Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2007 (17/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2007

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de fecha 9 de MORDAZA del ano 2007; y CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680 y en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, es competencia de los gobiernos locales fomentar la realizacion de actividades culturales dentro de su jurisdiccion, conforme lo dispone el articulo 82º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, dentro del MORDAZA MORDAZA mencionado, es necesario regular o reglamentar el uso de la Sala de Arte "Felipe Cossio del Pomar" a efectos de fomentar la difusion de las expresiones culturales dentro de la jurisdiccion del distrito de San Isidro; y, En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, se aprobo por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion por acta, la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL USO DE LA SALA DE ARTE "FELIPE COSSIO DEL POMAR" DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA CAPITULO I GENERALIDADES Articulo Primero.- El objetivo de la presente MORDAZA es establecer los requisitos y procedimientos que regulan el funcionamiento y uso de las instalaciones de la Sala de Arte "Felipe Cossio del Pomar" de la Municipalidad de San MORDAZA, para efecto de las exposiciones culturales y artisticas organizadas por la Gerencia de Cultura y Deportes de esta Corporacion MORDAZA en coordinacion con terceros. Articulo Segundo.- La Gerencia de Cultura y Deportes es el area encargada del funcionamiento de la Sala de Arte "Felipe Cossio del Pomar", la evaluacion, planificacion, organizacion y MORDAZA de las exposiciones y la coordinacion de todas las actividades que en dicha sala se realice y que formaran parte de su cronograma de actividades, preservando la calidad y autenticidad de las piezas que se exhiba; Articulo Tercero.- Lo regulado en la presente Ordenanza, se encuentra liberado del pago de cualquier tasa o tarifa por el uso de las citadas instalaciones, a aquellas personas, naturales o juridicas, nacionales o extranjeras, que integren una exposicion, siempre que tenga por objetivo la promocion y difusion de las diversas expresiones culturales y artisticas sin que se cobre ningun monto por concepto de entrada a los eventos. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza, entrara en vigencia desde el dia siguiente de su publicacion en el diario oficial "El Peruano". CAPITULO II DE LA SOLICITUD Articulo Quinto.- Las personas que realicen una exposicion artistica o cultural en la Sala de Arte "Felipe Cossio del Pomar" en coordinacion con la Gerencia de Cultura y Deportes, deberan presentar a dicha Gerencia la siguiente documentacion: 1. Carta de compromiso para realizar una exposicion en la Sala de Arte, que debera detallar: - El titulo de la exposicion. - Relacion numerada de las piezas que formaran

parte de la muestra, indicando su tecnica, tematica, caracteristicas, autor y valor estimado de cada pieza que integra la muestra. - La o las fechas propuestas y/o acordadas para su realizacion. - Si sera una exposicion-venta o si solamente sera una muestra cultural. 2. MORDAZA del DNI del representante del o de los Expositores y sus datos personales actualizados. 3. MORDAZA del documento de representacion en caso se trate de persona juridica. Los documentos MORDAZA mencionados, deberan presentarse por lo menos con un mes de anticipacion a la fecha de realizacion del evento. CAPITULO III DE LA APROBACION Articulo Sexto.- La Gerencia de Cultura y Deportes oficiara a los Expositores sobre la confirmacion de la exposicion, las condiciones y el periodo en que se reservara las instalaciones de la Sala de Arte "Felipe Cossio del Pomar" para la realizacion del evento acordado. Articulo Setimo.- En caso de una solicitud o propuesta que no fuera aceptada por la Gerencia de Cultura y Deportes por razones del cronograma de presentaciones o las posibilidades de la Sala de Arte, la denegatoria de la solicitud presentada es irrecurrible, toda vez que se trata de una peticion de MORDAZA, conforme lo establece el articulo 112º de la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444. En consecuencia, este beneficio no constituye derecho alguno para el solicitante y, por ende, la citada denegatoria no puede ser impugnada. Articulo Octavo.- Una vez acordada la MORDAZA de una muestra, los participantes se someten a todas y cada una de las disposiciones municipales vigentes. CAPITULO IV DE LAS EXPOSICIONES-VENTA Articulo Noveno.- Las personas que realicen exhibiciones-venta de piezas de arte o similares deben entregar a la Gerencia de Cultura y Deportes ademas de la documentacion indicada en el articulo MORDAZA, una relacion que indique cada pieza que integra la muestra, numeradas, con una ficha de descripcion que indique su valor y precio de venta sugerido. Articulo Decimo.- Las personas que presenten exhibiciones-venta de obras de arte o similares, deben llevar a cabo la negociacion de la venta de manera directa, librando de cualquier responsabilidad a la Municipalidad por dicha transaccion, debiendo disponer que una persona, en su representacion y de manera permanente durante el horario de atencion de la Sala de Arte, se encargue de las transacciones. La venta se realizara mediante recibos numerados de acuerdo al detalle de cada pieza expuesta, los que deberan ser sellados, previamente a la exposicion, por la Gerencia de Cultura y Deportes. Articulo Undecimo.- Una vez terminado el periodo de exposicion-venta en la Sala de Arte, el Expositor debera presentar un Informe a la Gerencia de Cultura y Deportes sobre las ventas realizadas y abonar a favor de esta Corporacion MORDAZA una retribucion equivalente al 10% del monto total de la venta, que sera recibido por la Gerencia de Cultura y Deportes mediante Comprobante de Ingreso numerado. A su vez, la Gerencia de Cultura y Deportes remitira MORDAZA del informe recibido y el monto recaudado a la Gerencia de Finanzas del Municipio. CAPITULO V DEL TRASLADO DE LAS PIEZAS Articulo Duodecimo.- El traslado de las piezas a la Sala de Arte "Felipe Cossio del Pomar" y el retorno a su lugar de origen, correra por cuenta y riesgo de los Expositores, salvo acuerdo en contrario.

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