Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2007 (14/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de enero de 2007

d. Declaracion del solicitante, de estar conforme con la solucion de la EPS a su problema. De no haberse solucionado el problema, el afectado podra presentar su reclamo de acuerdo al Titulo Tercero del presente Reglamento. Articulo 7º.- Justificacion de la falta de atencion de la solicitud Presentada la solicitud de atencion del problema, en caso la EPS considere que no es de su responsabilidad, debera responder esto al solicitante, con la respectiva explicacion de los motivos. La comunicacion de la EPS y sus argumentos se tendran en cuenta en caso el expediente llegue al TRASS. TITULO TERCERO: EL PROCEDIMIENTO DE ATENCION DE RECLAMOS CAPITULO 1: MORDAZA DE LOS RECLAMOS Articulo 8º.- Sujeto que puede interponer el Reclamo Podran presentar reclamos, los mismos sujetos senalados en el articulo 4º, con la MORDAZA de los documentos senalados en el referido articulo. Articulo 9º.- Representacion. Los usuarios podran hacerse representar teniendo en consideracion las siguientes reglas: 1. La representacion podra recaer en una persona natural o juridica. Tratandose de facturacion no individualizada en inmuebles con varias unidades de uso, la representacion correspondera a la persona designada por la Junta de Propietarios o, en su defecto, por la mayoria de residentes. 2. Las Asociaciones de Consumidores debidamente reconocidas por INDECOPI podran representar a sus asociados y a aquellos que le otorguen poder. 3. Para la tramitacion ordinaria del procedimiento se requiere poder general, en cambio, para el desistimiento, acuerdo de partes o el cobro de dinero, se requiere poder especial. 4. En el poder especial el encargo debe ser expreso de el o los actos para los cuales fue conferido. 5. El poder general se formaliza en el escrito o mediante carta poder con rma del reclamante. Por su parte, el poder especial se formaliza a eleccion del usuario, mediante documento privado con rma legalizada ante funcionario autorizado para tal efecto o ante notario, asi como mediante declaracion en comparencia personal del usuario y representante ante la autoridad. 6. En caso de no estar expresamente senalado en el documento, el plazo de vigencia del poder general sera inde nido, mientras que el plazo de vigencia del poder especial sera por seis (6) meses. Sin perjuicio de ello, el poder puede ser revocado en cualquier momento. 7. Salvo disposicion contraria senalada expresamente en el poder, este no tendra vigencia para reclamos posteriores. Articulo 10º.-Presentacion de Reclamos 10.1. Problemas relativos a la facturacion: El reclamo comercial relativo a la facturacion, debera ser presentado ante la EPS dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de vencimiento de la facturacion o de producido el hecho que lo motiva. Toda ampliacion del reclamo posterior a la MORDAZA inicial por cualquier concepto o meses reclamados, se aceptara hasta los cinco (5) dias habiles posteriores a la MORDAZA del reclamo. 10.2. Otros problemas: El reclamo operacional y el reclamo comercial no relativo a la facturacion podran ser presentados ante la

EPS una vez MORDAZA trascurrido el plazo para la solucion del problema senalado en el Anexo 2 sin que la EPS MORDAZA cumplido con ello. Plazos maximos para la MORDAZA de estos reclamos: a. Reclamos operacionales: un mes despues de incumplido el plazo para la solucion del problema. b. Reclamos comerciales no relativos a la facturacion: dos meses despues de incumplido el plazo para la solucion del problema. Los reclamos presentados fuera del plazo estipulado seran declarados improcedentes sin mayor tramite. Articulo 11º.- Formas de MORDAZA de los reclamos Los reclamos podran ser presentados por escrito, por telefono o por web, mediante la utilizacion de formatos aprobados por la SUNASS: 11.1. Por escrito.- Facultad del propietario del predio, del titular de la conexion o de aquel que acredite su condicion de usuario efectivo, que sufra un perjuicio por la actuacion o incumplimiento de la EPS. El reclamo debe presentarse a traves del Formato Nº 2, pudiendo acompanar a este la documentacion que considere conveniente, limitandose la EPS a cali car la idoneidad de dichos documentos. La EPS debera entregar al reclamante, cargo de la MORDAZA del reclamo y debera indicarle la fecha de realizacion de la reunion de conciliacion. 11.2. Por telefono.- Facultad del titular de la conexion que sufra un perjuicio por la actuacion o incumplimiento de la EPS. La EPS, luego de veri car que los datos correspondan al titular del servicio, debera llenar el Formato Nº 2, consignando en el el nombre, fecha y rma de la persona que atendio el reclamo. Podra omitirse esta rma en el caso de los formatos completados electronicamente. Asimismo, la empresa debera noti car al reclamante la recepcion del reclamo dentro de los tres (3) dias habiles siguientes, conforme al articulo 36º del presente Reglamento. Con dicha noti cacion, debera enviar MORDAZA del Formato Nº 2, indicar la fecha y hora de la realizacion de la reunion de conciliacion y de las inspecciones, de ser el caso. 11.3. Por web.- Sera facultad de la EPS implementar el reclamo por pagina web, en cuyo caso sera facultad del titular de la conexion interponerlo, llenando el formato indicado para ello (Formato Nº 2). El sistema debera proporcionar una MORDAZA de recepcion en todos los casos. Si el reclamo se presenta por esta via, el reclamante debera consignar un correo electronico para la recepcion de noti caciones. La EPS debera informar al Reclamante al momento de la MORDAZA del reclamo el "codigo de reclamo" correspondiente. Para los reclamos operacionales y los reclamos no relativos a la facturacion, el codigo del reclamo correspondera al de la solicitud no atendida. Asimismo, la EPS comunicara al usuario la fecha MORDAZA, expresada esta en dia, mes y ano, de emision y noti cacion de la resolucion (ver Formato 2). Similar disposicion sera aplicable a la MORDAZA del recurso de reconsideracion y apelacion. Articulo 12º.- Etapas del Procedimiento de Atencion del Reclamo Presentado el reclamo, el procedimiento se llevara a cabo de acuerdo a las siguientes etapas: 12.1. Etapa de Investigacion: Se dispondra la actuacion de los medios de prueba conforme al presente Reglamento y a la tipologia contenida en el Anexo 3; caso contrario se declarara fundado.

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