Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2006 (06/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 6 de MORDAZA de 2006

de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 11725

UNIVERSIDADES
Declaran en situacion de desabastecimiento inminente el servicio de comedor universitario de la Universidad Nacional de Ucayali
UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI
RESOLUCION Nº 271-2006-R-UNU Pucallpa, 16 de junio del 2006 Vistos, la Hoja de Tramite Nº 3025-06-R-UNU, el Informe Nº 363/2006-OAL-UNU, sobre situacion del Comedor Universitario. CONSIDERANDO: Que, habiendose resuelto el contrato de servicio del Comedor Universitario y existiendo el concurso publico Nº 0022006-CE-UNU "Comedor Universitario", en el que uno de los postores ha observado las bases del concurso publico, es que se esta retardando dicho concurso, por lo que existiria el peligro de quedar desabastecido el servicio del comedor universitario al no poder cumplir con las raciones establecidas, y existiendo el Oficio Nº 261/2006-DGByAE-UNU de fecha 13 de junio del 2006 mediante el cual la Directora de la Direccion General de Bienestar y Asuntos Estudiantiles, solicita que se declare el desabastecimiento inminente el servicio del Comedor Universitario por motivos que habiendose retirado el concesionario, no se cuenta con la atencion completa el servicio de alimentacion y ante la imposibilidad de cumplir con el servicio de raciones establecidas en el Plan Operativo Institucional, lo que ha generado un descontento de parte de los estudiantes, por lo que ante dicha situacion, solicita que se declare el desabastecimiento con la finalidad de regularizar el servicio del comedor universitario con las raciones establecidas; en consecuencia, resulta imprescindible contar con el servicio del Comedor Universitario; asi como garantizar la tranquilidad de los estudiantes; Que, ante el informe sobre la situacion del Comedor Universitario, y existiendo la Convocatoria del Concurso Publico Nº 002-2006-CE-UNU "Comedor Universitario", el mismo que se esta desarrollando de acuerdo a los terminos establecidos en el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y siendo el proposito de seguir contando con el servicio del comedor por la latencia de la urgente necesidad, es procedente declarar el mismo en situacion de desabastecimiento inminente hasta que se lleve a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, para realizar en desabastecimiento inminente un MORDAZA, debe tomarse en cuenta lo dispuesto en el inciso c) del articulo 19º del D. Supremo Nº 083-2004-PCM, el mismo que establece que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley. En ese sentido el Art. 20º del Decreto Supremo MORDAZA mencionado, precisa que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del articulo 19º, se aprobaran mediante resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, siendo que estas resoluciones requieren obligatoriamente del informe tecnico legal previo y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano; senala tambien, que las resoluciones y el informe que los sustentan, deben remitirle a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del titular del pliego, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 141º senala que la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y

urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiendose invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos como en via de regularizacion, por periodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situacion y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion al MORDAZA de seleccion, tal como es el presente caso; Que, estando a las consideraciones expuestas, al Informe Tecnico Nº 003/2006-CE-UNU, del Presidente del Comite Especial del MORDAZA de Licitacion del Comedor Universitario y al Informe Nº 363/2006-OAL-UNU, de la Oficina de Asesoria Legal, debe declararse en situacion de desabastecimiento inminente el servicio del Comedor Universitario en la Universidad Nacional de Ucayali, procediendose a la inmediata adquisicion del servicio mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia; Estando conforme a las atribuciones del senor Rector que le confiere la Resolucion 009-2003-CET-UNU, de fecha 25 de MORDAZA del 2003, la Resolucion Nº 002/03-AU-UNU del 28 de MORDAZA del 2003, el Art. 33º Inc. b) de la Ley Universitaria Nº23733, el Art. 122 inc.b), el Art. 232º y 235º del Estatuto de la Universidad; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR en situacion de desabastecimiento inminente el Servicio del Comedor Universitario de la Universidad Nacional de Ucayali, procediendose a la inmediata adquisicion del servicio mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia. Articulo 2º.- DISPONER que la Oficina de Abastecimiento proceda a la adquisicion del servicio del Comedor Universitario de conformidad con lo dispuesto en el Art. 148º del D.S Nº 084-2004-PCM, hasta por noventa (90) dias, que sera suficiente para que el MORDAZA de seleccion en mencion quede firme. Articulo 3º.- DISPONER que las oficinas pertinentes den cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 147º del D.S Nº 084-2004-PCM. Articulo 4º.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro del termino de diez (10) dias habiles a la fecha de su aprobacion, asi como la remision de esta, dentro del mismo plazo, a la Contraloria General de la Republica, al CONSUCODE, adjuntado el informe tecnico y el informe legal. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA G. LLUNCOR MORDAZA Rector 11730

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACION
FE DE ERRATAS RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 054-CND-P-2006 Mediante Oficio Nº 159-2006-CND/P el Consejo Nacional de Descentralizacion solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Presidencial Nº 054-CND-P-2006, publicada en la edicion del 25 de junio de 2006. 1. En el articulo 1º de la Resolucion: DICE: "Articulo 1º.- Objeto de la MORDAZA Aprobar la Directiva Nº 002-CND-P-2006 "Normas y procedimientos ..." DEBE DECIR: "Articulo 1º.- Objeto de la MORDAZA Aprobar la Directiva Nº 003-CND-P-2006 "Normas y procedimientos ..."

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