Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2008 (02/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de noviembre de 2008

000007 del 30 de MORDAZA de 2008, la misma que queda conformada del siguiente modo: - Sr. MORDAZA Del MORDAZA Del MORDAZA Paz Regidor Provincial ­ Presidente de la Comision - Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Regidora Provincial - El Gerente de Obras de la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao. - El regidor designado por la Municipalidad Distrital proponente, segun corresponda. - El Delegado designado por el Instituto Nacional de Cultura. - El Director Regional de Educacion del Callao. - El Gerente de Catastro de la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA, que actuara como secretario de la presente comision Articulo 2º.- La competencia, funciones y atribuciones de la Comision de Nomenclatura de la Municipalidad Provincial del Callao se regira por lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 04-95-MTC. Articulo 3º.- Las municipalidades distritales al presentar sus propuestas de nomenclatura se regiran por lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 04-95-MTC. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 272700-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI
Modifican el Reglamento de Elecciones de Autoridades de las Municipalidades de Centros Poblados
ORDENANZA MUNICIPAL PROVINCIAL Nº 034-2008-CM/MPH-M Matucana, 12 de septiembre del 2008. EL CONCEJO PROVINCIAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI - MATUCANA VISTO: El Informe Nº 317-2008-MPH/CMDS-OAJ-M del 13/08/08, de la Oficina de Asesoria Juridica sobre la modificacion de la ORDENANZA Nº 003-2007-CM/ MPH-M de fecha 15/03/07; por la cual se aprobo el REGLAMENTO DE ELECCIONES DE AUTORIDADES DE LAS MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS EN LA PROVINCIA DE HUAROCHIRI, la cual a efecto de ser viable para su ejecucion y desarrollo dentro de los margenes y procedimientos electorales asistidos por la Oficina Nacional de Procesos Electorales, se ha considerado necesario su modificacion en algunos extremos de su estructura normativa, en ese sentido sometida la propuesta modificatoria a evaluacion para su aprobacion e inmediata aplicacion y la Sesion Ordinaria de Concejo Provincial de fecha 12 de septiembre del 2008, vinculado al Informe del parrafo arriba mencionado, y; CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son personas de derecho publico que gozan de autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad a lo senalado en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades" y articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado y;

Que, mediante la Ordenanza Nº 003-2007/CMMPH-M, se aprobo el Reglamento de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, las cual es necesario sea modificada a los efectos de que guarde concordancia con el debido sistema de procesos electorales que condice con la Oficina Nacional de Procesos Electorales y; Que, en Sesion Ordinaria de fecha 17/01/08, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de HuarochiriMatucana aprobo la modificatoria de la Ordenanza Nº 003-2007/CM-MPH-M para facilitar el tiempo necesario para que los nombramientos y capacitaciones de los Comites Electorales de los Centros Poblados para que puedan llevarse a cabo con la participacion de la ONPE, publicado mediante la Ordenanza Nº 003-2008-CM/MPHM del 17/01/08; Que, estando a que en la fecha existe necesidad imperiosa de iniciar el MORDAZA de eleccion MORDAZA referido por cuanto los mandatos ordinarios de la mayoria de las autoridades de las Municipalidades de Centros Poblados ha fenecido, corresponde su inmediata aplicacion; Que, habiendose considerado las sugerencias tecnicas y normativas de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y en procura de desarrollar un MORDAZA electoral transparente, y con las garantias de ley; se ha establecido una propuesta modificatoria de la Ordenanza ya glosada y; Que, mediante el Informe Nº 317-2008-MPH/CMDSOAJ-M del 13/08/08, la Oficina de Asesoria Juridica despues de recibida las observaciones realizadas por la ONPE y a efecto de alcanzar los fines MORDAZA descritos; ha presentado propuesta modificatoria, a la cual despues de evaluada ha sido aprobada por MORDAZA mayoritario de los Regidores que conforman el Concejo Provincial, decretando su aprobacion, publicacion y aplicacion de la misma; Que, visto en la Sesion Ordinaria de Concejo Provincial del 12/09/08, con el Informe favorable de la presidenta de la Comision Permanente de Saneamiento Fisico Legal y Jurisdiccion CPSFyJ, sobre la propuesta de modificacion de la Ordenanza presentado por la Oficina de Asesoria Juridica, fue aprobado la Ordenanza por mayoria; Que, de conformidad con el MORDAZA por mayoria de los miembros del Concejo Provincial y conforme la facultad prevista en el articulo 9º inciso 8º de la Ley Nº 27972, concordante con su articulo 132º de la MORDAZA glosada y con lo senalado en los articulos 2º, 5º de la Ley Nº 28440 y conforme a todo su tenor, se ha APROBADO la presente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 003-2007-CM/MPH-M Articulo Primero.- APROBAR LA MODIFICACION DE LA ORDENANZA Nº 003-2007-CM/MPH-M POR LA CUAL SE APROBO EL REGLAMENTO DE ELECCIONES DE AUTORIDADES DE LAS MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS, modificandose los articulos 6º, 12º, 19º, 20º, 21º, 27º, 28º, 30º, 32º, 35º, 40º y su Primera Disposicion Final en la forma siguiente: "Articulo 6º.- Definicion. El Padron Electoral es la relacion de las personas mayores de edad, y con ejercicio pleno de sus derechos civiles, residentes en la jurisdiccion del Municipio de Centro Poblado Adecuado con capacidad de elegir y ser elegido como autoridad del referido Municipio". "Articulo 12º.- Eleccion de los Miembros del Comite Electoral por sorteo en Acto Publico. Un vez remitido a la Secretaria General el Padron Electoral y aprobado el mismo mediante Resolucion de Alcaldia Provincial se procedera a ser disgregado el mismo por numero de orden, se entregara a la Gerencia Municipal Provincial, que Oficiara a la Municipalidad Distrital para que designe representante para acto publico mediante sorteo, de la misma manera la Gerencia Municipal asumira la representacion de la Municipalidad en dicho acto, el cual se llevara a cabo en Auditorio de la Municipalidad Provincial de Huarochiri, sorteo que sera presidido por la Alcaldesa Provincial o representante de MORDAZA, de los electores que aparecen en el Padron Electoral de conformidad a lo senalado en el articulo 3º de la Ley Nº 28440; "Ley del Elecciones de

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