Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2007 (17/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

345505

En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 22° y 32° de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y la Resolucion de Contraloria Nº 145-2007-CG de 4.MAY.2007; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Fondo de MORDAZA Municipales de Ahorro y Credito - FOCMAC a conducir el MORDAZA de seleccion para la designacion de una sociedad de auditoria que efectue la auditoria financiera y de otros aspectos operativos del FOCMAC, por el ejercicio economico 2006. Articulo Segundo.- La sociedad de auditoria designada debera encontrarse inscrita en el Registro de Sociedades de la Contraloria General. El Fondo de MORDAZA Municipales de Ahorro y Credito - FOCMAC presentara a la Contraloria General de la Republica, en un plazo no mayor de cinco dias calendario de culminado el MORDAZA de seleccion a su cargo, un informe exponiendo las actividades desarrolladas y los resultados, adjuntando la documentacion correspondiente, asi como MORDAZA de la propuesta ganadora. Articulo Tercero.- El Fondo de MORDAZA Municipales de Ahorro y Credito - FOCMAC y las sociedades de auditoria postoras se sujetan a lo dispuesto en las Bases del MORDAZA de seleccion, el Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, disposiciones del Sistema Nacional de Control y demas normas que MORDAZA pertinentes. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoria y al Departamento de Auditorias Financieras organo dependiente de la Gerencia del Sector Economico la supervision de lo autorizado en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicecontralora General de la Republica CONTRALORA GENERAL DE LA REPUBLICA (e) 60458-1

Autorizan al RENIEC conducir MORDAZA de seleccion para la designacion de sociedad de auditoria que efectue la auditoria financiera del RENIEC/ MORDAZA de Referendum para la conformacion de Regiones Ano 2005
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 163-2007-CG MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2007 Visto; la Hoja de Recomendacion Nº 024-2007-CG/ SOA de 14.MAY.2007, de la Gerencia de Sociedades de Auditoria, sobre autorizacion al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ­ RENIEC a conducir directamente el MORDAZA de seleccion para la designacion de una Sociedad de Auditoria, que efectue la auditoria financiera del RENIEC/Proceso de Referendum para la conformacion de Regiones Ano 2005, por el periodo comprendido del 01.JUL.2005 al 31.OCT.2005; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion de Contraloria Nº 440-2006-CG de 29.DIC.2006, precisada con Resolucion de Contraloria Nº 008-2007-CG de 18.ENE.2007, correspondiente al Concurso Publico de Meritos Nº 05-2006-CG, se declaro desierto el Concurso Publico de Meritos por tercera vez para el RENIEC/Proceso de Referendum para la conformacion de Regiones Ano 2005, por el periodo comprendido del 01.JUL.2005 al 31.OCT.2005; Que, el Concurso Publico de Meritos Nº 05-2006CG concluyo con la Resolucion de Contraloria Nº 4402006-CG, por lo cual le es aplicable el Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control aprobado por Resolucion

de Contraloria Nº 063-2007-CG del 22.FEB.2007, publicada el 24.FEB.2007, que en su Primera Disposicion Complementaria Final senala que el Reglamento es de aplicacion inmediata, a excepcion de los procesos de seleccion que a la fecha se encuentran en tramite, a los cuales les sera de aplicacion sus disposiciones a partir de la designacion; Que, el articulo 49° del Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, establece que cuando el concurso publico de meritos se declare desierto respecto de una Entidad solicitante por dos (2) veces, mediante Resolucion, la Contraloria General determinara si autoriza a la Entidad a conducir directamente un MORDAZA de seleccion para la designacion de una Sociedad, si incluye la solicitud de designacion en otro concurso publico de meritos o si conduce un concurso de meritos por invitacion con sujecion a lo dispuesto por el articulo 52º del Reglamento; Que, el MORDAZA de seleccion a cargo de la Entidad a que se refiere el articulo 49º y 52º del Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, debe sujetarse a las Bases aprobadas para el Concurso Publico de Meritos Nº 05-2006-CG; Que, el articulo 52° del Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, senala que el MORDAZA de seleccion a cargo de la Entidad para la designacion de una Sociedad se sujeta a lo establecido por los articulos 23°, 24° y 25°, a las limitaciones y demas disposiciones contenidas en el Reglamento, en lo que resulte aplicable; precisandose que el MORDAZA de seleccion se realiza a traves de un concurso de meritos por invitacion, debiendo la Entidad invitar, por lo menos a tres Sociedades que cumplan los requisitos senalados en las bases y el Reglamento; Que, el articulo 53º del Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, establece que el MORDAZA de seleccion a cargo de la entidad autorizado por la Contraloria General se sujeta a su control posterior, recayendo en el titular de la entidad y en los miembros de la Comision Especial la responsabilidad del cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento, las bases del concurso y demas disposiciones que dicte la Contraloria sobre la materia; Que, conforme al documento de visto, se determina que corresponde autorizar al RENIEC a conducir el MORDAZA de seleccion para la designacion de una sociedad de auditoria que efectue la auditoria financiera del RENIEC/Proceso de Referendum para la conformacion de Regiones Ano 2005, por el periodo comprendido del 01.JUL.2005 al 31.OCT.2005; En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 22° y 32° de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y la Resolucion de Contraloria Nº 145-2007-CG de 04.MAY.2007; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC a conducir directamente el MORDAZA de seleccion para la designacion de una Sociedad de Auditoria, que efectue la auditoria financiera del RENIEC/Proceso de Referendum para la conformacion de Regiones Ano 2005, por el periodo comprendido del 01.JUL.2005 al 31.OCT.2005. Articulo Segundo.- La sociedad de auditoria designada debera encontrarse inscrita en el Registro de Sociedades de la Contraloria General. El Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ­ RENIEC presentara a la Contraloria General de la Republica, en un plazo no mayor de cinco dias calendario de culminado el MORDAZA de seleccion a su cargo, un informe exponiendo las actividades desarrolladas y los resultados, adjuntando la documentacion correspondiente, asi como MORDAZA de la propuesta ganadora. Articulo Tercero.- El Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC y las sociedades de auditoria postoras se sujetan a lo dispuesto en las Bases del MORDAZA de seleccion y el Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, disposiciones del Sistema Nacional de Control y demas normas que MORDAZA pertinentes. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoria y al Departamento de Auditorias Financieras organo dependiente de la Gerencia del Sector

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