Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2000 (09/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, MORDAZA 9 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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Que, conforme al Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25831, es funcion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, formular, dirigir, supervisar y evaluar la politica de integracion y negociaciones comerciales internacionales; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la participacion de un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89EF, Nº 135-90-PCM y Resolucion Ministerial Nº 009-96ITINCI/DM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del 9 al 12 de MORDAZA del 2000, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, del senor MORDAZA MORDAZA Lam, para que en representacion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales asista y participe en la reunion senalada en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: Sr. MORDAZA MORDAZA LAM Pasajes US$ 518.52 Viaticos US$ 660.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuesto o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MILLER Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 7842

Que, el caso se halla previsto en el Art. 7º del Decreto Supremo Nº 039-94-JUS del 22.JUL.94, correspondiendo al Ministerio del Interior interponer las acciones judiciales pertinentes en salvaguarda de los intereses del Estado; Que, es necesario dictar el acto administrativo que permita la intervencion del Procurador Publico a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; y, Estando a lo recomendado por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior (OFECOD); y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra la senora MORDAZA VALLES MORDAZA DE MORDAZA, y toda persona que venga ocupando ilegal o indebidamente el inmueble sito en la Av. San MORDAZA Nº 2147 Dpto. 301 distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, y su estacionamiento vehicular ubicado en el primer piso, incautado por trafico ilicito de drogas en agravio del Estado. Articulo 2º.- Remitase a la Procuraduria Publica a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, los antecedentes y actuados del caso, con transcripcion de la presente Resolucion Ministerial, para su conocimiento y fines del caso. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 7704 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0823-2000-IN/1101 MORDAZA, 3 de MORDAZA del 2000

INTERIOR
Autorizan a procurador iniciar procesos judiciales contra ocupantes precarios de inmuebles incautados por trafico ilicito de drogas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0822-2000-IN/1101 MORDAZA, 3 de MORDAZA del 2000 Visto el expediente administrativo, relacionado con la situacion irregular del inmueble sito en la Av. San MORDAZA Nº 2147 Dpto. 301 distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, y su establecimiento vehicular ubicado en el primer piso, de propiedad del reo en carcel, MORDAZA MORDAZA MORDAZA TORDOYA, incautado por Trafico Ilicito de Drogas y que en la actualidad se encuentra ocupado indebidamente por la senora MORDAZA VALLES MORDAZA DE MORDAZA, y sus familiares. CONSIDERANDO: Que, es indispensable garantizar y asegurar la efectividad de la medida precautelatoria de incautacion del inmueble, en concordancia con el D.L. Nº 22095 Ley General de Drogas, su Reglamento y normas de la materia;

Visto el expediente administrativo, relacionado con la situacion irregular del inmueble ubicado en la MORDAZA Barajas Mz. "A" Lt. 2, Urb. Nueva MORDAZA, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; de propiedad del reo en carcel MORDAZA MORDAZA COLE MORDAZA, incautado por Trafico Ilicito de Drogas y que en la actualidad se encuentra ocupado indebidamente por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA GOVEA LLAQUE, y sus familiares. CONSIDERANDO: Que, es indispensable garantizar y asegurar la efectividad de la medida precautelatoria de incautacion del inmueble, en concordancia con el D.L. Nº 22095, Ley General de Drogas, su Reglamento y normas de la materia; Que, el caso se halla previsto en el Art. 7º del Decreto Supremo Nº 039-94-JUS del 22.JUL.94, correspondiendo al Ministerio del Interior interponer las acciones judiciales pertinentes en salvaguarda de los intereses del Estado; Que, es necesario dictar el acto administrativo que permita la intervencion del Procurador Publico a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; y, Estando a lo recomendado por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior (OFECOD); y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior;

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