que de manera expresa se les MORDAZA asignado dicho caracter MORDAZA de su ejecucion por estar inscritas dentro de los MORDAZA del PIR y MORDAZA asi comunicadas a los beneficiarios de las mismas. c) Equidad y proporcionalidad Para la determinacion y asignacion de las reparaciones de todo programa a favor de las victimas y beneficiarios, se procedera a tratar de manera igual y proporcional a quienes se encuentren en la misma situacion y de manera diferenciada a los que esten en una situacion adversa. d) No discriminacion Para la determinacion y asignacion de las reparaciones de todo programa a favor de las victimas y beneficiarios se procedera sin ninguna distincion, exclusion, restriccion o preferencia, de cualquier naturaleza, que tenga por objeto o como resultado anular o menoscabar el reconocimiento, asignacion y goce de las reparaciones en condiciones de igualdad. Articulo 7º.- Enfoques La accion del Estado a traves de las entidades bajo el ambito de la Ley y del presente Reglamento y de las instituciones del sector publico, organismos y funcionarios encargados de la implementacion del PIR, deberan tomar en cuenta, al ejecutar y realizar las acciones de todos los programas que impulsa el Estado, los siguientes enfoques: a) Integralidad Implica tener en cuenta las diversas dimensiones y factores que inciden sobre las acciones de reparacion y la forma en la que estas se relacionan e interactuan entre si, a fin de lograr el mayor efecto positivo posible en cada intervencion. b) Sostenibilidad Implica tener en cuenta la permanencia en el tiempo de los efectos de la accion reparadora, evitando los efectos negativos y potenciando los positivos. c) Intergeneracional Implica tener en cuenta la pervivencia, de una generacion a otra, de las secuelas del MORDAZA de violencia, con miras a considerar en las acciones de reparacion las dirigidas expresamente a evitar su transvase intergeneracional. d) Psicosocial Implica que las medidas que se tomen en los diferentes planes MORDAZA concebidas en forma contextualizada, teniendo en cuenta las causas de la violencia, la empatia necesaria con la poblacion afectada y la orientacion hacia la reconstruccion de sus proyectos de vida. e) Participativo Implica el reconocimiento del derecho y la participacion de la poblacion en la toma de decisiones y definiciones de sus propios procesos de construccion y reconstruccion social, cultural, economica y material mediante un MORDAZA de dialogo y consulta que presupone incorporar y desarrollar las sugerencias de la poblacion involucrada. f) Intercultural Implica reconocer las diferencias etnicas y culturales de la poblacion peruana y, por lo tanto, su diversidad, asi como el impacto diferenciado que han tenido las acciones de violencia sobre las diversas comunidades etnolinguisticas que integran la poblacion nacional. El enfoque intercultural busca respetar las diferencias existentes en el MORDAZA y trabajar con ellas desde una perspectiva de dialogo entre sujetos distintos adecuando las acciones a las particularidades de cada poblacion y persona beneficiaria de las mismas. g) Equidad de genero e igualdad de oportunidades Implica reconocer las situaciones de desventaja y diferencia que existen entre hombres y mujeres al acceder a recursos y tomar decisiones, por lo que estimula la creacion de condiciones especiales para facilitar la participacion y presencia de las mujeres en la toma de las mismas. Ademas, busca generar conciencia entre los distintos miembros de

la colectividad sobre las diferencias e inequidades estructurales de genero existentes en el interior de esta. h) Simbolico Implica que toda medida de reparacion debe expresar el reconocimiento de la dignidad y derechos de las victimas, y que todos los actos de reparacion deben estar orientados a reconocer la forma en la que las victimas fueron afectadas durante el MORDAZA de violencia, y afirmar la condicion de ciudadanos / as de quienes sufrieron la violacion de sus derechos fundamentales. i) Derechos Humanos Implica que las medidas se adopten buscando efectivizar los derechos fundamentales de las personas, a la luz de las normas nacionales e internacionales suscritas y ratificadas por el Estado peruano. j) Descentralizado Implica que en las acciones, planeamiento y ejecucion del PIR se consideraran los procesos regionales y locales en materia de reparacion, otorgandose a los programas de reparacion una aplicacion territorial. Articulo 8º.- Criterios La accion del Estado a traves de las entidades bajo el ambito de la Ley y del presente Reglamento y de las instituciones del sector publico, organismos y funcionarios encargados de la implementacion del PIR, deberan tomar en cuenta, al ejecutar y realizar las acciones de todos los programas que el impulsa el Estado, aquellos valores, conceptos y procedimientos que orientan la administracion y gestion de los programas y actos de reparacion, conforme a los siguientes criterios: a) Celeridad Implica que para lograr la implementacion de los programas y acciones de reparacion, se actuara de manera eficiente y eficaz, mediante un cronograma que garantice el logro de los objetivos del PIR y la atencion de los beneficiarios del PIR en el menor tiempo posible, en estricto cumplimiento de los plazos fijados en las normas administrativas vigentes. b) Subsanacion Implica que la reparacion es la restitucion de las condiciones preexistentes a la violacion de los derechos, siempre y cuando estas, en si mismas, no obstaculicen o impidan su ejercicio. c) Presuncion de condicion de victima En aquellos casos en los que existan indicios razonables que indiquen que una persona es victima, ello sera suficiente para presumir que lo es. e) Prioridad Seran beneficiarios prioritarios victimas adultos mayores, mujeres y personas con discapacidad. En el caso de victimas colectivas, seran prioritarias las zonas rurales en situacion de pobreza y altamente afectadas por el MORDAZA de violencia. TITULO III PLAN INTEGRAL DE REPARACIONES - PIR CAPITULO I FINALIDAD, OBJETIVOS Y FUNCIONES Articulo 9º - Finalidad El PIR tiene como finalidad reparar a las victimas del MORDAZA de violencia consideradas como tales en la Ley, con el objeto de contribuir a afirmar la paz y la MORDAZA entre los peruanos, propender a la reconciliacion nacional. Articulo 10º.- Objetivos Constituyen objetivos del Plan Integral de Reparaciones - PIR, los siguientes: a) Reconocer y acreditar la calidad de victimas a quienes sufrieron la violacion de sus derechos humanos durante el MORDAZA de violencia. b) Implementar acciones para la restitucion y ejercicio pleno de los derechos ciudadanos de las victimas del MORDAZA de violencia.

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