Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2008 (02/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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desarrollo socio economico de la jurisdiccion, y que a puesto en riesgo la salud de toda la poblacion, muy en especial de los ninos y jovenes en edad escolar; por el aumento excesivo de enfermedades de la vista, que repercute directamente en el bajo nivel de logro y la comprension lectora, asi como el pensamiento logico matematico, de los alumnos de las instituciones publicas, de nivel inicial, primario y MORDAZA incluyendo a los docentes y todo el personal relacionado con la educacion del distrito de San MORDAZA del Yeso, reflejado en los resultados educacionales nada favorables para nuestra Jurisdiccion. Y por otro lado debido al retraso desmesurado de la economia social, de todo el ambito distrital, trascendiendo en las oportunidades de MORDAZA y el desarrollo de la micro y pequena empresa en todo el ambito geopolitico de San MORDAZA del Yeso, bases fundamentales con sustento tecnico, para la superacion de la pobreza y trayendo consigo el bajo poder adquisitivo de los usuarios, con una demanda electrica reducida y con cargas diversas que impiden economias de escala, tendientes a una rentabilidad empresarial, uniendose a ello, la baja calidad de las telecomunicaciones de todo el ambito jurisdiccional, reflejado en la calidad y cultura de los pobladores sin acceso a informacion y los quehaceres de la realidad nacional; agravandose todo ello, a una escasez de seguridad ciudadana y las garantias necesarias, que posibiliten el acceso a una MORDAZA MORDAZA de todos los pobladores del Distrito de San MORDAZA del Yeso. Que, mediante Informe Tecnico Nº 001 -2008CE-MDSFY/PL/RA, de fecha 02 de Octubre, se especifica, que resulta urgente y necesario, llevar a cabo un MORDAZA de Seleccion, por Exoneracion bajo la modalidad de Emergencia referido a una Adjudicacion Directa Selectiva, para la Ejecucion de la Obra "Ampliacion Electrificacion Rural Tinlape, La Fila, Ipana y Villarrica, Distrito de San MORDAZA del Yeso ­ Luya - Amazonas", con codigo SNIP Nº 52688, con referencia al Expediente Tecnico. Que, mediante Informe Legal Nº 001-2008ALE-MDSFY/PL/RA, de fecha 03 de Octubre se especifica, que resulta procedente convocar a un MORDAZA de Seleccion, por Exoneracion, bajo la causal de Emergencia y que se sintetiza en el Articulo VIII de la Ley Nº 27972, el Articulo 19º del TUO del CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el Articulo 22º, asimismo con el Articulo 141 del Reglamento de la Ley de CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, al igual que el Decreto Supremo Nº 020-2008-PCM y el Acuerdo de Concejo Regional Nº 022-2008-GRA/CR, entre otros. Que, el Art. II de la Ley 27972, concordante con el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru y los Art. 8º y 9º de la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, senalan que los Gobiernos Locales gozan de Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia. Y que la Autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno y de Administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; En uso de las facultades conferidas en el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, los Informes Tecnico y Legal senalados en el Visto; el Concejo Municipal, por Unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta. ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR, la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion correspondiente, por la causal de Emergencia, hasta el tiempo que dure el MORDAZA de Seleccion, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 020-2008-PCM, a partir del 12 de marzo del 2008; y Acuerdo de Concejo Regional Nº 022-2008-GRA/ CR, a partir del 05 de Setiembre del 2008; el cual prorroga por 60 dias el estado de emergencia y el literal c) del articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, para la ejecucion del Proyecto de Obra "Ampliacion Electrificacion Rural Tinlape, La Fila, Ipana

y Villarrica, Distrito de San MORDAZA del Yeso ­ Luya - Amazonas". Articulo Segundo.- AUTORIZAR al Comite Especial Permanente de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA del Yeso, el mismo que tiene a su cargo el MORDAZA de Seleccion, del Proyecto de Obra denominado "Ampliacion Electrificacion Rural Tinlape, La Fila, Ipana y Villarrica, Distrito de San MORDAZA del Yeso ­ Luya - Amazonas", contratar directamente hasta por un monto de S/. 552.925.19 (QUINIENTOS CINCUENTIDOS MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO Y 19/100 NUEVOS SOLES), financiandose el Proyecto con los recursos a la que hace mencion la Ley General de Electrificacion Rural y su Reglamento y con cargo a las MORDAZA de Financiamiento Recursos Ordinarios, Recursos Directamente Recaudados o Donaciones y Transferencias, segun el caso. Articulo Tercero.- DISPONER que el Despacho de Alcaldia curse las comunicaciones a la Contraloria General de la Republica, y CONSUCODE a traves del SEACE, dentro del termino de 10 dias habiles, de conformidad con los articulos 20º y 47º del Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y 142º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; y sus modificatorias. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria de la Municipalidad la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano en el plazo legal, asi como las demas acciones correspondientes para su ejecucion de acuerdo a ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA VERGARAY MORDAZA 272270-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la supervision de la Obra "Ampliacion Electrificacion Rural Tinlape, La Fila, Ipana y Villarrica, Distrito de San MORDAZA del Yeso - Luya - Amazonas"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 003 -2008-MDSFY/PL/RA San MORDAZA del Yeso, 24 de octubre del 2008 VISTO, en Sesion de Concejo, de la fecha, 09 de octubre del 2008, el Informe Tecnico Nº 002-2008-CEMDSFY/PL/RA, y el Informe Legal Nº 002-2008-ALEMDSFY/PL/RA, que se tiene a la vista; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, senala que los Gobiernos Locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico asi como a las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, por Decreto Supremo Nº 026-2007-EM del 05 de MORDAZA del 2007, se dispuso la funcion por absorcion del Proyecto de Mejoramiento de la Electrificacion Rural mediante la aplicacion de fondos Concursables Proyecto ­ FONER y de la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas, creandose la nueva Direccion General de Electrificacion Rural, la cual ha entrado en funcionamiento a partir del 01 de Enero del 2008, y trayendo consigo la extincion de las Entidades fusionadas. Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM del 26 de Junio del 2007, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, en el cual se establecen en los articulos 72º y 73º de dicho dispositivo, que la Direccion General de Electrificacion Rural es la encargada de ejecutar y coordinar con los Gobiernos Regionales y Locales, la ejecucion de

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