Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2008 (02/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Que, el MORDAZA parrafo de la MORDAZA IV ­ MORDAZA de Legalidad sobre Reserva de la ley del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que los gobiernos locales, mediante ordenanzas, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con limites que senala la ley; Que, por su parte el numeral 9) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, dispone que corresponde al Concejo Municipal exonerar de contribuciones, tasas, licencias y otros conforme a ley, atribucion municipal concordante con lo dispuesto por el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario dispone que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de ley, esto es en el caso de los gobiernos municipales por ordenanza; Que, el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF mediante Oficio Nº 315-2008/INABIF. UA solicita a la institucion la exoneracion de determinados derechos de pago que irrogue el Proyecto denominado Hogar para Ninos en Situacion de Abandono con Problemas Neurologicos "Semillita de Esperanza"; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA con Informe Nº 078-2008-GDU/MDSM da cuenta que la obra ya esta iniciada correspondiendo al INABIF el pago por derecho de tramite del procedimiento de licencia de obra en via de regulacion asi como el pago de la multa por haber iniciado la obra sin autorizacion; Que, el INABIF es un programa del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social que tiene a su cargo la promocion, atencion y apoyo a ninos, adolescentes, jovenes, mujeres, adultos mayores y en general a toda persona situacion de riesgo y abandono o con problemas psicosociales o corporales que menoscaben su desarrollo humano, a fin de alcanzar su bienestar y desarrollo personal, fortaleciendo y desarrollando sus capacidades para convertirlos en personas utiles a la sociedad, comunidad y familias en particular; Que, en este contexto, el proyecto denominado Hogar para Ninos en Situacion de Abandono con Problemas Neurologicos "Semillita de Esperanza" es una obra de interes social que brindara atencion a uno de los grupos sociales mas vulnerables de la sociedad, por lo que resulta pertinente que se exonere al INABIF del pago de la tasa del procedimiento de Licencia de Obra en vias de Regularizacion asi como del pago de la multa por haber iniciado la obra sin autorizacion; Que, el articulo 112º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone la facultad de la entidad, para atender peticiones de MORDAZA, la misma que debe sujetarse a la disposicion expresa de la ley que preve una decision formal para su aceptacion; Estando a lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones conferidas al Concejo Municipal por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE EXONERA DEL PAGO DERECHO DE TRAMITACION DE LA LICENCIA DE OBRA Y LA MULTA DERIVADA DEL INICIO DE OBRA SIN AUTORIZACION RESPECTO DEL PROYECTO DENOMINADO HOGAR PARA NINOS EN SITUACION DE ABANDONO CON PROBLEMAS NEUROLOGICOS "SEMILLITA DE ESPERANZA"

Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y a la Gerencia de Policia Municipal y Control de la MORDAZA el fiel cumplimiento de lo dispuesto en los articulos precedentes. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General notificar la presente Ordenanza a los interesados para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 272386-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Modifican conformacion de la Comision de Nomenclatura de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000012 Callao, 30 de octubre de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, establece que las municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y el articulo 195°, establece como competencias de la municipalidades en el inciso 6) planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones; Que, la Ley Organica de Municipalidades-Ley N° 27972, senala en su articulo 79° numeral 1.4.5 que es funcion especifica exclusiva de las municipalidades provinciales la nomenclatura de calles, parques y avenidas; Que, teniendo en cuenta que por Decreto Supremo N° 04-95-MTC, se aprobo el Reglamento de Nomenclatura Vial y Areas de Recreacion Publica, cuyo articulo 1° senala, que la nomenclatura de las vias publicas y de las areas urbanas del MORDAZA es competencia de los gobiernos locales, los mismos que se regiran por las normas de dicho Reglamento; asimismo, establece en el articulo 3 que la aprobacion de la nomenclatura propuesta por las municipalidades distritales la realizara la municipalidad provincial, por intermedio de la Comision de Nomenclatura, que para tal efecto se constituira en cada provincia; Que, por Acuerdo N° 000214 del 7 de noviembre del 2007, el Concejo Municipal designo a los dos (2) regidores que integrarian la referida Comision de Nomenclatura, tarea que recayo en el senor MORDAZA del MORDAZA Del MORDAZA Paz, quien la presidira y Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sanchez; Que, mediante Decreto de Alcaldia N° 000007 de 30 de MORDAZA de 2008, se modifica la conformacion de la Comision de Nomenclatura de la Municipalidad Provincial del Callao, la misma que es necesario reconformar teniendo en cuenta que se han producido cambios en las instituciones; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto con la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, el MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao; DECRETA: Articulo 1º.- MODIFICASE la conformacion de la Comision de Nomenclatura de la Municipalidad Provincial del Callao designada mediante Decreto de Alcaldia N°

Articulo Primero.- EXONERAR del pago del derecho de tramitacion de la licencia de obra, a favor del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF respecto al Proyecto denominado Hogar para Ninos en Situacion de Abandono con Problemas Neurologicos "Semillita de Esperanza", ubicado en Jr. Mariscal MORDAZA Nº 509 con MORDAZA MORDAZA MORDAZA s/n del distrito de San Miguel. Articulo Segundo.- CONDONAR la multa derivada del inicio de la obra sin autorizacion al Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF respecto al Proyecto denominado Hogar para Ninos en Situacion de Abandono con Problemas Neurologicos "Semillita de Esperanza", ubicado en Jr. Mariscal MORDAZA Nº 509 con MORDAZA MORDAZA MORDAZA s/n del distrito de San MORDAZA, toda vez que se trata de una obra de interes social.

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