Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2007 (12/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 12 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

351391

Accesitario elegido, durante el tiempo senalado en el Art. 7 del presente Reglamento.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- El Gobierno Regional abre el Libro de Registro al que se refiere el articulo 8º dentro de los 10 dias siguientes a la aprobacion de la presente Ordenanza por el Gobierno Regional. El Presidente Regional, bajo responsabilidad, convoca mediante Resolucion Ejecutiva Regional, a eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Regional para el periodo 2009-2010, dentro del plazo MORDAZA de 10 dias habiles con posterioridad a la publicacion de las organizaciones inscritas en el Libro de Registro Regional. La eleccion se realizara no MORDAZA de 40 ni despues de 60 dias calendario de la convocatoria. Segunda.- Para el presente MORDAZA electoral de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Regional, los recursos de impugnacion o de tacha a la inscripcion de las organizaciones sociales a los que se refiere el articulo 13º seran resueltos por el Comite Electoral. Tercera.- Si cumplido el plazo previsto por el articulo 10º para la inscripcion en el Libro de Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil su numero no alcanzara a cubrir los dos tercios del numero de representantes a ser elegidos, dispuesto por el articulo 18º, se procedera a ampliar el plazo por 20 dias calendario. Si al termino del plazo senalado la situacion se mantuviere, el Consejo Regional tomara la decision que mas convenga. Si, por el contrario, el numero de organizaciones inscritas superara los dos tercios del numero de representantes a ser elegidos sin que alcance dicho numero, el Presidente Regional procedera a proclamar y a juramentar a los delegados de dichas organizaciones inscritas como miembros de pleno derecho del Consejo de Coordinacion Regional. Cuarta.- Las inscripciones estaran abiertas a partir de la convocatoria de acuerdo a lo establecido en el Art. 16 del presente reglamento. Quinta.- Las instituciones que solo existan de nombre, tienen la oportunidad de regularizar la documentacion que corresponda para que se presenten para el proximo bienio. Sexta.- Los casos no previstos en el presente Reglamento, seran resueltos por los miembros del Comite Electoral.

Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad y ejerciendo las atribuciones conferidas por el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al Secretario General de la Municipalidad Distrital de Barranco, como el funcionario responsable de entregar informacion de acceso al publico, de conformidad a lo dispuesto en el D.S. Nº 043-2003PCM, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Articulo Segundo.- DESIGNAR al Sub Gerente de la Unidad de Estadistica e Informatica como el funcionario responsable de elaborar y actualizar el MORDAZA de transparencia de la Municipalidad. Articulo Tercero.- DISPONER que todos los funcionarios de la Municipalidad sin excepcion, bajo responsabilidad, proporcionen a la Secretaria General toda la documentacion e informacion que esta requiera para el cumplimiento de lo encomendado mediante la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MEZARINA MORDAZA MORDAZA

94925-1

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Aprueban condonacion parcial, por pago, de multas administrativas provenientes de la Sub Gerencia de Desarrollo MORDAZA
ORDENANZA Nº 271-CDLO
Los MORDAZA, 7 de agosto de 2007

95448-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Designan funcionarios responsables de entregar informacion de acceso al publico y de actualizar el MORDAZA de transparencia de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 177-2007-MDB
Barranco, 3 de agosto de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el articulo 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por D. S. Nº 043-2003-PCM, las entidades estan obligadas a brindar informacion al publico, debiendo identificar al funcionario responsable del cumplimiento de dicho mandato legal; Que, siendo necesario dar estricto cumplimiento a lo dispuesto por la MORDAZA glosada precedentemente, debe designarse a los funcionarios responsables de brindar informacion de acceso al publico y de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de transparencia;

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 009-2007-MDLO/CALCDU de las Comisiones Permanentes de Asuntos Legales y de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia politica, economica y administrativa de los Gobiernos Locales, otorgandole potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley, en concordancia con la MORDAZA IV; MORDAZA de Legalidad Reserva de la Ley del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, mediante Ordenanza Nº 270-CDLO de fecha 2 de MORDAZA de 2007 se aprobo, hasta el 31 de MORDAZA del presente ano, la Condonacion del 70% por Pago al Contado de las Multas Administrativas provenientes de la Sub Gerencia de Desarrollo MORDAZA exclusivamente para viviendas unifamiliares y bifamiliares que se encuentran en cobranza coactiva, siendo que su aplicacion ha rendido los resultados esperados; Que, de conformidad con lo establecido en la Constitucion Politica del Peru, el Concejo Municipal cumple funcion normativa a traves de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley; Que, la Oficina de Ejecutoria Coactivo, a traves del Informe Nº 101-2006-MDLO/OEC expresa que se hace necesario reinstaurar el beneficio de Condonacion del 70% por Pago al Contado de las Multas Administrativas provenientes de la Sub Gerencia de Desarrollo MORDAZA exclusivamente para viviendas unifamiliares y bifamiliares que se encuentran en cobranza coactiva, en los mismos

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