Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2008 (02/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de noviembre de 2008

del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008 hasta por la suma de S/. 34 209 128,00 a favor del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, destinada al Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los sismos de 15 de agosto de 2007, denominado FORSUR para que atienda los requerimientos efectuados, entre otros, por la Municipalidad Provincial de Yauyos, para ser destinados a la financiacion de proyectos de rehabilitacion de infraestructura, acciones que han sido priorizadas por el Directorio del FORSUR, segun el Acuerdo Nº 05208-2008-D-FORSUR, el cual se encuentra fedatado por el fedatario de FORSUR, habiendose aprobado la desagregacion de dicho recurso mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2008-PCM; Que, el numeral 9.4 del articulo 9º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, establece que: "Cuando la ejecucion de los proyectos se efectua mediante transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto. Dicha transferencia es autorizada mediante resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos. Estos desembolsos se efectuan luego de la MORDAZA de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras. La citada resolucion debe publicarse en el Diario Oficial "El Peruano" y en pagina web del Pliego. Para el cumplimiento de lo senalado en el presente literal, el Gobierno Nacional suscribe, previamente, convenios con los gobiernos regionales, los gobiernos locales y empresas publicas, los mismos que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutaran las obras. Cuando la ejecucion de los proyectos a cargo de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, segun su capacidad operativa, se realice por administracion directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional"; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 29136 incorpora como Tercera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 29078, el siguiente texto: "TERCERA.- Incluyase a los recursos del FORSUR en los alcances del literal e) del parrafo 75.4 del articulo 75º de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, Ley Nº 28411; Que, por Resolucion Ministerial Nº 427-2007-PCM de fecha 27 de diciembre de 2007, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresos del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Ano Fiscal 2008, de conformidad con la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, el cual ha sido modificado por la incorporacion de nuevas Transferencias de Partidas; Contando con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, Ley Nº 29144 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, Ley Nº 29136 - Ley que modifica los articulos 1º, 4º, 5º, 7º y 8º de la Ley Nº 29078 - Ley que crea el FORSUR y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM que

aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Aprobar una transferencia financiera del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros - PCM a la Municipalidad Provincial de Yauyos, por la suma de S/. 2 637 358,00 (DOS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, con la finalidad exclusiva de atender la priorizacion efectuada por el Directorio del FORSUR segun el Acuerdo Nº 052-08-2008-D-FORSUR, conforme hace referencia el tercer considerando del Decreto Supremo Nº 074-2008-EF. Articulo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolucion se aplicara al Presupuesto Institucional Modificado del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 014 Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007 - FORSUR, Funcion 07 Defensa y Seguridad Nacional, Programa 024 Prevencion y Atencion de Desastres, Sub-Programa 0066 Defensa Civil, Actividad 1 029434 Atencion de Desastres y Apoyo a la Rehabilitacion y la Reconstruccion, en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, y la correspondiente disponibilidad de Calendario de Compromisos. Articulo 3º.- Conforme al numeral 9.4 del articulo 9º de la Ley Nº 29142, formalizase el Cronograma de Desembolso del Convenio suscrito entre FORSUR y la Municipalidad Provincial de Yauyos establecido en Anexo 02, forma parte de la presente Resolucion, y por el cual se efectuara la transferencia financiera autorizada. Articulo 4º.- Previa a la ejecucion de la transferencia financiera a la Municipalidad Provincial de Yauyos, senalada en el articulo 1º de la presente Resolucion, la Unidad Ejecutora 014 Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007 - FORSUR, debera contar con el Acta de Sesion de Directorio de FORSUR donde conste el Acuerdo Nº 052-08-2008-D-FORSUR, acorde con las reglas de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 5º.- En el MORDAZA de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, la Municipalidad Provincial de Yauyos, publicara en su pagina web, el resultado de las acciones y detalle de gastos realizados, que no exceda el 30 de MORDAZA de 2009, de los recursos autorizados con Decreto Supremo Nº 074-2008-EF, sin perjuicio de las acciones de control que correspondan. Articulo 6º.- El Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007, denominado FORSUR, se encargara, de acuerdo a sus funciones, del cumplimiento de la ejecucion, seguimiento y monitoreo de los proyectos a que hace referencia el articulo 3º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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