Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2007 (14/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

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Mensaje de Datos.- Es la informacion generada, enviada, recibida, archivada o comunicada por medios electronicos, opticos o similares, como pudieran ser, entre otros, el intercambio electronico de datos (EDI por sus siglas en ingles), el correo electronico, el telegrama, el telex o el telefax, entre otros. Neutralidad Tecnologica.- MORDAZA de no discriminacion entre la informacion consignada sobre papel y la informacion comunicada o archivada electronicamente, asimismo la no discriminacion, preferencia o restriccion de ninguna de las diversas tecnicas o tecnologias que pueden utilizarse para rmar, generar, comunicar, almacenar o archivar electronicamente informacion. Niveles de Seguridad.- Son los diversos niveles de garantia que ofrecen las variedades de rmas electronicas, cuyos bene cios y riesgos deben ser evaluados por la persona, empresa o institucion que piensa optar por una modalidad de rma electronica para enviar o recibir mensajes de datos o documentos electronicos. Par de Claves.- En un sistema de criptografia asimetrica, comprende una clave privada y su correspondiente clave publica, MORDAZA asociadas matematicamente. Reconocimiento de Servicios de Certificacion Prestados en el Extranjero.- MORDAZA a traves del cual la Autoridad Administrativa Competente, acredita, equipara y reconoce o cialmente a las entidades de certi cacion extranjeras. Reglamento.- El presente Reglamento de la Ley Nº 27269 - Ley de Firmas y Certi cados Digitales, modi cada por la Ley Nº 27310. Servicio de Intermediacion Electronica.- Servicios de valor anadido complementarios de la rma digital brindado dentro o fuera de la Infraestructura O cial de Firma Electronica que permiten grabar, almacenar, conservar cualquier informacion remitida por medios electronicos que permiten certi car los datos de envio y recepcion, su fecha y hora, el no repudio en origen y de recepcion. El servicio de intermediacion electronica dentro de la Infraestructura O cial de Firma Digital es brindado por persona natural o juridica acreditada ante la Autoridad Administrativa Competente. Titular de Certificado Digital.- Persona natural o juridica a quien se le atribuye de manera exclusiva un certi cado digital. Titular de Firma Electronica.- Persona natural a quien se le vincula de manera exclusiva con un mensaje de datos rmado electronicamente utilizando su clave privada. Por excepcion, en el caso de rmas digitales generadas a traves de agentes automatizados, se considera titular de la rma digital a la persona natural o juridica titular del certi cado a partir del cual se generan dichas rmas digitales. 15539-14

Que el senor MORDAZA Giampietri MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica, ha solicitado no asumir las funciones del Despacho de la Presidencia de la Republica, por tener que atender asuntos de indole personal el dia 15 de enero de 2007; Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho de la Presidencia de la Republica a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Vicepresidenta de la Republica, en tanto dure la ausencia del senor Presidente de la Republica; De conformidad con el Articulo 115º de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la Republica a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Vicepresidenta de la Republica, a partir del dia 15 de enero de 2007 y en tanto dure la ausencia del senor Presidente de la Republica. Articulo 2°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 15581-1

Ratifican contenido de resoluciones por las que se crearon Comisiones Tecnicas encargadas del analisis y revision de normatividad vigente en materia de incautacion y decomiso de bienes muebles a favor del Estado y de la Ley N° 24973
RESOLUCION MINISTERIAL N° 418-2006-PCM MORDAZA, 22 de noviembre de 2006 Visto el O cio Nº 2398-2006-JUS/SG de la Secretaria General del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 245-2006JUS se conformo la Comision Tecnica encargada del analisis y revision de la normatividad legal y reglamentaria vigente en materia de incautacion y decomiso de bienes muebles e inmuebles a favor del Estado, con la nalidad de proponer normas para su sistematizacion, uni cacion y ordenacion; Que, de igual modo, mediante Resolucion Ministerial Nº 254-2006-JUS se conformo la Comision Tecnica encargada del analisis y revision de la Ley Nº 24973, que creo el Fondo Indemnizatorio de Errores Judiciales y Detenciones Arbitrarias; Que, el articulo 5º del Decreto Ley Nº 21292 dispone que las comisiones de caracter multisectorial son conformadas por Resolucion del Presidente del Consejo de Ministros; Que, en salvaguarda de la importante labor que han venido cumpliendo las referidas comisiones tecnicas, y a efecto de cumplir con la formalidad establecida por la MORDAZA MORDAZA citada, es necesario que se rati que la conformacion de las mismas, asi como las demas disposiciones que se le vinculan; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560 ­ Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 21292;

Encargan el Despacho de la Presidencia de la Republica a la MORDAZA Vicepresidenta
RESOLUCION SUPREMA Nº 008-2007-PCM MORDAZA, 12 de enero de 2007 CONSIDERANDO: Que, el senor Presidente Constitucional de la Republica, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, viajara a la Republica del Ecuador, el dia 15 de enero del presente ano, con la nalidad de participar en las Ceremonias de Transmision de Mando Presidencial en dicho pais;

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