Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 1999 (17/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 17 de diciembre de 1999
VT = (Vsn - D) Go VT = Valor actual o valor de tasacion Go = Grado de operatividad

NORMAS LEGALES
En donde: V VF n i = = = =

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Valor actual Valor final Numero de anos de plazo del debito o del credito a partir de la fecha de tasacion. Interes correspondiente a la industria considerada.

ARTICULO V.D.23 El grado de operatividad (Go) es un coeficiente que sera aplicado al valor actual o valor de tasacion (VT) obtenido para un sistema, instalacion industrial, maquinarias o equipos a partir de los dos tercios de su MORDAZA util (T); o cuando a criterio del perito, el sistema, instalacion industrial, maquinarias o equipos no cumplen con los requisitos de: facilidad de repuestos, accesorios, capacidad de ampliacion o modernizacion y confiabilidad, debiendose tener un cuenta lo establecido en el siguiente cuadro:
GRADO DE OPERATIVIDAD DEL EQUIPO O SISTEMA (Go) Factores B (Bueno) R (Regular) D (Deficiente) Repuestos 0 a 0.05 0.06 a 0.11 0.12 a 0.18 Accesorios 0 a 0.05 0.06 a 0.11 0.12 a 0.18 Capacidad de ampliacion 0 a 0.05 0.06 a 0.11 0.12 a 0.18 Confiabilidad 0 a 0.05 0.06 a 0.11 0.12 a 0.18

El valor encontrado para el activo exigible podra ser castigado por el perito en un porcentaje prudencialmente fijado, para hacer frente a posibles deudores morosos o deudas incobrables. ARTICULO V.F.30 El activo intangible, comprende los valores siguientes: a) Gastos de promocion. b) Gastos de organizacion y puestas en marcha. c) Patentes, MORDAZA de fabrica, opciones, contratos y derecho a servicios. ARTICULO V.F.31 Para la valuacion de los bienes intangibles de una empresa industrial o comercial se recurrira a metodos indirectos, y a la comparacion con otros bienes similares conocidos por el perito. Debera evitarse que estos bienes sirvan para absorber perdidas durante los primeros anos, ocasionados por la mala administracion de la empresa, financiacion defectuosa o desastres imprevistos. ARTICULO V.F.32 La depreciacion de los bienes intangibles de los incisos a) y b) del articulo V.F.30 debera hacerse en corto tiempo. La depreciacion de los bienes correspondientes al inciso c) se MORDAZA dentro del plazo en que probablemente se haga uso de los beneficios otorgados por las patentes, MORDAZA de fabrica, opciones, contratos y otros derechos. Cuando el plazo sea indefinido se tomara 10 anos, como maximo. CAPITULO G ESTUDIO ECONOMICO PARA LA VALUACION DE LA EMPRESA INDUSTRIAL EN MARCHA ARTICULO V.G.33 La tasacion de una industria debera comprender: Descripcion del MORDAZA, capacidad e idoneidad del MORDAZA empleado, de los equipos y construcciones usadas, y de la administracion adoptada; produccion en los ultimos anos, estudio de los mercados, y posible produccion futura; utilidades obtenidas en los ultimos anos (recomendandose no menos de tres si es posible); medidas aconsejadas para mejorar y aumentar la produccion y los beneficios de la industria; apreciacion de los costos y utilidades probables futuras y valor definitivo de la industria. ARTICULO V.G.34 La capacidad de produccion se determinara por el factor mas desfavorable, sea impuesto por el MORDAZA, el aprovisionamiento de materia prima, la facilidad de obtener mano de obra, la capacidad de los equipos o de la misma administracion de la empresa. En todo caso se indicara al determinarla el factor limitante, el tiempo de trabajo usado como base en el calculo (horas diarias o semanales de trabajo, numero de dias o semanas utiles del ano, etc.). Cuando mediante pequenos cambios o sobretiempos es posible aumentar apreciablemente la capacidad de la industria, el perito debera dejar MORDAZA de ello. ARTICULO V.G.35 El calculo de los costos de produccion de una industria debe comprender los siguientes puntos: a) Costos de fabricacion b) Costos generales de la empresa c) Costos de comercializacion ARTICULO V.G.36 a) Costo de Fabricacion: El costo de fabricacion comprende todos los gastos o inversiones originados en la planta industrial, dividiendose en costo directo y costo indirecto. 1.El costo directo esta constituido principalmente por el de las materias primas e insumos y la mano de obra, equipos y herramientas directamente empleadas en la fabricacion. Cuando MORDAZA otros gastos que MORDAZA susceptibles de atribuirse directamente a la fabricacion, deberan tambien incorporarse al costo directo, principalmente los costos de combustibles, energia electrica e impuestos unitarios a la produccion.

ARTICULO V.D.24 La aplicacion del grado de operatividad (Go) es una atribucion del perito para reajustar el valor de tasacion (VT) del sistema, instalacion industrial, maquinarias o equipos y en su Informe debera indicar los criterios y conceptos considerados que fundamentan el uso de este coeficiente. ARTICULO V.D.25 Cuando se determina el valor de tasacion de un sistema, instalacion industrial, maquinaria o equipo, y a criterio del perito, estos bienes cumplen con todos los requisitos de repuestos, accesorios, capacidad de ampliacion o modernizacion, y confiabilidad, el Go sera igual a la unidad. (Go = 1). En caso contrario se MORDAZA los valores obtenidos de cada uno de estos factores y el resultado de la suma se restara de la unidad. Cuando el valor de tasacion de un sistema, instalacion industrial, maquinarias o equipos, sea menor que el valor residual; al aplicar el Go, se tomara como valor de tasacion su valor residual. CAPITULO E VALUACION DE MUEBLES, ENSERES, EQUIPOS DE OFICINA Y REPUESTOS ARTICULO V.E.26 Para los muebles, enseres, equipos de oficina, y repuestos de una industria, el valor de tasacion (VT) sera el producto del valor similar MORDAZA (VSN) por un factor de depreciacion (FD), segun el estado de conservacion: (Nuevo: 1.00, Bueno: 0.70, Regular: 0.40, Malo: 0.10) VT = VSN x FD

En donde: VT = Valor de tasacion VSN = Valor similar MORDAZA FD = Factor de depreciacion ARTICULO V.E.27 El perito podra modificar los factores de depreciacion, de acuerdo a lo indicado por su experiencia y sus conocimientos sobre bienes semejantes y lo fundamentara. CAPITULO F VALUACION DE OTROS BIENES DE LA EMPRESA ARTICULO V.F.28 Las materias primas, los materiales en MORDAZA y los productos de la industria, se tasaran al costo y de acuerdo al estado en que se encuentren. El perito debera estimarle un coeficiente por depreciacion. ARTICULO V.F.29 El activo exigible y el pasivo de una industria seran valuados por el perito, de acuerdo a los valores actuales de los diversos debitos y creditos, que cuando no devenguen intereses, estaran dados por la formula: VF V = ------ (1 + i)n

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