Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2007 (12/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 12 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

351355

interesados en obtener la autorizacion y registro de las memorias de solo lectura que integran los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro a un examen tecnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion de los Certificados de Cumplimiento Nºs. 200611-09, 200611-11, 200611-13, 200611-15 y 200611-17 de fecha 06.11.2006, expedidos por el Laboratorio de Certificacion de la Universidad Catolica del Peru, asi como de las memorias de solo lectura, se advierte que las mismas cumplen con lo dispuesto en el articulo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, registrando los programas principales y de personalidad un porcentaje de retorno al publico no menor del 85%; Que, de acuerdo con lo establecido en el primer parrafo del articulo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR, solo podran ser materia de Autorizacion y Registro las memorias de solo lectura que contengan los programas principales y de personalidad; Que, en observancia de lo establecido en la Resolucion Directoral Nº 556-2006-MINCETUR/VMT/DNT, de fecha 10.07.2006, la solicitante presenta en una unidad de almacenamiento optico el archivo binario de las memorias de solo lectura, asi como las imagenes de los soportes fisicos y las etiquetas correspondientes en formato JPG, con resolucion de 300 dpi; De conformidad con la Ley Nº 27153 y normas modificatorias, el Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR y el Procedimiento Nº 06 del T.U.P.A. del MINCETUR aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0062005-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 028-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT/SDARYGP y Legal Nº 077-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT/ SDAR;

Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Aristocrat Technologies, Inc. (EE.UU.), veinte (20) memorias de solo lectura fabricadas por la misma empresa solicitante, segun el siguiente detalle:
Nº 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 Registro A0007309 A0007310 A0007311 A0007312 A0007313 A0007314 A0007315 A0007316 A0007317 A0007318 A0007319 A0007320 A0007321 A0007322 A0007323 A0007324 A0007325 A0007326 A0007327 A0007328 Codigo de la Memoria 0151109 U72 (U72) 0151109 U73 (U73) 0151109 U85 (U85) 0151109 U86 (U86) 0151203 U72 (U72) 0151203 U73 (U73) 0151203 U85 (U85) 0151203 U86 (U86) 0151204 U72 (U72) 0151204 U73 (U73) 0151204 U85 (U85) 0151204 U86 (U86) 0152092 U72 (U72) 0152092 U73 (U73) 0152092 U85 (U85) 0152092 U86 (U86) 0252092 U72 (U72) 0252092 U73 (U73) 0252092 U85 (U85) 0252092 U86 (U86)

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Director General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas

95416-4

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