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estructura de control interno son proporcionar a la admi- nistracicin de la entidad con razonable, pero no absoluta seguridad, que los activos están protegidos contra ptirdi- das debido al uso o a disposiciones no autorizadas, y que las transacciones son ejecutadas de acuerdo con autoriza- ciones de la administracion de la entidad y registradas ndecuadamente para permitir la prepnraclón de los esta- dos financieros. Debido a las limitaciones inherentes a cualquiera estructura de control interno, errores o irregu- laridades pueden, sin embargo, ocurrir y no ser detecta- dos. Tambien, la proyección de alguna evnlunción de la estructura para períodos futuros está ,stLjeta al riesgo que los procedimientos lleguen a ser inadecuados debido a cambios en condiciones o que el grado de cumplimiento de los procedimientos se haya deteriorado. Para fines de este infiwme, hemos clasificado las polí- ticas y procedimientos significativos de la estructur,a de control interno en las siguientes categorías: ij aspectos generales, ii, aspectos contables, financieros y operat.ivos, iii) tesorería(recepción, custodia v pago de fondosi, iv) ndquisicion de bienes ,Y servicios, vl gastos de personal, vi) activos fijos y, viii otros gastos e ingresos extraordinarios. Para todas las categ~!golias antes descritas obtuvimos un entendimiento de las politizas y procedimientos relevan- tes y si es que han sido puestas en operacirin, y ecaluamos los riesgos de control. 20. El alcance de la evaluación del audit»r podrá variar de una auditoría a otra y dentro de los diferentes elemen- tos de la estructura de control interno de una entidad, dependiendo tanto de la comprensión que tenga de la estructura, como de sn criterio respecto a formas alterna- tivas de evidencia. Esa comprensión y evaluación en sí mismo no son suficientes. para expresar una opinión sobre el diseño y la operación de la estructura de control interno de una entidad en su conjunto o de sus distintos elementos. Definición e identificación de hallazgos de audi- toría 21. El término hallazgo de auditoría debe definirse en forma precisa. Asimismo, deben describirse en forma clara y concisa las debilidades más importantes que hayan sido detectadas al examinar y evaluar los riesgos de control, especialmente, respecto del sistema de contabili- dad, procedimientos de control y ambiente de control. La presentación de tales aspectos en este párrafo se aprecia a continuación: Una dehilidacl material es una condicion en la cual el diserio v operación de los elementos específicos de la estructura de control interno no reducen a un nivel rela- ticamente bajo el riesgo que errores o irregularidades, en montos que podrían ser importantes en relación con los estados financieros auditados, puedan ocurrir y no ser detectados oportunamente por los empleados en el cum- plimiento de sus funciones asignadas. Notamos ciertos aspectos que involucran la estructura de control interno y sus operaciones, qne consideramos como hallnzgos de auditoria bqjo las normas de auditoría esfablecidas en el Perú. Los hallazgos de auditoría com prenden aspectos relacionados con deficiencias en el dise- no y operación de la estructura de control interno, que a nuestro juicio, podrían afectar en forma negativa la habi- lidad de entidad ABC para registrar, prowsar, resumir y reportar información financiera consistente con las ase- rwxu-iones de la administración de la entidad sobre el (.ontenido de los estados financieros, por el período com- prendido entre el 1 de enero y diciembre de 19XC5. Los hcdlazgos de auditoría están descritos con mayor detalle en las siguientes páginas y se resumen a c.ontlnuac&~. Párrafo de salvaguarda 22. El auditor debe indicar que el propósito de la auditoría, fue informar sobre los estados financieros, mas no proporcionar una seguridad del funcionamiento de la estructura de control interno de la entidad. Igualmente, debe incluir en este párrafo que la comunicación es sólo para uso de la gerencia o de otros funcionarios responsa- bles de la entidad. La presentación de tales aspectos es como sigue: Nuestra consideración sobre la estructura de control interno no revela nrcrsnriamente todos los aspectos de la estructura de c.ontrol interno que podrían ser situaciones -- -reportables, y consecuentemente, no revelará todos los hallazgos de auditoría que también sean considerados como debilidades materiales como se definió antes. Sin embargo, creemos que los hallazgos de auditoría descritos constituyen debilidades materiales. El presente informe está destinado sólo para el uso de la administración de entidad ABC. Esta restricción no pretende limitar la distribución de este Informe que, con autorización de la propia entidad, se considere un asunto de interés público. 23. En ciertos casos, el auditor puede hacer referencia en el informe sobre la estructura de control interno sobre hallazgos de auditoría que no han sido considerados como debilidades importantes. Un ejemplo de esta situación se presenta seguidamente: Nuestra consideración de la estructura de control interno, no revela necesariamente todos los aspectos de la estructura de control interno que podrían ser deficiencias importantes, y consecuentemente, no revela todos los hallazgos de auditoria que también podrían ser considera- das deficiencias importantes, como se definió anterior- mente. Sin embargo, no observamos ningún asunto rela- cionado con la estructura de control interno y su opera- ción que consideramos sea una deficiencia importante. Lugar y fecha del informe 24. La fecha del informe debe ser aquella ue coincide con la finalización de la auditoría. El informe CI ”ebe Indicar la localidad donde el auditor está domiciliado. Firma e identificación del auditor 25. El informe debe ser firmado por los Contadores Públicos Colegiados responsables de la auditoría, indican- do su nombre completo y número de matrícula; en los casos siguientes: l Informes emitidos por la Contraloría General de la República, por el auditor encargado y el supervisor. l Informes emitidos por los Órganos de Auditoría Interna del Sistema Nacional de Control, por el Auditor encargado y el Jefe de dicho Órgano. l Informes emitidos por las Sociedades de Auditoría Independiente, por el socio responsable en representa- ción de la firma. 01. En base a las deficiencias importantes detectadas durante el desarrollo de la auditoria financiera (ver sec- ción 2901, desarrollo y comunicación de hallazgos de auditoría, el auditor debe elaborar las observaciones, conclusiones y recomendaciones, de conformidad con las disposiciones establecidas en la NAGU 4.30 presentación del informe. 02. Las recomendaciones constituyen las medidas su- geridas por el auditor a la administración de la entidad examinada, orientadas a promover la superación de las observaciones emergentes de la evaluación de los contro- les internos financieros. Son dirigidas a los funcionarios públicos que tengan competencia para disponer su aplica- ción. 03. El informe debe contener recomendaciones que, fundamentadas en las observaciones y conclusiones, pro- picien la adopción de correctivos que posibiliten mejorar la gestión y/o el desempeño de los funcionarios y servido- res públicos, con énfasis en el logro de los objetivos del sistema de control interno de la entidad auditada. 04. Las recomendaciones deben estar encaminadas a superar las causas de los problemas observados. Se refe- rirán a acciones especificas y estarán dirigidas a quienes corresponde emprender tales acciones. Es necesario que las medidas que se recomienden sean factibles de imple- mentar. 05. Las recomendaciones deberán contener la des- cripción de los cursos de acción a seguir para fortalecer los controles internos institucionales. Al formular las recomendaciones deben precisarse las medidas correc- tivas que deben efectuarse, aplicando criterios de opor- tunidad, de acuerdo con la naturaleza de las observacio- nes.