Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 1998 (18/07/1998)


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PREPUBLICACION NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de MORDAZA de 1998

impedir cultivos transitorios pero permiten la siembra de cultivos perennes. El cuadro climatico puede caracterizarse por temperaturas bajas, amplias oscilaciones termicas (heladas) y fuertes vientos. f) Sexta Categoria Son aquellos que presentan limitaciones severas en la calidad agrologica que los convierten en inapropiados para llevar a cabo cultivos de caracter intensivo en forma normal. Dichas limitaciones de orden climatico, edafico o topografico, pueden estar vinculados estrechamente a pendientes empinadas, susceptibilidad a la erosion, suelos superficiales, baja fertilidad, salinidad y/o alcalinidad, drenaje imperfecto, clima, temperatura y otras caracteristicas desfavorables. 3.0 Tierras aptas para Pastos (Clase P). Son aquellas que no reunen las condiciones agrologicas minimas requeridas para cultivo en limpio o permanente, sin embargo permiten su uso continuado o temporal para el pastoreo, bajo tecnicas economicamente accesibles a los agricultores del lugar, sin deterioro de la capacidad productiva del recurso, ni alteracion del regimen hidrologico de la cuenca. Estas tierras podran dedicarse para los fines de produccion forestal o proteccion, cuando en esta forma se obtenga un rendimiento economico superior al que se obtendria de su utilizacion con fines de pastoreo o cuando el interes del Estado lo requiera; estan distribuidas en las Regiones de Costa, MORDAZA y Selva. En la MORDAZA, las tierras aptas para pastoreo constituyen las tierras de pastos naturales y pueden distinguirse los mismos tipos de altitud establecidos para los cultivos en limpio: a) b) c) d) 4.0 Tierras aptas para pastoreo, hasta Tierras aptas para pastoreo, desde 2001 Tierras aptas para pastoreo, desde 3001 Tierras aptas para pastoreo, a mas de a a 2000 m.s.n.m. 3000 m.s.n.m. 4000 m.s.n.m. 4000 m.s.n.m.

Tierras para Produccion Forestal (Clase F) No reunen las condiciones agrologicas requeridas para su cultivo o pastoreo, pero permiten su uso para la produccion de maderas y otros productos forestales, siempre que MORDAZA manejadas en forma tecnica para no causar deterioro en la capacidad productiva del recurso ni alterar el regimen hidrologico de la MORDAZA ni su ecologia. Estas tierras podran dedicarse a proteccion cuando el interes del Estado lo requiera.

5.0

Tierras de Proteccion (Clase X) Son aquellas que no reunen las condiciones agrologicas minimas requeridas para cultivo, pastoreo o produccion forestal. Se incluyen dentro de este grupo: picos, nevados, pantanos, playas, cauces de MORDAZA y otras tierras que, aunque presentan vegetacion natural boscosa, arbustiva o herbacea, su uso no es economico y deben ser manejadas con fines de proteccion de cuencas hidrograficas, MORDAZA MORDAZA, valores escenicos, cientificos, recreativos y otros que impliquen beneficio colectivo o de interes social. Aqui se incluyen las UNIDADES DE CONSERVACION (Los Parques Nacionales, Reservas Nacionales, Santuarios Nacionales, Santuario Historico), y RESERVAS DE BIOSFERA. CAPITULO B DE LA VALUACION

ARTICULO º III.07 En la Memoria Descriptiva se desarrollaran los siguientes conceptos: Nombre del predio. Nombre del propietario. Nombre de la Persona Natural o Juridica que solicita la Valuacion Objeto de la Valuacion y Metodologia empleada. Ubicacion (Valle, region, MORDAZA, distrito, provincia, departamento). Fecha a la cual esta referida la Valuacion del Predio. Linderos. Perimetro - mensura de los lados que lo conforman. Area total. Naturaleza y clasificacion de las tierras y sus areas respectivas. Produccion dominante en la region agricola. Plantaciones. Recursos de agua y derechos de riego. Elementos de trabajo, mano de obra y otros. Factores ecologicos (Clima, vientos, MORDAZA y fauna, etc). Forma de explotacion. Beneficio e industrializacion de los productos. Construcciones y areas que ocupan : edificios, instalaciones para el beneficio de productos industriales, obras de bienestar social, servicios generales, etc. Mejoras y obras complementarias. Maquinarias, Equipo, Herramientas y Enseres. Semillas y otros productos en almacen. Animales: ganados, aves, peces, etc. Servidumbres. Gravamenes. Riesgos que amenazan el predio o sus capitales, o pueden perjudicarlo en el futuro. Depreciacion. Rendimiento y produccion bruta. Gastos de explotacion y administracion. Datos complementarios. Titulos de propiedad y planos de predio. Inscripcion en los Registros de la Propiedad, del inmueble.

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