Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2007 (17/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES
CAPITULO VI

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DE LAS CONDICIONES DE USO Articulo Decimotercero.- En caso de que el Expositor deteriore alguna de las instalaciones de la Sala de Arte, debera efectuar las reparaciones del caso en un lapso no mayor a 24 horas de ocurrido el hecho, dejando la sala en perfectas condiciones para el uso posterior. Articulo Decimocuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Cultura y Deportes; POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San MORDAZA, a los diez dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA 60441-1

catastro distrital cuente con toda la informacion actualizada vinculada a la jurisdiccion del distrito de San Isidro; Que, el Certificado de Jurisdiccion tiene por objeto determinar la ubicacion de un predio en un distrito determinado, de conformidad con las leyes de creacion, la Ley Organica de Municipalidades y las normas registrales sobre la materia; en consecuencia, dicho certificado, expedido bajo los alcances de las normas MORDAZA indicadas, brinda certeza al propietario de un predio respecto del distrito al cual pertenece el mismo y como consecuencia de ello, su condicion de contribuyente; Que, el derecho a sufragarse, asi como los requisitos para obtener el Certificado de Jurisdiccion se encuentra regulado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado mediante Ordenanza Nº 191-MSI, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 07.01.07; Que, en este orden de ideas, es pertinente otorgar un regimen de exoneracion respecto del pago de derechos por expedicion de Certificados de Jurisdiccion por un tiempo determinado; y, En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por unanimidad y con dispensa de tramite de aprobacion de Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE EXONERA EL PAGO DE DERECHOS POR CONCEPTO DE EXPEDICION DEL CERTIFICADO DE JURISDICCION Articulo Primero.- Exonerar del pago de derechos en el procedimiento "Certificado de Jurisdiccion" que se tramite respecto de inmuebles ubicados en el distrito de San MORDAZA, hasta el 31 de diciembre del ano 2007; Articulo Segundo.- Incluir en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, el procedimiento que como Anexo Nº 1 se acompana a la presente. Articulo Tercero.- Encargar la difusion de la presente Ordenanza a la Gerencia de Comunicaciones y Participacion Vecinal de la Municipalidad de San Isidro. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en San MORDAZA, a los catorce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA

Exoneran del pago de derechos por concepto de expedicion del Certificado de Jurisdiccion
ORDENANZA Nº 202-MSI EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de fecha 9 de MORDAZA de 2007, los dictamenes Nº 003 -2007-ADM-FIN-AL/MSI de la Comision de Administracion, Finanzas y Asuntos Laborales y Nº 004-2007-CAJ/MSI de la Comision de Asuntos Juridicos; y CONSIDERANDO; Que, de conformidad con los articulos 74º y 195º, numeral 4, de la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, los gobiernos locales son competentes paro crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley; Que, la MORDAZA IV deI Titulo Preliminar del Codigo Tributario establece que mediante Ordenanza los gobiernos locales, crean, modifican y suprimen sus derechos, o exoneran de ellos, dentro de su jurisdiccion, con los limites que senala la Ley; Que, las municipalidades distritales tienen como funcion especifica, entre otras, elaborar y mantener el catastro distrital. Asimismo, se constituyen en organismos generadores de catastro, formando parte del Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial, de acuerdo a lo establecido por el articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y los articulos 3° y 15° de la Ley Nº 28294; Que, en concordancia con lo dispuesto por el Reglamento de la Ley Nº 28294, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-JUS, el Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial, tiene por finalidad regular la integracion y unificacion de los estandares, nomenclaturas y procesos tecnicos de las diferentes entidades generadoras de catastro en el MORDAZA, estableciendo su vinculacion con el Registro de Predios a cargo de la SUNARP; Que, en este contexto, a fin de continuar con la consolidacion de la informacion catastral existente del distrito, segun las nuevas disposiciones del Reglamento de la Ley Nº 28294, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052006-JUS, es conveniente, entre otras medidas, otorgar facilidades a los vecinos del distrito para la obtencion de Certificados de Jurisdiccion de los predios ubicados en la jurisdiccion de San MORDAZA, mediante la exoneracion del pago del derecho correspondiente, con el objeto que el

ANEXO 1 DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO CERTIFICADO DE JURISDICCION REQUISITOS 1) Solicitud Simple firmada por el propietario del inmueble. 2) MORDAZA de Titulo de Propiedad o Minuta de Compra Venta o MORDAZA simple con una anterioridad no mayor de 30 dias del antecedente registral del inmueble, debidamente fedateada o certificada notarialmente. DERECHO DE PAGO Gratuito CALIFICACION Evaluacion previa con silencio administrativo negativo: 15 dias DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE Unidad de Tramite Documentario y Archivo AUTORIDAD QUE APRUEBA Subgerente de Catastro Integral AUTORIDAD QUE RESUELVE IMPUGNATIVO Gerente de Desarrollo MORDAZA 60692-1 RECURSO

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